Alcobendas (BOCM-20210910-32)
Organización y funcionamiento. Ordenanza limpieza y recogida residuos
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 216
tes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria y establece que se incluyen
en esa categoría los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas
recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados. Y, por
otro lado, la citada Ley considera residuos comerciales los generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de
las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios.
Las Entidades Locales se podrán hacer cargo de la gestión de los residuos comerciales no
peligrosos y de los residuos domésticos generados en las industrias, de conformidad con lo previsto en los artículos 12.5.c y 17.3 de la Ley 22/2011, cuando los establecimientos decidan de
manera voluntaria acogerse al sistema de gestión municipal o, cuando la Entidad Local, haya establecido su propio sistema de gestión e imponga, de manera motivada y basándose en criterios
de mayor eficiencia y eficacia en la gestión de los residuos, la incorporación obligatoria de estos productores de residuos al sistema de gestión municipal. En caso de que el productor de residuos comerciales no se acoja al sistema público deberá acreditar adecuadamente la correcta
gestión de sus residuos a la Entidad Local, a través de su gestor autorizado.
Con posterioridad a la Ley 22/2011 se han aprobado nuevos Reglamentos de desarrollo para, entre otros aspectos, adaptar el régimen de responsabilidad ampliada del productor a lo establecido en la citada Ley. Además, mediante el Real Decreto 293/2018, de 18 de
mayo, se establecieron diversas medidas para la reducción del consumo de bolsas de plástico, entre las que se establece la posibilidad de que los Entes Locales puedan llevar a cabo
campañas de concienciación y sensibilización.
Por otro lado, el día 30 de mayo de 2018 se aprobaron en el seno de la Unión Europea
una serie de Directivas que revisan, entre otras, la Directiva Marco de residuos, la Directiva de envases, la Directiva de vehículos al final de su vida útil, la Directiva de pilas y acumuladores y la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Estas Directivas integran el denominado “Paquete de residuos” del Plan de Acción de la Comisión
Europea para la Economía Circular, cuyo objetivo principal es la mejora de la gestión de
residuos en la Unión, poniendo un énfasis especial en la gestión de los residuos municipales, con el objetivo esencial de “cerrar el círculo” del ciclo de vida de los productos a través de más prevención y de un mayor reciclado y preparación para la reutilización de los
residuos, de manera que se garantice la utilización prudente, eficiente y racional de los recursos naturales, con el beneficio añadido del fomentar así el ahorro energético y reducir
las emisiones de gases de efecto invernadero.
El Ayuntamiento de Alcobendas está sujeto al cumplimiento de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid (2017-2024), debiendo cumplir
la normativa de desarrollo de la misma, a través de:
— Resolución de 4 de enero de 2019, publicidad de la aprobación de la Estrategia de
Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024 conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
— Resolución de 31 de octubre de 2018, Declaración Ambiental Estratégica de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid (2017-2024)
(expediente: 10-UB2-00195.2/2018, SIA 18/183).
— Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, aprobación de la estrategia de gestión sostenible de los residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.
La Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección de los Espacios Públicos en Relación con su Limpieza y Retirada de Residuos, ha sido, desde 2001, el marco normativo
regulador de los servicios de limpieza viaria y de recogida y tratamiento de residuos en el
municipio de Alcobendas, siendo necesario una adaptación a la normativa existente, a lo
previsto en las leyes estatales y autonómicas, y adecuándola a la nueva realidad social, con
la finalidad de atender, en todo lo posible, las demandas sociales, y mejorar el medio ambiente de Alcobendas y, en definitiva, la calidad de vida de la ciudadanía.
Todo lo expuesto viene a justificar la adecuación de la nueva Ordenanza a los principios
de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello a
la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
La idea clave de los principios de necesidad y eficacia se centra en la justificación de
la iniciativa normativa, que será siempre una “razón de interés general”. En este caso, es
obtener la limpieza integral diaria de todos los espacios públicos de la ciudad, así como de
la recogida de los residuos sólidos urbanos en el municipio de Alcobendas, con el fin de
conseguir un estado adecuado de limpieza e higiene.
BOCM-20210910-32
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 216
tes de obras menores de construcción y reparación domiciliaria y establece que se incluyen
en esa categoría los residuos procedentes de limpieza de vías públicas, zonas verdes, áreas
recreativas y playas, los animales domésticos muertos y los vehículos abandonados. Y, por
otro lado, la citada Ley considera residuos comerciales los generados por la actividad propia del comercio, al por mayor y al por menor, de los servicios de restauración y bares, de
las oficinas y de los mercados, así como del resto del sector servicios.
Las Entidades Locales se podrán hacer cargo de la gestión de los residuos comerciales no
peligrosos y de los residuos domésticos generados en las industrias, de conformidad con lo previsto en los artículos 12.5.c y 17.3 de la Ley 22/2011, cuando los establecimientos decidan de
manera voluntaria acogerse al sistema de gestión municipal o, cuando la Entidad Local, haya establecido su propio sistema de gestión e imponga, de manera motivada y basándose en criterios
de mayor eficiencia y eficacia en la gestión de los residuos, la incorporación obligatoria de estos productores de residuos al sistema de gestión municipal. En caso de que el productor de residuos comerciales no se acoja al sistema público deberá acreditar adecuadamente la correcta
gestión de sus residuos a la Entidad Local, a través de su gestor autorizado.
Con posterioridad a la Ley 22/2011 se han aprobado nuevos Reglamentos de desarrollo para, entre otros aspectos, adaptar el régimen de responsabilidad ampliada del productor a lo establecido en la citada Ley. Además, mediante el Real Decreto 293/2018, de 18 de
mayo, se establecieron diversas medidas para la reducción del consumo de bolsas de plástico, entre las que se establece la posibilidad de que los Entes Locales puedan llevar a cabo
campañas de concienciación y sensibilización.
Por otro lado, el día 30 de mayo de 2018 se aprobaron en el seno de la Unión Europea
una serie de Directivas que revisan, entre otras, la Directiva Marco de residuos, la Directiva de envases, la Directiva de vehículos al final de su vida útil, la Directiva de pilas y acumuladores y la Directiva sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Estas Directivas integran el denominado “Paquete de residuos” del Plan de Acción de la Comisión
Europea para la Economía Circular, cuyo objetivo principal es la mejora de la gestión de
residuos en la Unión, poniendo un énfasis especial en la gestión de los residuos municipales, con el objetivo esencial de “cerrar el círculo” del ciclo de vida de los productos a través de más prevención y de un mayor reciclado y preparación para la reutilización de los
residuos, de manera que se garantice la utilización prudente, eficiente y racional de los recursos naturales, con el beneficio añadido del fomentar así el ahorro energético y reducir
las emisiones de gases de efecto invernadero.
El Ayuntamiento de Alcobendas está sujeto al cumplimiento de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid (2017-2024), debiendo cumplir
la normativa de desarrollo de la misma, a través de:
— Resolución de 4 de enero de 2019, publicidad de la aprobación de la Estrategia de
Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024 conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
— Resolución de 31 de octubre de 2018, Declaración Ambiental Estratégica de la Estrategia de Gestión Sostenible de los Residuos de la Comunidad de Madrid (2017-2024)
(expediente: 10-UB2-00195.2/2018, SIA 18/183).
— Acuerdo de 27 de noviembre de 2018, aprobación de la estrategia de gestión sostenible de los residuos de la Comunidad de Madrid 2017-2024.
La Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección de los Espacios Públicos en Relación con su Limpieza y Retirada de Residuos, ha sido, desde 2001, el marco normativo
regulador de los servicios de limpieza viaria y de recogida y tratamiento de residuos en el
municipio de Alcobendas, siendo necesario una adaptación a la normativa existente, a lo
previsto en las leyes estatales y autonómicas, y adecuándola a la nueva realidad social, con
la finalidad de atender, en todo lo posible, las demandas sociales, y mejorar el medio ambiente de Alcobendas y, en definitiva, la calidad de vida de la ciudadanía.
Todo lo expuesto viene a justificar la adecuación de la nueva Ordenanza a los principios
de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello a
la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
La idea clave de los principios de necesidad y eficacia se centra en la justificación de
la iniciativa normativa, que será siempre una “razón de interés general”. En este caso, es
obtener la limpieza integral diaria de todos los espacios públicos de la ciudad, así como de
la recogida de los residuos sólidos urbanos en el municipio de Alcobendas, con el fin de
conseguir un estado adecuado de limpieza e higiene.
BOCM-20210910-32
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