C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210917-25)
Bases ayudas – Orden 1015/2021, de 6 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se modifica la Orden 1424/2016, de 18 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música
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BOCM
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 222
2. Documentación administrativa:
a) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de que la empresa
está al corriente de sus obligaciones tributarias, expedida a efectos generales o de
obtención de subvenciones. No se admitirá la emitida para cualquier otra finalidad.
b) Certificado de que la empresa está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, expedido a efectos generales o de obtención de subvenciones. No se
admitirá la emitida para cualquier otra finalidad.
c) Certificación de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid
acreditativa de no existencia de deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid. Dicho documento se solicitará directamente por el órgano
instructor.
Igualmente se considerarán cumplidas las anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o
fraccionamientos o se acuerde la suspensión.
d) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a los epígrafes
empresariales o profesionales relacionados con la música (965 o similar para producción, o 355.2 para edición de discos) y en su caso, último recibo pagado (el correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria) o certificado de exención o declaración responsable de que la cifra de negocios en el
ejercicio fiscal anterior ha sido inferior a 1.000.000 de euros.
e) Certificado de situación censal del solicitante.
3. Declaraciones sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo
segundo de esta orden.
3.1. Declaración responsable de tener la condición de microempresa o de pequeña
empresa, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de PYME del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, que ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios
anual o balance general no supere los 10 millones de euros.
3.2. Declaración responsable tiene la capacidad de obrar en el ámbito musical con
una antigüedad de, al menos, dos años de manera continuada o de cuatro de manera discontinua y tiene su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
3.3. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las circunstancias que
se contemplan en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para ser beneficiario de ayudas públicas.
3.4. Declaración responsable de no ser deudor por procedencia de reintegro en la Comunidad de Madrid, ni de tener pendiente de justificar ninguna otra ayuda en el ámbito musical en la Comunidad de Madrid.
4. Declaración de las ayudas recibidas por la empresa en los dos últimos años fiscales y durante el ejercicio fiscal en curso, sometidas al régimen establecido en el Reglamento (CE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas “de mínimis”.
5. Declaración sobre las ayudas solicitadas u obtenidas para el proyecto que se presenta. En todo caso el total de las ayudas públicas, incluidas las que puedan otorgarse al amparo de estas bases, al mismo objeto no podrá superar el 100 por 100 del coste del proyecto.
6. En el caso de que el proyecto sea una coproducción se deberá aportar copia del
contrato de coproducción correspondiente.
II. Documentación relativa al proyecto que se presentará junto a la solicitud
en los anexos correspondientes (ficha del proyecto y presupuesto)
1. Producción de un espectáculo musical con música en directo:
a) Proyecto que se propone realizar, que incluirá los aspectos siguientes:
1.o Memoria explicativa de la producción que incluirá, entre otros aspectos, la
justificación de la relación del proyecto con la Comunidad de Madrid.
2.o Proceso de producción de la obra y calendario del mismo con fechas de ensayo y estreno.
BOCM-20210917-25
Pág. 104
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 17 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 222
2. Documentación administrativa:
a) Certificación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de que la empresa
está al corriente de sus obligaciones tributarias, expedida a efectos generales o de
obtención de subvenciones. No se admitirá la emitida para cualquier otra finalidad.
b) Certificado de que la empresa está al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, expedido a efectos generales o de obtención de subvenciones. No se
admitirá la emitida para cualquier otra finalidad.
c) Certificación de la Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid
acreditativa de no existencia de deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid. Dicho documento se solicitará directamente por el órgano
instructor.
Igualmente se considerarán cumplidas las anteriores obligaciones cuando las deudas estén aplazadas, fraccionadas o se hubiera acordado su suspensión como consecuencia de impugnación, extremos que deberán acreditarse mediante la presentación de copia de la Resolución en la que se concedan los aplazamientos o
fraccionamientos o se acuerde la suspensión.
d) Alta en el Impuesto de Actividades Económicas correspondiente a los epígrafes
empresariales o profesionales relacionados con la música (965 o similar para producción, o 355.2 para edición de discos) y en su caso, último recibo pagado (el correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior a la convocatoria) o certificado de exención o declaración responsable de que la cifra de negocios en el
ejercicio fiscal anterior ha sido inferior a 1.000.000 de euros.
e) Certificado de situación censal del solicitante.
3. Declaraciones sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo
segundo de esta orden.
3.1. Declaración responsable de tener la condición de microempresa o de pequeña
empresa, de acuerdo con lo previsto en el anexo I sobre la definición de PYME del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, que ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios
anual o balance general no supere los 10 millones de euros.
3.2. Declaración responsable tiene la capacidad de obrar en el ámbito musical con
una antigüedad de, al menos, dos años de manera continuada o de cuatro de manera discontinua y tiene su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid.
3.3. Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las circunstancias que
se contemplan en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones para ser beneficiario de ayudas públicas.
3.4. Declaración responsable de no ser deudor por procedencia de reintegro en la Comunidad de Madrid, ni de tener pendiente de justificar ninguna otra ayuda en el ámbito musical en la Comunidad de Madrid.
4. Declaración de las ayudas recibidas por la empresa en los dos últimos años fiscales y durante el ejercicio fiscal en curso, sometidas al régimen establecido en el Reglamento (CE) 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las
ayudas “de mínimis”.
5. Declaración sobre las ayudas solicitadas u obtenidas para el proyecto que se presenta. En todo caso el total de las ayudas públicas, incluidas las que puedan otorgarse al amparo de estas bases, al mismo objeto no podrá superar el 100 por 100 del coste del proyecto.
6. En el caso de que el proyecto sea una coproducción se deberá aportar copia del
contrato de coproducción correspondiente.
II. Documentación relativa al proyecto que se presentará junto a la solicitud
en los anexos correspondientes (ficha del proyecto y presupuesto)
1. Producción de un espectáculo musical con música en directo:
a) Proyecto que se propone realizar, que incluirá los aspectos siguientes:
1.o Memoria explicativa de la producción que incluirá, entre otros aspectos, la
justificación de la relación del proyecto con la Comunidad de Madrid.
2.o Proceso de producción de la obra y calendario del mismo con fechas de ensayo y estreno.
BOCM-20210917-25
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