Fresno de Torote (BOCM-20210921-32)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 21 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 225

Cuarta. Forma de gestión de la admisión de candidatos
Esta Administración podrá proceder a remitir al SEPE la resolución aprobando estas
bases, solicitando la preselección de candidatos a través de dicho organismo. Por lo tanto,
en este caso, los interesados/as podrían proceder a estar adscritos al citado sistema de empleo para ser preseleccionado, no siendo el único medio de preselección.
De hecho, si existe algún interesado que no se encuentre adscrito al sistema, podrá presentar solicitud (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la plaza que se opte, se dirigirán a la Sra. alcaldesa-presidenta
del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de
la convocatoria en el tablón de anuncios y web de este ayuntamiento.
Las bases íntegras se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en su
caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión. La entidad local podrá enviar anuncio
de publicidad al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin ser publicadas íntegramente las bases dado que nos encontramos antes una demanda de empleo temporal
cumpliéndose de esta manera los principios de concurrencia competitiva, igualdad, mérito
y capacidad.
Los requisitos que deben reunir o cumplir los aspirantes a plazas reservadas para personas con discapacidad son los mismos que los generales solicitados, sin perjuicio de hacer
las adaptaciones de tiempo y medios necesarios, para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de los aspirantes.
Quinta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, siendo remitidos los precandidatos
por parte del SEPE en caso de haber recurrido a este medio e incluyendo, en caso de existir, las solicitudes presentadas fuera de la previa selección a efectuar por el SEPE, la Alcaldía dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En
dicha resolución, se señalará un plazo de 3 días hábiles para subsanación.
En la misma publicación se hará constar el día de baremación de los méritos de los aspirantes propuestos; igualmente, se hará constar la designación nominal del tribunal, haciéndose la advertencia de que, trascurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará
aquella elevada a definitiva.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Sexta. Tribunal calificador
Los órganos de selección serán colegiados, con un mínimo de tres componentes, y un
máximo de cinco, y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
La composición del tribunal calificador es la siguiente:
CARGO
Presidente
Vocal
Secretario

IDENTIDAD

El de la Corporación

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