D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211018-56)
Convenio –  Convenio de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT-Madrid), para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 248

LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021

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de imputación que le corresponda, a los efectos del control de la concurrencia de subvenciones, y
ello de conformidad con lo establecido en el artículo 30.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y
el artículo 73 del RD 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la misma.
El resto de documentación justificativa, no relacionada directamente con el gasto
(titulaciones, modelo 390 de declaración del IVA, etc.) ni con la acreditación de las actuaciones,
deberá aportarse en el Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
del Portal de la Comunidad de Madrid www.madrid.org, para lo que es necesario disponer de DNI
electrónico o de uno de los certificados reconocidos por la Comunidad de Madrid o en los demás
registros previstos en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las personas jurídicas
estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas
para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo […], por lo que, al menos
todos los documentos que tengan que ir firmados por el representante de la entidad, deberán estar
firmados electrónicamente.
A fin de facilitar todo el proceso de seguimiento y justificación final, toda documentación
cuyo formato sea tabular (Tablas de datos, cuadros resumen, nóminas, etc.) será presentada
igualmente en formato explotable electrónicamente tipo Excel o similar.
11.1 Cuenta justificativa
UGT-Madrid deberá presentar, en el registro del IRSST, una cuenta justificativa
estructurada con arreglo a los conceptos que se determinan en la Cláusula NOVENA y deberá incluir:
11.1.1

Documentación General:

a)

Certificado de las cantidades invertidas en la ejecución del convenio e imputadas al mismo
según el modelo que figura como ANEXO.

b)

Memoria explicativa de las acciones realizadas, suscrita por el firmante del convenio.
Podrán unificarse en este documento las memorias solicitadas para cada
actuación, siempre que se incluyan todos los datos solicitados en el apartado
correspondiente.
Igualmente se podrá unificar en este documento el contenido del punto c, Relación
del personal, de la presente enumeración.

c)

Relación del personal vinculado al convenio, suscrita por el firmante del convenio, a menos
que se incluya en el documento indicado en el punto b) de la presente enumeración.

d)

Modelo 390 completo de la declaración tributaria del IVA presentada o, en su caso,
Certificado de la AEAT de no haber presentado dicha declaración, en ambos casos,
referidos al ejercicio fiscal correspondiente a cada uno de los dos años que abarca la
vigencia del convenio.

e)

Acreditación de haber realizado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales al que se hace
referencia en la cláusula DÉCIMA del presente convenio.

11.1.2

Gastos de personal

Con cargo a este concepto se imputarán únicamente los derivados de la contratación del
personal propio y, por tanto, se justificarán conforme a los siguientes criterios:
a)

Contrato de trabajo u otra documentación que acredite el convenio colectivo aplicable a los
trabajadores cuyas nóminas se imputan como gastos subvencionables.

BOCM-20211018-56

Contendrá descripción de las funciones y labores desarrolladas, así como los
porcentajes de dedicación en cada una de las mensualidades. En el Anexo 1 se entregará
cuadro resumen de esta información.