Sevilla la Nueva (BOCM-20210916-67)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 221
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
SEVILLA LA NUEVA
OFERTAS DE EMPLEO
Habiéndose aprobado con fecha 18 de septiembre de 2020, las bases y la convocatoria
para la constitución de una bolsa de empleo, se abre el plazo de presentación de solicitudes,
que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
Primera. Objeto de la convocatoria.—El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante el procedimiento de concurso, de bolsa de empleo para cubrir vacante de
personal peón de oficios varios en el Ayuntamiento de Sevilla La Nueva, que no se pueda
cubrir por personal fijo, sustitución transitoria de los titulares, para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir temporalmente vacantes debidas a bajas por enfermedad u otras causas.
Segunda. Modalidad de contrato.—La modalidad del contrato será la de contrato de interinidad según lo dispuesto en el artículo 15.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El
contrato de trabajo, terminará en el momento en que dicha plaza se provea de acuerdo con lo
previsto en el párrafo anterior o en el caso de que cambiaran sustancialmente las circunstancias
de funcionamiento del servicio y el Ayuntamiento se viera obligado a suspender la prestación
del mismo.
El puesto estará vinculado al área de trabajo de Peón de Oficios Varios del Ayuntamiento de Sevilla La Nueva y adscrita al funcionamiento y mantenimiento de todas las
instalaciones que es titular el Ayuntamiento de Sevilla La Nueva y demás áreas de ocio y
esparcimiento.
El carácter del contrato es temporal y en régimen de dedicación a tiempo completo o
parcial según puesto a cubrir, con un mes de período de prueba.
Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes.—De conformidad con el artículo 56 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para poder participar en los procesos selectivos
será necesario:
— Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa (sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público).
— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
— Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación: Certificado de Escolaridad o equivalente.
— Estar en posesión del carné de conducir clase B.
BOCM-20210916-67
BASES GENERALES SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL
PEÓN DE OFICIOS VARIOS
B.O.C.M. Núm. 221
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 209
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
SEVILLA LA NUEVA
OFERTAS DE EMPLEO
Habiéndose aprobado con fecha 18 de septiembre de 2020, las bases y la convocatoria
para la constitución de una bolsa de empleo, se abre el plazo de presentación de solicitudes,
que será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
Primera. Objeto de la convocatoria.—El objeto de la presente convocatoria es la provisión, mediante el procedimiento de concurso, de bolsa de empleo para cubrir vacante de
personal peón de oficios varios en el Ayuntamiento de Sevilla La Nueva, que no se pueda
cubrir por personal fijo, sustitución transitoria de los titulares, para las futuras contrataciones que resulten necesarias a fin de cubrir temporalmente vacantes debidas a bajas por enfermedad u otras causas.
Segunda. Modalidad de contrato.—La modalidad del contrato será la de contrato de interinidad según lo dispuesto en el artículo 15.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. El
contrato de trabajo, terminará en el momento en que dicha plaza se provea de acuerdo con lo
previsto en el párrafo anterior o en el caso de que cambiaran sustancialmente las circunstancias
de funcionamiento del servicio y el Ayuntamiento se viera obligado a suspender la prestación
del mismo.
El puesto estará vinculado al área de trabajo de Peón de Oficios Varios del Ayuntamiento de Sevilla La Nueva y adscrita al funcionamiento y mantenimiento de todas las
instalaciones que es titular el Ayuntamiento de Sevilla La Nueva y demás áreas de ocio y
esparcimiento.
El carácter del contrato es temporal y en régimen de dedicación a tiempo completo o
parcial según puesto a cubrir, con un mes de período de prueba.
Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes.—De conformidad con el artículo 56 del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para poder participar en los procesos selectivos
será necesario:
— Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
— Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
— Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa (sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público).
— No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al
cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
— Poseer la titulación exigida o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación: Certificado de Escolaridad o equivalente.
— Estar en posesión del carné de conducir clase B.
BOCM-20210916-67
BASES GENERALES SELECCIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL
PEÓN DE OFICIOS VARIOS