Sevilla la Nueva (BOCM-20210916-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 221
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.—Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes
harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la
plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán
en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://www.sevillalanueva.es) y en
el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Quinta. Admisión de aspirantes.—Expirado el plazo de presentación de instancias,
la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (www.sevillalanueva.es), se señalará un plazo de diez días hábiles
para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento (www.sevillalanueva.es) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Sexta. Tribunal Calificador.—Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal calificador estará constituido por:
— Presidente: doña Fátima Osona Rodríguez de Torres.
— Secretaria: doña Antonia Rubio Tapia.
— Tres vocales: doña Isabel Pinilla Carrión, doña Marisa Salamanca Pontes y don
Alfonso Martín López
— Suplente: don José Miguel Cendreros.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.—El sistema de selección será el de concurso conforme a las siguientes reglas de valoración:
1. Valoración de experiencia profesional (máximo 7 puntos):
1.1. Experiencia en puesto de trabajos iguales o similares en mantenimiento de Instalaciones en cualquier Administración y Organismos Públicos, a razón de 0,1 puntos por
mes trabajado.
1.2. Experiencia en puestos de trabajo iguales o similares a Peón de Oficios varios
en entidades privadas, a razón de 0,05 por mes trabajado.
La experiencia profesional se justificará mediante contratos de trabajo y certificado de
vida laboral actualizado. Sólo se valorará la experiencia que quede acreditada en las copias
que se aporten junto con la solicitud.
2. Valoración de formación (máximo 1 puntos):
2.1. Por cursos, cursillos o seminarios impartidos por organismos o centros públicos
o privados homologados oficialmente, relacionados directamente con las funciones del
puesto a desempeñar.
— Sin número de horas: 0,01 puntos por curso.
— Hasta 10 horas de duración: 0,05 puntos por curso.
— De 11 a 20 horas de duración: 0,10 puntos por curso.
— De 21 a 40 horas de duración: 0,15 puntos por curso.
— De 41 a 60 horas de duración: 0,20 puntos por curso.
— De 61 a 100 horas de duración: 0,25 puntos por curso.
— De 101 a 200 horas de duración: 0,30 puntos por curso.
— De más de 200 horas de duración: 0,50 puntos por curso.
Solo se valorarán aquellos méritos que estén acreditados documentalmente, debiendo
acreditarse mediante fotocopia compulsada de los diplomas o títulos de que se trate.
BOCM-20210916-67
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 221
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.—Las solicitudes (Anexo I), requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso en las que los aspirantes
harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales para la
plaza que se opte, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán
en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días hábiles contados a
partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las bases íntegras se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en la sede electrónica de este Ayuntamiento (https://www.sevillalanueva.es) y en
el tablón de anuncios, para mayor difusión.
Quinta. Admisión de aspirantes.—Expirado el plazo de presentación de instancias,
la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento (www.sevillalanueva.es), se señalará un plazo de diez días hábiles
para subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de
aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento (www.sevillalanueva.es) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
Sexta. Tribunal Calificador.—Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal calificador estará constituido por:
— Presidente: doña Fátima Osona Rodríguez de Torres.
— Secretaria: doña Antonia Rubio Tapia.
— Tres vocales: doña Isabel Pinilla Carrión, doña Marisa Salamanca Pontes y don
Alfonso Martín López
— Suplente: don José Miguel Cendreros.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima. Sistemas de selección y desarrollo de los procesos.—El sistema de selección será el de concurso conforme a las siguientes reglas de valoración:
1. Valoración de experiencia profesional (máximo 7 puntos):
1.1. Experiencia en puesto de trabajos iguales o similares en mantenimiento de Instalaciones en cualquier Administración y Organismos Públicos, a razón de 0,1 puntos por
mes trabajado.
1.2. Experiencia en puestos de trabajo iguales o similares a Peón de Oficios varios
en entidades privadas, a razón de 0,05 por mes trabajado.
La experiencia profesional se justificará mediante contratos de trabajo y certificado de
vida laboral actualizado. Sólo se valorará la experiencia que quede acreditada en las copias
que se aporten junto con la solicitud.
2. Valoración de formación (máximo 1 puntos):
2.1. Por cursos, cursillos o seminarios impartidos por organismos o centros públicos
o privados homologados oficialmente, relacionados directamente con las funciones del
puesto a desempeñar.
— Sin número de horas: 0,01 puntos por curso.
— Hasta 10 horas de duración: 0,05 puntos por curso.
— De 11 a 20 horas de duración: 0,10 puntos por curso.
— De 21 a 40 horas de duración: 0,15 puntos por curso.
— De 41 a 60 horas de duración: 0,20 puntos por curso.
— De 61 a 100 horas de duración: 0,25 puntos por curso.
— De 101 a 200 horas de duración: 0,30 puntos por curso.
— De más de 200 horas de duración: 0,50 puntos por curso.
Solo se valorarán aquellos méritos que estén acreditados documentalmente, debiendo
acreditarse mediante fotocopia compulsada de los diplomas o títulos de que se trate.
BOCM-20210916-67
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