Collado Villalba (BOCM-20210917-69)
Régimen económico. Bases subvenciones continuidad de las asociaciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Asociaciones, federaciones y confederaciones cuyo objeto o finalidad sean distintos a los establecidos en el punto anterior, o que aún, cumpliéndolo, no tengan ninguna participación con el Ayuntamiento en el desarrollo de los festejos, actos patronales y celebraciones típicas del municipio.
5.3. Quedan exceptuadas de participar en la presente convocatoria:
— Las entidades o asociaciones ideológicas, culturales que estrictamente estén dirigidas a fomentar la cultura a sus propios socios sin ningún impacto social externo, educativas y de comunicación.
— Las Asociaciones de víctimas, afectados o perjudicados.
— Las Asociaciones de Infancia, Jóvenes, Personas Mayores, Familias y Bienestar.
— Asociaciones de Solidaridad.
— Asociaciones Económicas, Tecnológicas, Profesionales y De Interés.
— Asociaciones de Medio Ambiente y Salud.
— Asociaciones de Discapacidad y Dependencia.
— Asociaciones Deportivas y clubs.
— Cualquier otra que no reúnan los requisitos del punto 5.1
— Asociaciones que hayan sido beneficiarias durante el año 2021 de cualquier otra
subvención municipal.
Art. 6. Obligaciones de los perceptores.—Será de aplicación a las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas por esta convocatoria lo establecido en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Sección III del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en los artículos 7 de la Ordenanza Reguladora de las Bases Generales de Subvenciones de Collado Villalba.
Asimismo, los beneficiarios de la subvención adquirirán las siguientes obligaciones:
1) Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.
2) Justificar ante el Ayuntamiento de Collado Villalba el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y finalidad que determine la concesión de la subvención.
3) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las
actuaciones anteriores.
4) Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Esta comunicación deberá y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la
aplicación dada a los fondos percibidos. efectuarse tan pronto como se conozca
5) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que
se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social o tener aplazamiento concedido.
6) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y
sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades
de comprobación y control.
7) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
8) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del Ayuntamiento de Collado Villalba de proyectos que sean objeto de subvención, en las
memorias, publicaciones, anuncios u otros medios de publicidad que se utilicen
respecto de los proyectos subvencionados, acorde con la imagen corporativa del
Ayuntamiento de Collado Villalba, debiendo incorporar el escudo del Ayuntamiento de Collado Villalba en todo tipo de publicidad que se haga de las actividades subvencionadas.
9) Una vez resueltas las alegaciones, si las hubiera, y emitida la propuesta de resolución definitiva que se notificará a cada beneficiario, la Alcaldía y la Conceja-
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BOCM-20210917-69
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Asociaciones, federaciones y confederaciones cuyo objeto o finalidad sean distintos a los establecidos en el punto anterior, o que aún, cumpliéndolo, no tengan ninguna participación con el Ayuntamiento en el desarrollo de los festejos, actos patronales y celebraciones típicas del municipio.
5.3. Quedan exceptuadas de participar en la presente convocatoria:
— Las entidades o asociaciones ideológicas, culturales que estrictamente estén dirigidas a fomentar la cultura a sus propios socios sin ningún impacto social externo, educativas y de comunicación.
— Las Asociaciones de víctimas, afectados o perjudicados.
— Las Asociaciones de Infancia, Jóvenes, Personas Mayores, Familias y Bienestar.
— Asociaciones de Solidaridad.
— Asociaciones Económicas, Tecnológicas, Profesionales y De Interés.
— Asociaciones de Medio Ambiente y Salud.
— Asociaciones de Discapacidad y Dependencia.
— Asociaciones Deportivas y clubs.
— Cualquier otra que no reúnan los requisitos del punto 5.1
— Asociaciones que hayan sido beneficiarias durante el año 2021 de cualquier otra
subvención municipal.
Art. 6. Obligaciones de los perceptores.—Será de aplicación a las entidades beneficiarias de las subvenciones reguladas por esta convocatoria lo establecido en el artículo 14
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en la Sección III del Título Preliminar del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones y en los artículos 7 de la Ordenanza Reguladora de las Bases Generales de Subvenciones de Collado Villalba.
Asimismo, los beneficiarios de la subvención adquirirán las siguientes obligaciones:
1) Cumplir el proyecto o actividad que fundamentó la concesión de la subvención.
2) Justificar ante el Ayuntamiento de Collado Villalba el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y finalidad que determine la concesión de la subvención.
3) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente o la entidad colaboradora, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las
actuaciones anteriores.
4) Comunicar al Ayuntamiento la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.
Esta comunicación deberá y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la
aplicación dada a los fondos percibidos. efectuarse tan pronto como se conozca
5) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que
se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a
la Seguridad Social o tener aplazamiento concedido.
6) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos
debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y
sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades
de comprobación y control.
7) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos,
incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
8) Dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación del Ayuntamiento de Collado Villalba de proyectos que sean objeto de subvención, en las
memorias, publicaciones, anuncios u otros medios de publicidad que se utilicen
respecto de los proyectos subvencionados, acorde con la imagen corporativa del
Ayuntamiento de Collado Villalba, debiendo incorporar el escudo del Ayuntamiento de Collado Villalba en todo tipo de publicidad que se haga de las actividades subvencionadas.
9) Una vez resueltas las alegaciones, si las hubiera, y emitida la propuesta de resolución definitiva que se notificará a cada beneficiario, la Alcaldía y la Conceja-
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