A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211015-1)
Estructura orgánica – Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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BOCM
Pág. 12
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 246
ral de Patrimonio Cultural, así como la formulación de propuestas sobre mantenimiento y conservación de las mismas.
La aprobación técnica de los proyectos, y el seguimiento y control de la ejecución
de obras, en los supuestos de subvenciones cuya gestión se atribuya a la citada Dirección General.
La prestación de asesoramiento y apoyo técnico en materia de infraestructuras, actividades e instalaciones culturales, incluida la programación de inversiones o
subvenciones en materia de infraestructuras culturales.
c) En materia de Turismo: el impulso, la coordinación, el apoyo y la supervisión de
las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e información
del turismo.
2. Se adscriben a la Viceconsejería de Cultura y Turismo los centros directivos enumerados en el artículo 2.1.
3. Asimismo, se adscribe a la misma el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, establecido por el Decreto 281/2001, de 20 de diciembre,
del Consejo de Gobierno al que corresponden las competencias que le atribuye la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
Capítulo III
Dirección General de Promoción Cultural
Artículo 5
Corresponden a la Dirección General de Promoción Cultural, además de las previstas
en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, todas las competencias que la normativa vigente atribuya a la Comunidad de Madrid en materia de fomento y desarrollo de
la cultura referidas a las actividades industriales, y diversas disciplinas y manifestaciones
artísticas que conforman las actividades teatrales, coreográficas, musicales, circenses, audiovisuales y cinematográficas, la moda como disciplina creativa, los museos y la programación y la gestión de las exposiciones en el campo de las artes visuales, así como el apoyo a la creación actual y a los artistas jóvenes y, en particular, las siguientes:
a) La promoción, la gestión, el seguimiento y la coordinación de las actividades de la
cultura y las artes escénicas, musicales y cinematográficas.
b) El impulso de programas de promoción de las industrias culturales de la nueva
creación artística, la creación y consolidación de nuevos públicos y la cooperación
con los municipios y entidades locales en relación con las artes escénicas, musicales y cinematográficas.
c) La coordinación de la gestión y programación, dentro del ámbito de las artes escénicas, musicales y cinematográficas, de los espacios escénicos y centros culturales adscritos a la Consejería.
d) La organización de los festivales, ciclos y eventos de la Comunidad de Madrid en
el campo de las distintas artes escénicas, musicales y cinematográficas.
e) El ejercicio de las funciones descritas en los apartados anteriores relativas a entidades culturales y a entidades locales que desarrollen actividades relacionadas con
las artes escénicas, musicales y cinematográficas.
f) Las competencias previstas en la Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid.
g) El asesoramiento técnico y la cooperación con los demás museos y colecciones de
titularidad de la Comunidad de Madrid.
h) La propuesta de convenios y otras medidas de actuación coordinada relativas a los
museos que puedan suscribirse con otras administraciones públicas o con otros entes de la Comunidad de Madrid.
i) La programación y gestión de las salas y exposiciones de la Consejería, en el campo de las artes visuales, incluidas las de la Red Itiner (Red de Exposiciones Itinerantes de la Comunidad de Madrid). La colaboración con entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones.
j) El fomento y promoción de las artes visuales, en especial, la pintura, la escultura,
la fotografía, el videoarte, el arte gráfico, las instalaciones y la performance.
BOCM-20211015-1
Competencias de la Dirección General de Promoción Cultural
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VIERNES 15 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 246
ral de Patrimonio Cultural, así como la formulación de propuestas sobre mantenimiento y conservación de las mismas.
La aprobación técnica de los proyectos, y el seguimiento y control de la ejecución
de obras, en los supuestos de subvenciones cuya gestión se atribuya a la citada Dirección General.
La prestación de asesoramiento y apoyo técnico en materia de infraestructuras, actividades e instalaciones culturales, incluida la programación de inversiones o
subvenciones en materia de infraestructuras culturales.
c) En materia de Turismo: el impulso, la coordinación, el apoyo y la supervisión de
las actividades en materia de ordenación, promoción, planificación e información
del turismo.
2. Se adscriben a la Viceconsejería de Cultura y Turismo los centros directivos enumerados en el artículo 2.1.
3. Asimismo, se adscribe a la misma el Registro Territorial de la Propiedad Intelectual de la Comunidad de Madrid, establecido por el Decreto 281/2001, de 20 de diciembre,
del Consejo de Gobierno al que corresponden las competencias que le atribuye la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
Capítulo III
Dirección General de Promoción Cultural
Artículo 5
Corresponden a la Dirección General de Promoción Cultural, además de las previstas
en el artículo 47 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, todas las competencias que la normativa vigente atribuya a la Comunidad de Madrid en materia de fomento y desarrollo de
la cultura referidas a las actividades industriales, y diversas disciplinas y manifestaciones
artísticas que conforman las actividades teatrales, coreográficas, musicales, circenses, audiovisuales y cinematográficas, la moda como disciplina creativa, los museos y la programación y la gestión de las exposiciones en el campo de las artes visuales, así como el apoyo a la creación actual y a los artistas jóvenes y, en particular, las siguientes:
a) La promoción, la gestión, el seguimiento y la coordinación de las actividades de la
cultura y las artes escénicas, musicales y cinematográficas.
b) El impulso de programas de promoción de las industrias culturales de la nueva
creación artística, la creación y consolidación de nuevos públicos y la cooperación
con los municipios y entidades locales en relación con las artes escénicas, musicales y cinematográficas.
c) La coordinación de la gestión y programación, dentro del ámbito de las artes escénicas, musicales y cinematográficas, de los espacios escénicos y centros culturales adscritos a la Consejería.
d) La organización de los festivales, ciclos y eventos de la Comunidad de Madrid en
el campo de las distintas artes escénicas, musicales y cinematográficas.
e) El ejercicio de las funciones descritas en los apartados anteriores relativas a entidades culturales y a entidades locales que desarrollen actividades relacionadas con
las artes escénicas, musicales y cinematográficas.
f) Las competencias previstas en la Ley 9/1999, de 9 de abril, de Museos de la Comunidad de Madrid.
g) El asesoramiento técnico y la cooperación con los demás museos y colecciones de
titularidad de la Comunidad de Madrid.
h) La propuesta de convenios y otras medidas de actuación coordinada relativas a los
museos que puedan suscribirse con otras administraciones públicas o con otros entes de la Comunidad de Madrid.
i) La programación y gestión de las salas y exposiciones de la Consejería, en el campo de las artes visuales, incluidas las de la Red Itiner (Red de Exposiciones Itinerantes de la Comunidad de Madrid). La colaboración con entidades públicas o privadas en la organización de exposiciones.
j) El fomento y promoción de las artes visuales, en especial, la pintura, la escultura,
la fotografía, el videoarte, el arte gráfico, las instalaciones y la performance.
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Competencias de la Dirección General de Promoción Cultural