Tres Cantos (BOCM-20210924-60)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones empleados públicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021
16.2. Estas asistencias serán de obligada presencia, salvo que el funcionario se encuentre en situación de permiso retribuido o baja laboral, que le computará como asistencia.
16.3. En los casos en que el funcionario hubiese estado de servicio la noche anterior
a la mañana en que se celebre dicho acto no estará obligado a asistir, y se programara el acto
en otra fecha y/o turno en que le sea posible asistir.
16.4. Esta asistencia se compensará con 5 horas por los ejercicios más 1 de desplazamiento (6 en total), en caso de asistencia fuera de la jornada de servicio, y se anotarán en el
listado de horas por prolongación y tendrán el mismo tratamiento que éstas, descrito en el artículo decimotercero del presente anexo. Los componentes que realicen la práctica de tiro en
calidad de monitor o instructor serán compensados con 10 horas por jornada de tiro.
Art. decimoséptimo. Promoción de la actividad física y el deporte. Representación
institucional.—El Ayto. fomentará la actividad física entre los componentes del cuerpo de policía, facilitando el uso de hasta cuatro días de los de formación por año, como días de
“Formación Física”, para que estos puedan participar en pruebas deportivas y campeonatos de Policías, así como un complemento más a su entrenamiento. Transformándose para
su tratamiento los días de formación y reciclaje mencionados, en días de libre disposición
(moscosos), siendo descontados del total de Formación según el Acuerdo Convenio general de funcionarios del Ayto.
17.1. Para ser beneficiario de los permisos por este concepto, primeramente, el funcionario deberá participar en algún evento deportivo de los existentes para policías y otros
cuerpos de emergencias, como representación del Excmo. Ayuntamiento de Tres Cantos,
debiendo finalizar su participación de forma satisfactoria, es decir, completando la prueba
o realizando todos y cada uno de los ejercicios de los que se componga. Una vez acreditada su participación y su consecución a Inspección de servicios, podrá solicitar dichos días.
El evento deberá coincidir con el día pedido.
Estos continuarán siendo otorgables en el tiempo mientras el Agente participante cumpla con el objetivo marcado, no teniéndose en cuenta los abandonos previos o durante el
evento por: bajas acreditadas, accidente, lesión o averías; al estimarse ajenos a su voluntad.
Bastará con cumplir el objetivo en un evento para acceder al canje de los cuatro días.
17.4. En caso de que el resultado de la participación sea merecedor de una promoción extraordinaria por parte del Departamento de Comunicación del Ayuntamiento, el
Agente cederá su imagen y colaborará con estos para mayor difusión y publicidad de la
marca “Tres Cantos”, cuando le sea posible. Proyectando así una imagen positiva y dinámica del municipio y de su Policía Local.
Art. decimoctavo. Vestuario y material policial.—18.1. El vestuario y material que
deba de ser adquirido para su uso por parte de los funcionarios del Cuerpo de la Policía Local se adecuará a lo predominante en el resto de los municipios de la Comunidad de Madrid
y, en cualquier caso, conforme a los criterios establecidos en la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, Reglamento que la desarrolle y resto de legislación aplicable.
18.2. A los efectos del presente artículo será el Comité de Seguridad Laboral, Salud e
Higiene, Delegados de Prevención de Riesgos Laborales y el Responsable de Dotación y Uniformidad, quienes en Mesa Sectorial de Seguridad negociarán el catálogo de prendas y equipamiento, así como su caducidad o renovación de las mismas.
18.3. Todo el material policial será repuesto, bien por desgaste o por deterioro, a la
mayor brevedad posible.
18.4. Los componentes de Policía que presten servicio en moto de forma continua,
serán dotados de la equipación adecuada para el desarrollo de este. Estos componentes participarán en la elección del tipo de material más adecuado para la prestación de servicio de
moto. Dicha propuesta será llevada a la CSS para su aprobación.
Art. decimonoveno. Ámbito de Aplicación.—El presente documento se aplicará a todos los componentes del Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos durante su vigencia.
Las condiciones pactadas en el presente Anexo no excluirán al personal integrante del
Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos de las condiciones pactadas en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los funcionarios del Ayuntamiento de Tres Cantos y demás acuerdos vigentes, salvo lo expresamente contemplado en este texto.
Art. vigésimo. Vigencia.—El presente acuerdo se eleva para su ratificación a la Mesa
General de Negociación entrando en vigor a todos los efectos, desde la fecha de su firma
hasta junio 2025, ambos inclusive.
El presente acuerdo se prorrogará automáticamente, una vez finalizada la vigencia de
este hasta la aprobación de un nuevo acuerdo.
Pág. 291
BOCM-20210924-60
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021
16.2. Estas asistencias serán de obligada presencia, salvo que el funcionario se encuentre en situación de permiso retribuido o baja laboral, que le computará como asistencia.
16.3. En los casos en que el funcionario hubiese estado de servicio la noche anterior
a la mañana en que se celebre dicho acto no estará obligado a asistir, y se programara el acto
en otra fecha y/o turno en que le sea posible asistir.
16.4. Esta asistencia se compensará con 5 horas por los ejercicios más 1 de desplazamiento (6 en total), en caso de asistencia fuera de la jornada de servicio, y se anotarán en el
listado de horas por prolongación y tendrán el mismo tratamiento que éstas, descrito en el artículo decimotercero del presente anexo. Los componentes que realicen la práctica de tiro en
calidad de monitor o instructor serán compensados con 10 horas por jornada de tiro.
Art. decimoséptimo. Promoción de la actividad física y el deporte. Representación
institucional.—El Ayto. fomentará la actividad física entre los componentes del cuerpo de policía, facilitando el uso de hasta cuatro días de los de formación por año, como días de
“Formación Física”, para que estos puedan participar en pruebas deportivas y campeonatos de Policías, así como un complemento más a su entrenamiento. Transformándose para
su tratamiento los días de formación y reciclaje mencionados, en días de libre disposición
(moscosos), siendo descontados del total de Formación según el Acuerdo Convenio general de funcionarios del Ayto.
17.1. Para ser beneficiario de los permisos por este concepto, primeramente, el funcionario deberá participar en algún evento deportivo de los existentes para policías y otros
cuerpos de emergencias, como representación del Excmo. Ayuntamiento de Tres Cantos,
debiendo finalizar su participación de forma satisfactoria, es decir, completando la prueba
o realizando todos y cada uno de los ejercicios de los que se componga. Una vez acreditada su participación y su consecución a Inspección de servicios, podrá solicitar dichos días.
El evento deberá coincidir con el día pedido.
Estos continuarán siendo otorgables en el tiempo mientras el Agente participante cumpla con el objetivo marcado, no teniéndose en cuenta los abandonos previos o durante el
evento por: bajas acreditadas, accidente, lesión o averías; al estimarse ajenos a su voluntad.
Bastará con cumplir el objetivo en un evento para acceder al canje de los cuatro días.
17.4. En caso de que el resultado de la participación sea merecedor de una promoción extraordinaria por parte del Departamento de Comunicación del Ayuntamiento, el
Agente cederá su imagen y colaborará con estos para mayor difusión y publicidad de la
marca “Tres Cantos”, cuando le sea posible. Proyectando así una imagen positiva y dinámica del municipio y de su Policía Local.
Art. decimoctavo. Vestuario y material policial.—18.1. El vestuario y material que
deba de ser adquirido para su uso por parte de los funcionarios del Cuerpo de la Policía Local se adecuará a lo predominante en el resto de los municipios de la Comunidad de Madrid
y, en cualquier caso, conforme a los criterios establecidos en la Ley de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, Reglamento que la desarrolle y resto de legislación aplicable.
18.2. A los efectos del presente artículo será el Comité de Seguridad Laboral, Salud e
Higiene, Delegados de Prevención de Riesgos Laborales y el Responsable de Dotación y Uniformidad, quienes en Mesa Sectorial de Seguridad negociarán el catálogo de prendas y equipamiento, así como su caducidad o renovación de las mismas.
18.3. Todo el material policial será repuesto, bien por desgaste o por deterioro, a la
mayor brevedad posible.
18.4. Los componentes de Policía que presten servicio en moto de forma continua,
serán dotados de la equipación adecuada para el desarrollo de este. Estos componentes participarán en la elección del tipo de material más adecuado para la prestación de servicio de
moto. Dicha propuesta será llevada a la CSS para su aprobación.
Art. decimonoveno. Ámbito de Aplicación.—El presente documento se aplicará a todos los componentes del Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos durante su vigencia.
Las condiciones pactadas en el presente Anexo no excluirán al personal integrante del
Cuerpo de la Policía Local de Tres Cantos de las condiciones pactadas en el Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los funcionarios del Ayuntamiento de Tres Cantos y demás acuerdos vigentes, salvo lo expresamente contemplado en este texto.
Art. vigésimo. Vigencia.—El presente acuerdo se eleva para su ratificación a la Mesa
General de Negociación entrando en vigor a todos los efectos, desde la fecha de su firma
hasta junio 2025, ambos inclusive.
El presente acuerdo se prorrogará automáticamente, una vez finalizada la vigencia de
este hasta la aprobación de un nuevo acuerdo.
Pág. 291
BOCM-20210924-60
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