Fuenlabrada (BOCM-20210922-38)
Personal. Relación puestos trabajo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021

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Esta secuencia se hará de forma rotativa en años sucesivos, de modo que cada seis años
de vigencia de las presentes disposiciones todos los funcionarios del Cuerpo de Bomberos
hayan realizado un número similar de estos festivos, entre todos los componentes del servicio con los ajustes que pudieran ser precisos para garantizar un reparto equitativo.
5.2. La Jefatura del Cuerpo de Bomberos podrá realizar un cambio de guardia anual,
siempre que en el turno esté prevista la presencia de al menos 12 personas en el día en que
se produzca el cambio. Estos cambios se tendrán que preavisar al menos con 72 horas de
antelación.
5.3. En todo caso, siempre se garantizará un mínimo de descanso entre guardia y
guardia de 24 horas.
6. Distribución de la jornada ordinaria destinada a formación para el puesto
de trabajo y a tareas de formación, información, prevención e inspección
hacia la ciudadanía prevista en el punto 4.1.b)
6.1. Los componentes del Cuerpo de Bomberos destinarán anualmente las horas adicionales destinadas a formación para el puesto de trabajo y a tareas de formación, información, prevención e inspección hacia la ciudadanía conforme al siguiente detalle:
a) Formación profesional, organizada o autorizada por el Ayuntamiento, que se desarrollará fuera de las jornadas de guardia programadas. La participación efectiva
en las acciones formativas que se desarrollen de acuerdo con lo dispuesto en este
apartado será obligatoria para los bomberos que hayan sido seleccionados o autorizados. La no realización de la acción formativa para la que el componente de la
plantilla del Cuerpo de Bomberos haya sido designado dará lugar a que deba recuperar la jornada no realizada, salvo que se haya producido por situación de incapacidad temporal o el trabajador haya tenido derecho a un permiso retribuido.
En el caso de que la formación no se realice deberá recuperar las horas en los términos que se determine por la Jefatura.
La Jefatura del Parque promoverá y organizará las jornadas formativas reguladas
en este apartado.
b) Atender las necesidades de formación e información a la ciudadanía, y en especial, a los colectivos de mayor riesgo, como mayores, menores o población inmigrante, así como para la realización de actividades de prevención e inspección en
un municipio como el de Fuenlabrada, con un gran tejido industrial.
6.2. Estas jornadas se desarrollarán en el horario que determine la Jefatura de Bomberos, y en ningún caso entre las 22:00 horas a 6:00 horas.
Las actividades a desarrollar en estas jornadas, cualquiera que sea su naturaleza, podrán realizarse tanto en el Parque de Bomberos como fuera de él según la programación que
pueda establecer la Jefatura o lo que exija la organización de las acciones formativas.
Serán consideradas como tiempo efectivo de trabajo el destinado al traslado desde el
Parque de Bomberos al lugar de desarrollo del curso, y desde este de regreso al Parque a su
finalización. Se devengarán las dietas o gastos por desplazamiento que correspondan conforme a la normativa general municipal y las bases de ejecución del presupuesto.
No se desarrollarán estas jornadas los días 1, 5 y 6 de enero, 1 de mayo y 24, 25 y 31
de diciembre.
6.3. Con el fin de garantizar la efectividad de la jornada señalada en el apartado precedente, no se aplicará al Cuerpo de Bomberos las compensaciones de jornada previstas
para el resto de empleados municipales por la realización actividades de formación, sino las
establecidas en el presente acuerdo específico.

7.1. Las guardias se utilizarán prioritariamente para completar turnos en cuadrante,
garantizando en todo momento la presencia de 12 componentes por turno, y sin que en ningún caso puedan ser utilizadas los días 1 de mayo, 24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de
enero.
7.2. Para el ejercicio 2022, al menos tres de las seis guardias se incluirán necesariamente en el cuadrante anual que se publique al inicio del año. El restante número de guardias, siempre que no se hayan usado para completar turnos ordinarios de 12 efectivos, se
programarán en el cuadrante con una antelación mínima de un mes a la fecha en que previsiblemente se vaya a prestar.

BOCM-20210922-38

7. Distribución de las jornadas adicionales de guardia previstas en el punto 4.1.c)