C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20210923-17)
Bases subvenciones –  Orden 1430/2021, de 13 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la realización de campos de voluntariado juvenil en la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 23 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 227

una agrupación de entidades, deberá acreditarse, además, la representación legal
de cada una de ellas y la delegación en favor de la entidad solicitante.
f) En cuanto al Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), último recibo abonado del mismo o, en su defecto, el año anterior a la misma, en cuyo caso, deberá adjuntarse declaración responsable del representante legal de la entidad de no haberse dado de baja en el IAE. Las entidades que estén exentas del impuesto deberán
presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto
de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1, apartados e) y f), de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, deberán presentar
asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Administración
Tributaria competente. En el caso de agrupaciones de entidades, se deberá acreditar este requisito para cada una de ellas.
g) Declaración responsable de quien ostente la representación legal de la entidad solicitante de no tener deudas por reintegro de subvenciones; de no encontrarse incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarios de subvenciones establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre;
y de cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, en el tratamiento de los datos de carácter personal, y en el
resto de normativa aplicable al tratamiento de datos personales, de acuerdo al modelo que se establezca en la correspondiente convocatoria. En el caso de agrupaciones de entidades locales, se deberá presentar por cada una de ellas esta declaración responsable, firmada por el representante legal respectivo.
h) Declaración de otras ayudas o subvenciones solicitadas o recibidas para el mismo
objeto y finalidad de acuerdo al modelo que se establezca en la correspondiente
convocatoria.
i) En caso de que la realización de actividades objeto de la subvención implique contacto habitual con menores, declaración responsable del representante legal de la entidad de que el personal que realice tales actividades no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, trata o explotación
de menores, de acuerdo con el modelo que se establezca en la convocatoria.
Los requisitos exigidos en los apartados d), e) y f) se acreditarán por medio de declaración responsable del representante legal de la entidad según el modelo que se establezca
en cada convocatoria. Los datos que no se cumplimenten en los modelos citados en los
apartados a) y b) anteriores, no serán tenidos en cuenta a efectos de su valoración.
4. Salvo que conste en el expediente oposición expresa a la consulta de datos a través de los sistemas de intercambio de información entre las Administraciones Públicas o,
en el caso de los datos de naturaleza tributaria, no se marque en el formulario de solicitud
de la ayuda la casilla correspondiente a la autorización expresa para realizar esa consulta,
se deberá aportar, además, la siguiente documentación:
a) Alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.
b) Certificado de estar al corriente de pago de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
c) Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
En el caso de agrupaciones de asociaciones, se deberán presentar estos certificados referidos a cada una de ellas.
5. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos por la legislación aplicable, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido
de su petición, previa resolución dictada según lo establecido en el artículo 21 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se tendrán en cuenta otros documentos que no sean los presentados
dentro del plazo máximo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las subsanaciones
a las que puedan dar lugar.

BOCM-20210923-17

BOCM