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Convenio – Convenio de colaboración de 21 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América para integrar en centros educativos de la Comunidad de Madrid a auxiliares de conversación estadounidenses
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 96
VIERNES 8 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 240
Las partes designarán dos auxiliares como “mentores” que desempeñarán, también, las
siguientes funciones de apoyo y preparación para implementar actividades en relación con
la lengua extranjera:
— Coordinar, formar y orientar a los auxiliares de conversación y los auxiliares Fulbright que participan en los programas lingüísticos encomendados por la Consejería, particularmente en el programa Global Classrooms, en el que realizarán tareas relacionas con la organización de jornadas y conferencias de Global
Classrooms.
— Preparar y proporcionar al resto de auxiliares material y recursos relacionados con
dichos programas.
— Mantener y apoyar la correspondencia entre los auxiliares de conversación Fulbright, la Comisión Fulbright y la Comunidad de Madrid a través del correo electrónico y los medios sociales.
Cuarta
Compromisos de las partes
Las partes, sin perjuicio del cumplimiento del resto de obligaciones que se derivan del
presente Convenio, asumirán los siguientes compromisos:
1. Por la Comisión Fulbright:
— Seleccionar conforme a sus procedimientos, los auxiliares que posteriormente serán asignados a centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
— Estimular la participación de los auxiliares Fulbright en las actividades que así se
acuerden por las partes.
— Prestar coordinación y apoyo en la planificación, desarrollo, seguimiento de las
actividades en las que participen los auxiliares de conversación objeto de este
Convenio.
— Determinar, junto con la Consejería competente en materia de Educación, los mecanismos de colaboración sustitutorios de la presencia física de los auxiliares Fulbright en los centros educativos de la Comunidad de Madrid a que se refiere la
cláusula tercera.
2. Por la Comunidad de Madrid:
— Asignar los auxiliares seleccionados por la Comisión Fulbright a los centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía.
— Cooperar con la Comisión Fulbright en la planificación, desarrollo y seguimiento
de las actividades en las que participen los auxiliares de conversación objeto de
este Convenio.
— Determinar, junto con la Comisión Fulbright, los mecanismos de colaboración
sustitutorios de la presencia física de los auxiliares Fulbright en los centros educativos de la Comunidad de Madrid a que se refiere la cláusula tercera.
Quinta
La financiación de este programa será compartida por la Comunidad de Madrid y la
Comisión Fulbright, en la siguiente forma:
La Comunidad de Madrid abonará a los auxiliares de conversación estadounidenses
una compensación económica mensual, de acuerdo con la Orden 2670/2009, de 5 de junio,
por la que se regula la actividad de los auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y por la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico
entre España y los Estados Unidos de América, en centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, se abonará a la Comisión Fulbright una cantidad en concepto de gastos de
administración en el ejercicio económico 2022, tal como se recoge en la cláusula sexta del
presente Convenio.
Por su parte, la Comisión Fulbright cofinanciará el presente Convenio con una cantidad estimada de 188.048,68 euros destinada a complementar la asignación mensual, el viaje de ida y vuelta, los gastos de primera instalación y el coste de participación en los semi-
BOCM-20211008-24
Financiación
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 96
VIERNES 8 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 240
Las partes designarán dos auxiliares como “mentores” que desempeñarán, también, las
siguientes funciones de apoyo y preparación para implementar actividades en relación con
la lengua extranjera:
— Coordinar, formar y orientar a los auxiliares de conversación y los auxiliares Fulbright que participan en los programas lingüísticos encomendados por la Consejería, particularmente en el programa Global Classrooms, en el que realizarán tareas relacionas con la organización de jornadas y conferencias de Global
Classrooms.
— Preparar y proporcionar al resto de auxiliares material y recursos relacionados con
dichos programas.
— Mantener y apoyar la correspondencia entre los auxiliares de conversación Fulbright, la Comisión Fulbright y la Comunidad de Madrid a través del correo electrónico y los medios sociales.
Cuarta
Compromisos de las partes
Las partes, sin perjuicio del cumplimiento del resto de obligaciones que se derivan del
presente Convenio, asumirán los siguientes compromisos:
1. Por la Comisión Fulbright:
— Seleccionar conforme a sus procedimientos, los auxiliares que posteriormente serán asignados a centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
— Estimular la participación de los auxiliares Fulbright en las actividades que así se
acuerden por las partes.
— Prestar coordinación y apoyo en la planificación, desarrollo, seguimiento de las
actividades en las que participen los auxiliares de conversación objeto de este
Convenio.
— Determinar, junto con la Consejería competente en materia de Educación, los mecanismos de colaboración sustitutorios de la presencia física de los auxiliares Fulbright en los centros educativos de la Comunidad de Madrid a que se refiere la
cláusula tercera.
2. Por la Comunidad de Madrid:
— Asignar los auxiliares seleccionados por la Comisión Fulbright a los centros educativos dependientes de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y
Portavocía.
— Cooperar con la Comisión Fulbright en la planificación, desarrollo y seguimiento
de las actividades en las que participen los auxiliares de conversación objeto de
este Convenio.
— Determinar, junto con la Comisión Fulbright, los mecanismos de colaboración
sustitutorios de la presencia física de los auxiliares Fulbright en los centros educativos de la Comunidad de Madrid a que se refiere la cláusula tercera.
Quinta
La financiación de este programa será compartida por la Comunidad de Madrid y la
Comisión Fulbright, en la siguiente forma:
La Comunidad de Madrid abonará a los auxiliares de conversación estadounidenses
una compensación económica mensual, de acuerdo con la Orden 2670/2009, de 5 de junio,
por la que se regula la actividad de los auxiliares de conversación seleccionados por el Ministerio de Educación y por la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico
entre España y los Estados Unidos de América, en centros docentes públicos de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, se abonará a la Comisión Fulbright una cantidad en concepto de gastos de
administración en el ejercicio económico 2022, tal como se recoge en la cláusula sexta del
presente Convenio.
Por su parte, la Comisión Fulbright cofinanciará el presente Convenio con una cantidad estimada de 188.048,68 euros destinada a complementar la asignación mensual, el viaje de ida y vuelta, los gastos de primera instalación y el coste de participación en los semi-
BOCM-20211008-24
Financiación