Tres Cantos (BOCM-20210924-60)
Organización y funcionamiento. Acuerdo condiciones empleados públicos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 228

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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— Grupo C, dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el
ingreso.
d Subgrupo C1: Para el acceso a este Subgrupo se exigirá estar en posesión del título de Bachiller o Técnico.
d Subgrupo C2: Para el acceso a este Subgrupo se exigirá estar en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria.
— Agrupación “Profesiones Auxiliares”: Para el acceso a esta Agrupación profesional
no se requerirá estar en posesión de ninguna de las titulaciones previstas en el sistema educativo, aunque pueda exigirse algún otro nivel mínimo de conocimientos.
45.2. En tanto se generalice la implantación de los nuevos títulos universitarios a que
se refieren el número anterior y el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público: para el acceso a la función pública seguirán siendo válidos
los títulos universitarios oficiales vigentes a la entrada en vigor de dicha ley.
Art. 46. Plantilla.—La Corporación adaptará su plantilla y la relación de puestos de
trabajo a las necesidades funcionales y organizativas de la misma, adoptándose las medidas
oportunas para la eficiente prestación de servicios profesionales de carácter permanente,
garantizando la participación sindical.
Capítulo II

Art. 47. Selección y Desarrollo Profesional.—Oferta de Empleo Público:
47.1. La cobertura de los puestos de trabajo vacantes y con asignación presupuestaria
que deban proveerse mediante la incorporación de personal con respecto del límite establecido, en su caso, por la normativa de aplicación, se efectuará con arreglo al siguiente orden:
1. Por reingreso del personal que lo tenga solicitado.
2. A través de los sistemas de provisión legalmente previstos.
3. Mediante la Oferta de Empleo Público.
47.2. Las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria que, deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso una vez ofertadas
previamente, en su caso, a reingresos y/o a provisión interna, serán objeto de la Oferta de
Empleo Público, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos. En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.
47.3. La Oferta de Empleo Público, en los términos señalados anteriormente, las vacantes ocupadas por interinos, así como las plazas vacantes cuya cobertura se considere necesaria, con respecto del límite establecido, en su caso, por las respectivas Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada año y demás normativa de aplicación, se aprobará
anualmente.
47.4. La Oferta de Empleo Público de cada año será presentada por la Corporación
a la Comisión de Negociación, Seguimiento, Empleo y Formación al objeto de su negociación. La negociación en ningún caso supondrá excesiva dilación o suspensión del proceso
de aprobación de la Oferta.
47.5. El sistema de selección será con carácter general la oposición. Excepcionalmente, cuando existan razones que así lo aconsejen, el sistema de selección para la definitiva provisión de las plazas vinculadas a la Oferta de Empleo Público podrá ser el concurso-oposición.
47.6. Carrera Profesional: la carrera profesional es el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional, conforme a los principios de
igualdad, mérito y capacidad.
a) Carrera vertical: consistirá en el ascenso en la estructura de puestos de trabajo por
los procedimientos de provisión establecidos al efecto.
b) Carrera horizontal: consistirá en la progresión de grado, categoría, escalón u otros
conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo. De conformidad con las Leyes de Función Pública que, en su caso, se dicten en desarrollo de
esta materia, en la Comisión de Negociación, Seguimiento, Empleo y Formación
se negociarán, los criterios generales que posibiliten el establecimiento de un sistema de carrera horizontal.

BOCM-20210924-60

Acceso, promoción y formación