Tres Cantos (BOCM-20210924-60)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones empleados públicos
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 228
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021
10.1.5. En caso de incapacidad temporal por la que no se pudiera prestar servicio en
los días señalados por venta de bolsa de días, los días no realizados se acumularán para realizarlos al año siguiente.
10.2. Listado oficial de horas extras: Con carácter anual se abrirá listado de adscripción
de servicios extraordinarios por horas antes del 30 de noviembre del año en curso, conformándose una única lista compuesta por los componentes adscritos a esta, para el año siguiente.
Este listado será publicado en tablón de anuncios y se remitirá por correo electrónico
desde Oficina Técnica con las correspondientes actualizaciones tras la prestación de servicios a todos los componentes adscritos a esta.
Los componentes se relacionarán de manera ordinal, procediendo mediante sorteo a la
elección del primer lugar de la lista (número de componente) relacionando el resto de adscritos de modo correlativo a continuación de este, siendo responsable del sorteo el encargado de oficina técnica ayudado por dos testigos (el sorteo se realizará una única vez, a partir
de este momento se seguirá el orden de número de horas de cada componente adscrito).
Llegado el servicio a desempeñar se llamará a los componentes que por orden de lista
les corresponda, siendo eximidos de llamamiento y no corriendo lista en los casos en donde los componentes tengan nombrado servicio ordinario, y este coincidiera con el servicio
extraordinario. Igualmente, no se penalizará al componente que estando en disposición de
realizar servicio extraordinario, resulte de baja laboral, al estimarse contrario a su voluntad,
siendo recuperado para el primer llamamiento que surja tras el alta médica.
En el caso de que no haya mando en el servicio ordinario, se nombrará un mando para
el extraordinario.
Se avisará mediante correo electrónico de la oficina técnica con 15 días de antelación,
salvo caso de urgencia. El componente avisado dispondrá de 72 horas para responder al correo electrónico, salvo en caso de llamamiento de urgencia, en que el encargado de oficina
técnica indicará en el correo el plazo máximo de confirmación. De igual manera el servicio
extraordinario estará expuesto en el tablón el mismo día que se notifica vía correo electrónico a los componentes.
Los componentes que siendo llamados para un servicio no lo realicen, sea cual sea el
motivo de la negativa, excepto por los motivos expuestos en el presente artículo, les contarán como servicio realizado, corriendo lista de forma correlativa.
Estas horas se compensarán económicamente al 200 por 100, computándose siempre
y, en cualquier caso, servicios mínimos de 4 horas, en cada llamamiento. Todos los servicios tendrán carácter acumulativo con el resto de las gratificaciones (Festivos, Noches)
siendo estas proporcionales a las horas realizadas. Los componentes que presten servicio
por horas extraordinarias prestarán servicio efectivo en la calle, no pudiendo estos prestar
servicio de emisora, oficina, etc.
10.3. Si algún componente que estuviera acogido a cualquiera de los sistemas descritos anteriormente no pudiera prestar servicio en determinadas fechas, deberá comunicarlo previamente al mando responsable de la Inspección de Servicios, con un máximo de dos
comunicaciones al año. Una vez realizadas estas dos comunicaciones no serán justificables
más negativas a la prestación de servicio, siendo nombrado en hoja de servicio. No obstante, el trabajador afectado podrá cambiar el servicio asignado con otro componente adscrito
o no al sistema de bolsa de días.
Art. undécimo. Situaciones excepcionales y salud laboral.—11.1. Aquellos componentes de Policía local, que habiendo cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad
y que voluntariamente así lo deseen, podrán solicitar, por escrito, ser eximidos del turno de
noche. El componente afectado pasará a prestar su servicio, única y exclusivamente en turnos de mañana y tarde de forma rotativa o bien podrá solicitar su adscripción a un turno fijo,
no viendo afectadas por este hecho sus retribuciones económicas salvo las derivadas del
concepto de nocturnidad.
11.2. Igualmente, cuando los componentes adscritos al servicio operativo de carácter específico, superen la edad de sesenta (60) años, previa petición por escrito y si las necesidades del servicio lo permiten, serán eximidos del servicio de patrulla ordinaria. Igual
derecho tendrán aquellos que hubieran visto mermadas sus aptitudes físicas o psíquicas,
acreditando esta merma mediante certificación médica, se les eximirá de prestar servicio
activo de patrulla. Estos trabajadores junto con los mayores de 60 años pasarán a prestar
servicio en aquellos puestos adaptados que ya existen (Control acceso edificio Policía Local, Oficina Técnica de Policía, entrega de notificaciones...) o aquellos que pudieran crearse (Control acceso Ayuntamiento, Casa de la Cultura, Casa de la Juventud, Centro Municipal “21 de marzo”, etc.).
Pág. 287
BOCM-20210924-60
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021
10.1.5. En caso de incapacidad temporal por la que no se pudiera prestar servicio en
los días señalados por venta de bolsa de días, los días no realizados se acumularán para realizarlos al año siguiente.
10.2. Listado oficial de horas extras: Con carácter anual se abrirá listado de adscripción
de servicios extraordinarios por horas antes del 30 de noviembre del año en curso, conformándose una única lista compuesta por los componentes adscritos a esta, para el año siguiente.
Este listado será publicado en tablón de anuncios y se remitirá por correo electrónico
desde Oficina Técnica con las correspondientes actualizaciones tras la prestación de servicios a todos los componentes adscritos a esta.
Los componentes se relacionarán de manera ordinal, procediendo mediante sorteo a la
elección del primer lugar de la lista (número de componente) relacionando el resto de adscritos de modo correlativo a continuación de este, siendo responsable del sorteo el encargado de oficina técnica ayudado por dos testigos (el sorteo se realizará una única vez, a partir
de este momento se seguirá el orden de número de horas de cada componente adscrito).
Llegado el servicio a desempeñar se llamará a los componentes que por orden de lista
les corresponda, siendo eximidos de llamamiento y no corriendo lista en los casos en donde los componentes tengan nombrado servicio ordinario, y este coincidiera con el servicio
extraordinario. Igualmente, no se penalizará al componente que estando en disposición de
realizar servicio extraordinario, resulte de baja laboral, al estimarse contrario a su voluntad,
siendo recuperado para el primer llamamiento que surja tras el alta médica.
En el caso de que no haya mando en el servicio ordinario, se nombrará un mando para
el extraordinario.
Se avisará mediante correo electrónico de la oficina técnica con 15 días de antelación,
salvo caso de urgencia. El componente avisado dispondrá de 72 horas para responder al correo electrónico, salvo en caso de llamamiento de urgencia, en que el encargado de oficina
técnica indicará en el correo el plazo máximo de confirmación. De igual manera el servicio
extraordinario estará expuesto en el tablón el mismo día que se notifica vía correo electrónico a los componentes.
Los componentes que siendo llamados para un servicio no lo realicen, sea cual sea el
motivo de la negativa, excepto por los motivos expuestos en el presente artículo, les contarán como servicio realizado, corriendo lista de forma correlativa.
Estas horas se compensarán económicamente al 200 por 100, computándose siempre
y, en cualquier caso, servicios mínimos de 4 horas, en cada llamamiento. Todos los servicios tendrán carácter acumulativo con el resto de las gratificaciones (Festivos, Noches)
siendo estas proporcionales a las horas realizadas. Los componentes que presten servicio
por horas extraordinarias prestarán servicio efectivo en la calle, no pudiendo estos prestar
servicio de emisora, oficina, etc.
10.3. Si algún componente que estuviera acogido a cualquiera de los sistemas descritos anteriormente no pudiera prestar servicio en determinadas fechas, deberá comunicarlo previamente al mando responsable de la Inspección de Servicios, con un máximo de dos
comunicaciones al año. Una vez realizadas estas dos comunicaciones no serán justificables
más negativas a la prestación de servicio, siendo nombrado en hoja de servicio. No obstante, el trabajador afectado podrá cambiar el servicio asignado con otro componente adscrito
o no al sistema de bolsa de días.
Art. undécimo. Situaciones excepcionales y salud laboral.—11.1. Aquellos componentes de Policía local, que habiendo cumplido los cincuenta y cinco (55) años de edad
y que voluntariamente así lo deseen, podrán solicitar, por escrito, ser eximidos del turno de
noche. El componente afectado pasará a prestar su servicio, única y exclusivamente en turnos de mañana y tarde de forma rotativa o bien podrá solicitar su adscripción a un turno fijo,
no viendo afectadas por este hecho sus retribuciones económicas salvo las derivadas del
concepto de nocturnidad.
11.2. Igualmente, cuando los componentes adscritos al servicio operativo de carácter específico, superen la edad de sesenta (60) años, previa petición por escrito y si las necesidades del servicio lo permiten, serán eximidos del servicio de patrulla ordinaria. Igual
derecho tendrán aquellos que hubieran visto mermadas sus aptitudes físicas o psíquicas,
acreditando esta merma mediante certificación médica, se les eximirá de prestar servicio
activo de patrulla. Estos trabajadores junto con los mayores de 60 años pasarán a prestar
servicio en aquellos puestos adaptados que ya existen (Control acceso edificio Policía Local, Oficina Técnica de Policía, entrega de notificaciones...) o aquellos que pudieran crearse (Control acceso Ayuntamiento, Casa de la Cultura, Casa de la Juventud, Centro Municipal “21 de marzo”, etc.).
Pág. 287
BOCM-20210924-60
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