Alcalá de Henares (BOCM-20210930-54)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 233

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 30 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte en vigor o documento
equivalente para las personas no nacionales.
b) Copia o certificado del nombramiento como funcionario de carrera en plaza del
Grupo A, subgrupo A2.
c) Certificado de servicios prestados o documento equivalente.
d) Fotocopia de la titulación exigida en la convocatoria.
e) “Currículum vitae”.
f) Copias de los méritos expresados en el currículum vítae y que los interesados consideren que deben ser tenidos en cuenta en el proceso. No siendo necesaria la compulsa de los documentos que se presenten fotocopiados, bastando la declaración
jurada de la persona interesada sobre la autenticidad de los mismos, así como de
los datos que figuran en la solicitud, sin perjuicio de que, en cualquier momento,
la comisión de valoración o los órganos competentes del Ayuntamiento puedan requerir a las personas aspirantes que acrediten la veracidad de las circunstancias y
documentos aportados y que hayan sido objeto de valoración. En ningún caso se
valorarán méritos no alegados o no acreditados documentalmente en el plazo establecido conforme a los criterios de la convocatoria.
g) Cualquier otro documento que los interesados estimen oportuno.
Desarrollo del proceso: recibidas las solicitudes y finalizado el plazo de presentación
de las mismas por la Concejalía de Recursos Humanos, se dictará resolución por la que se
apruebe la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con expresa mención
en el caso de los aspirantes excluidos de la causa que determine su exclusión.
Los interesados que resulten excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles
para formular reclamaciones a la relación de aspirantes admitidos y excluidos y subsanar
los motivos que hubieran determinado su exclusión si los mismos pudieran ser subsanados.
Por la Junta de Méritos se procederá a la valoración de los méritos preferentes y no preferentes reflejando las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final en el acta que
se levantará al efecto.
La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor
puntuación, sumados los resultados finales de las dos fases.
La selección se llevará a cabo mediante valoración de los méritos preferentes y no preferentes de conformidad con los siguientes criterios, fijándose una puntuación mínima de
cinco puntos para su adjudicación:

1. Grado personal consolidado. Se valorará como máximo con 1 punto según la siguiente escala:
a) Con grado personal superior en más de dos niveles al del puesto de trabajo que se
pretende ocupar 1 punto.
b) Con grado personal superior en uno o dos niveles al del puesto de trabajo que se
pretende ocupar 0,75 puntos.
c) Con grado personal igual al del puesto de trabajo que se pretende ocupar 0,50 puntos.
d) Con grado personal inferior al del puesto de trabajo que se pretende ocupar 0 puntos.
2. Valoración del trabajo desarrollado. Se valorará como máximo con 7 puntos:
a) Desempeño de puestos de trabajo en los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de nivel inferior al puesto que se pretende y en un área /departamento sectorial o funcional
de contratación pública perteneciente a una administración local, 5 puntos.
b) Desempeño de puestos de trabajo en los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de nivel igual
al puesto que se pretende y en un área/departamento sectorial o funcional de contratación pública perteneciente a una administración local 6 puntos.
c) Desempeño de puestos de trabajo en los últimos tres años inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de nivel superior al puesto que se pretende y en un área/departamento sectorial o funcional
de contratación pública perteneciente a una administración local 7 puntos.
En todos los casos el tiempo en el desempeño de los puestos de trabajo durante el citado período de los tres años se prorrateará según la escala anterior en los tres tramos teniendo en cuenta en el cómputo los meses.

BOCM-20210930-54

A) Méritos preferentes