D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211018-56)
Convenio –  Convenio de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT-Madrid), para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 248

LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021

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Personal requerido: Técnicos asignados al convenio para preparar el contenido
de los tutoriales y la grabación en video, realizando un seguimiento de todo el
proceso y de su difusión.
Tiempo total requerido: 100 horas or vídeo.

4) Denominación de la actuación: Webinar.
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Tipo de actuación: Soporte Informático.
Temática: Plataforma de apoyo para la realización de los actos de forma
telemática.
Contenidos: Según cada Actividad.
Personal requerido: Técnicos asignados al convenio para facilitar datos y
trasladar necesidades detectadas para la utilización adecuada de la misma.

El desarrollo de las acciones previstas requiere de una preparación y seguimiento
coordinados a la que se destinará al menos el 10% del tiempo total de la ejecución. Se
incluye en este tiempo también la investigación de los accidentes.
2.2.9

Investigación de accidentes de trabajo

Se considera fundamental la investigación de cómo se producen los accidentes de origen
laboral. En función de la siniestralidad laboral que se produzca en la región, se realizarán
investigaciones de accidentes laborales ocurridos en la Comunidad de Madrid en el periodo de
vigencia del convenio, con el objetivo de conocer las circunstancias en las que se han producido los
accidentes y en su caso, ofrecer apoyo e información preventiva derivada de estos sucesos.
Esta actividad será desarrollada por los técnicos superiores en prevención de riesgos
laborales, por técnicos en prevención de riesgos profesionales (ciclo formativo de grado superior de
Formación Profesional) o por aquellos técnicos capacitados para desarrollar las funciones de nivel
intermedio, conforme a lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de los Servicios de Prevención
aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
Para el desarrollo de estas visitas de sensibilización, los técnicos contarán con vehículos
para facilitar su desplazamiento a los centros de trabajo con el fin de poder asesorar sobre
prevención de riesgos laborales.
Los datos recogidos, se trasladarán a una base de datos para facilitar su análisis y
tratamiento, con el fin de poder obtener unas conclusiones sobre los resultados y deducir unas
recomendaciones de interés para el desarrollo de acciones dirigidas a la reducción de la
siniestralidad en las empresas madrileñas. Para ello, se contará con una base de datos adaptada
para cubrir las necesidades de recogida de datos y análisis de los mismos.
De forma general se establecen los siguientes límites:
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Nº mínimo de accidentes objeto de investigación: 30

TERCERA: RECURSOS HUMANOS PROPIOS DE UGT-MADRID PARA LA REALIZACIÓN DE
LAS ACTUACIONES A DESARROLLAR EN EJECUCIÓN DEL CONVENIO
El responsable del proyecto por parte de UGT Madrid será el/la titular de la Secretaría de
Salud Laboral y Desarrollo Territorial de UGT Madrid, quien será también la interlocutora con el
IRSST. Como suplente estará el/la titular de la Coordinación de la Secretaría de Salud Laboral y
Desarrollo Territorial de UGT Madrid.

3.1 Anualidad 2021
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Un técnico de seguimiento y control, cuya función es la de planificar y de realizar el
seguimiento y el control de las acciones de todo el Convenio, pudiendo también participar
y colaborar las mismas funciones que los técnicos de prevención descritos en el apartado
siguiente. El tiempo de dedicación, dentro del periodo comprendido entre enero y
diciembre de 2021, será del 100% de su jornada. (1.561,50 horas).

BOCM-20211018-56

Para la realización de este proyecto se contará, al menos, con el personal que se relaciona
a continuación para la correcta ejecución de las acciones del Convenio. Las tareas podrán repartirse
entre más personas pertenecientes a cada categoría, pero se mantendrán las horas totales y el
presupuesto.