D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211018-56)
Convenio –  Convenio de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT-Madrid), para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 364

LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021

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B.O.C.M. Núm. 248

20 Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales o de Prevención de
Riesgos Profesionales, que tendrán la formación adecuada para ejercer las
funciones de intermedios o superiores y que desarrollarán actividades de
asesoramiento e información, elaboración de documentos técnicos y materiales
informativos, realizando la difusión online, participando y colaborando en el resto
de acciones previstas en el Convenio.
De todos ellos, 6 estarán asignados al convenio desde enero hasta diciembre de
2021, de los que 4 tendrán un porcentaje de dedicación del 100% y los otros 2, del
90%.
El resto, 14 técnicos estarán asignados al convenio desde junio hasta diciembre,
con una dedicación del 100%.
Por tanto, las horas de dedicación de la totalidad de los técnicos al desarrollo de
las acciones, sea de 21.926 horas.

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6 administrativos de apoyo a todo el personal implicado en este Convenio, de los
cuales 5 estarían asignados al convenio desde abril hasta diciembre al 75% de su
jornada, y 1 desde junio hasta diciembre al 100% de su jornada.

3.2 Anualidad 2022
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1 Técnico de Seguimiento y Control, que realizará las funciones de planificar y
de realizar el seguimiento y el control de las acciones de todo el Convenio,
pudiendo también participar y colaborar las mismas funciones que los técnicos de
prevención descritos en el apartado siguiente. El tiempo de dedicación, dentro del
periodo comprendido entre enero y diciembre de 2022, será del 100% de su
jornada. (1.561,5 horas).

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20 Técnicos de Prevención de Riesgos Laborales o de Prevención de
Riesgos Profesionales, que tendrán la formación adecuada para ejercer las
funciones de intermedios o superiores y que desarrollarán actividades de
asesoramiento e información, elaboración de documentos técnicos y materiales
informativos, realizando la difusión online participando y colaborando en el resto
de acciones previstas en el Convenio.
Todos ellos estarán asignados al convenio desde enero hasta diciembre de 2022.
Solo 2 de ellos tendrían una dedicación del 90%, el resto se dedicaría al 100% al
desarrollo de estas acciones.
Por tanto las horas de dedicación de la totalidad de los técnicos al desarrollo de
las acciones, sea de 31.035 horas.

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6 administrativos de apoyo a todo el personal implicado en este Convenio desde
enero hasta diciembre de 2022. Uno estaría dedicado a este convenio al 100% y
el resto al 75% de su jornada.

CUARTA: RÉGIMEN JURÍDICO.

Por dicha naturaleza convencional se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley
9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento
jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de
26 de febrero de 2014, de conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 y 2 del mismo.
En base a lo anterior, y de conformidad con lo establecido en el artículo 48.7 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, el marco normativo de la presente subvención viene determinado por lo
establecido en el artículo 4, apartados 5 c) y 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, y, en todo lo que
constituya legislación básica del Estado, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, desarrollada por
el Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio. Igualmente será de aplicación

BOCM-20211018-56

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo de aplicación lo establecido en
el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público y en el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se
regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.