Alcalá de Henares (BOCM-20211014-65)
Organización y funcionamiento. Ordenanza del parque de viviendas
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BOCM

JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 245

3. Para la determinación de los ingresos correspondientes a personas separadas, divorciadas y viudas durante el ejercicio fiscal que corresponda, se considerará a efecto de
cálculo de ingresos los siguientes criterios:
a) Si el régimen económico del matrimonio era de gananciales, se le computará el 50
por 100 de los ingresos obtenidos durante la parte de dicho ejercicio anterior a la
separación, divorcio o fallecimiento del otro cónyuge.
b) Si el régimen económico fuera de separación de bienes, se computará únicamente
los ingresos que proviniesen del solicitante.
Art. 13. Adecuación de la superficie de la vivienda a la composición familiar o convivencial.—1. La superficie de la vivienda a adjudicar y el número de dormitorios se adecuará a la composición familiar de los interesados, según la relación siguiente:
a) Una o dos personas, viviendas de 1 dormitorio.
b) Tres y cuatro personas, viviendas de 2 dormitorios.
c) Cinco y seis personas, viviendas de 3 dormitorios.
d) De siete a nueve personas, viviendas de 4 dormitorios.
e) Más de nueve personas, viviendas de 5 dormitorios.
2. El Órgano competente para adjudicar, previa valoración individual de las circunstancias de cada caso, podrá motivadamente alterar la anterior relación, si se dan las circunstancias especiales que así lo justifiquen.
Capítulo IV
Procedimientos de adjudicación-Solicitud de cambio de vivienda
Art. 14. Órgano competente.—La competencia para resolver los procedimientos de
adjudicación corresponderá a Junta de Gobierno Local a propuesta de la Concejalía responsable con competencia en materia de vivienda.
Art. 15. Régimen de adjudicación y destino de las viviendas.—1. El régimen de adjudicación de las viviendas incluidas en el ámbito de aplicación de la presente Ordenanza
será en arrendamiento.
2. Las viviendas se destinarán a domicilio habitual y permanente de las adjudicatarias y los familiares que con él/ella/ellos convivan, sin que en ningún caso pueda dedicarse
a segunda residencia o cualquier otro uso. Se considerará domicilio habitual y permanente
siempre que la vivienda no permanezca desocupada más de tres meses seguidos al año, salvo que medie justa causa debidamente autorizada por la Concejalía competente en materia
de Vivienda del Excmo. Ayto. de Alcalá de Henares u Órgano que le sustituya.
3. En todos los contratos de arrendamiento que se efectúen sobre las viviendas adjudicadas, se consignarán, como mínimo, las siguientes especificaciones:
a) Que la persona adjudicataria se compromete a mantener la vivienda en buen estado de conservación, policía e higiene, y no realizar en la misma obra alguna sin la
expresa autorización escrita del Ayuntamiento.
b) Que no utilizará simultáneamente, por cualquier título, otra vivienda.
c) El sistema de revisión de renta según dispone la Ley de Arrendamientos Urbanos
vigente.
d) La obligación de domiciliar los recibos.
e) De cualquier forma, una vez transcurridas el plazo pactado y sus prórrogas legales, el contrato de arrendamiento quedará resuelto y extinguido a todos los efectos. En el caso de que las partes estén interesadas en la prórroga del contrato de
arrendamiento inicialmente firmado, será necesaria la suscripción por aquéllas de
un anexo conteniendo la prórroga del contrato por 2 años, previa acreditación por
parte del arrendatario de que reúne los requisitos de acceso a la misma.
f) Compromiso Social de uso de la Vivienda.
Art. 16. Procedimientos de selección de adjudicatarias.—La selección de las personas adjudicatarias de las viviendas incluidas en el “Parque Municipal de Vivienda en Alquiler”, se realizará por alguno de los siguientes procedimientos:
a) Procedimiento ordinario mediante baremo (establecido en el Anexo II de la presente Ordenanza) con ajuste de idoneidad, adecuando y optimizando las posibilidades de uso y ocupación de la vivienda y sus características con el perfil de los
demandantes inscritos. Cuando una vivienda esté disponible se procederá a selec-

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