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Convenio –  Convenio de 29 de julio de 2021, entre la Administración General del Estado (Ministerio de Trabajo y Economía Social) y la Comunidad de Madrid, para el funcionamiento por medios electrónicos del registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales y el registro de empresas de trabajo temporal
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 242

trabajo existentes como de las organizaciones sindicales y empresariales cuyos estatutos están depositados en las oficinas públicas de estatutos, como de las empresas de trabajo temporal registradas ante cualquier autoridad laboral del Estado.
2. El Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
y acuerdos colectivos de trabajo, el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito
de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y el Real Decreto 417/2015,
de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal, al
establecer que sus respectivos procedimientos deberán tramitarse a través de medios electrónicos, traen como consecuencia la necesidad de una aplicación informática que les dé cobertura.
Además, al establecerse en cada uno de los reales decretos la constitución de una base
de datos central, exige que la información remitida por cada autoridad laboral competente
se efectúe siguiendo unas determinadas especificaciones técnicas.
3. Por ello los reales decretos antes citados prevén la firma de convenios entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, y aquellas comunidades autónomas que deseen utilizar las correspondientes aplicaciones informáticas como soporte informático de los citados procedimientos.
Dichos convenios se firmaron en el momento de entrada en funcionamiento de cada
una de las aplicaciones. No obstante, dado que la aprobación de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha eliminado la vigencia indefinida prevista en los mismos, y que por otro lado los tres convenios tenían un texto prácticamente idéntico, se ha optado por agrupar los tres convenios anteriores en un único texto referido a las
tres aplicaciones informáticas referidas.
En virtud de lo anterior, las partes arriba indicadas acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
En cumplimiento de lo previsto en:
— La disposición adicional primera del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
— La disposición adicional primera del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales.
— La disposición adicional única del Real Decreto 417/2015, de 29 de mayo, por el
que se aprueba el Reglamento de las empresas de trabajo temporal.
El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de
Trabajo y Economía Social y la Comunidad de Madrid, para el funcionamiento y gestión
posterior del registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, del depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y del registro de empresas de trabajo
temporal.

Uso de las aplicaciones informáticas constituidas
en el Ministerio de Trabajo y Economía Social
Comprobadas las posibilidades de las aplicaciones informáticas gestionadas en el Ministerio de Trabajo y Economía Social, para el registro de convenios y acuerdos colectivos
de trabajo, el depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, y el registro de empresas de trabajo temporal la Comunidad de Madrid se compromete a cumplir
las especificaciones técnicas que se establecen para dichas aplicaciones informáticas por el
Ministerio de Trabajo y Economía Social.

BOCM-20211011-23

Segunda