Alcobendas (BOCM-20210910-32)
Organización y funcionamiento. Ordenanza limpieza y recogida residuos
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BOCM

VIERNES 10 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 216

7. Si la entrega de residuos sanitarios se hace a una persona física o jurídica que no
posea debida autorización, el productor responderá solidariamente con el receptor de cualquier daño que se produzca a causa de aquéllos y de las sanciones que proceda imponer.
8. Queda expresamente prohibido mezclar residuos recuperables con la fracción resto,
o introducir cualquier tipo de residuo recuperable en los contenedores para fracción resto.
SECCIÓN 2.a

Puntos limpios fijos y puntos limpios móviles
Art. 32. Residuos admitidos en los puntos.—1. Los puntos limpios son instalaciones municipales acondicionadas convenientemente para la recogida selectiva de residuos
municipales de origen doméstico y asimilable a doméstico para su posterior tratamiento y
que no deben ser recogidos por otro sistema de recogida. El Ayuntamiento de Alcobendas
establecerá las instrucciones internas de su funcionamiento, así como los tipos, cantidades
y forma de depósito para parte de los usuarios.
En los puntos limpios fijos ubicados en el término municipal de Alcobendas se podrán
depositar los siguientes residuos domésticos siempre que hayan sido generados en inmuebles destinados a vivienda como consecuencia de las actividades domésticas:
— Cartón.
— Metales.
— Madera (máximo 0,5 m3).
— Pinturas (hasta 5 kg).
— Papel.
— Frigorífico. (1 unidad/persona).
— Envases.
— Aceite de cocina. 10 litros.
— Aceite de automóvil (hasta 10 litros).
— Envases de aceite vacíos.
— Filtros de aceite.
— Vidrio.
— Plásticos.
— Corcho blanco.
— Baterías (máximo 2).
— Radiografías (5 unidades/persona).
— Pilas.
— Fluorescentes (máximo 3).
— Cartuchos de impresión y tóner.
— Equipos de informática y telecomunicaciones.
— Aparatos electrónicos de consumo.
— Pequeños y grandes electrodomésticos.
— Textil, ropa, calzado
— Instrumentos de vigilancia y control
— Herramientas eléctricas y electrónicas (excepto las herramientas industriales de
gran envergadura).
— Otros residuos que expresamente determine el Ayuntamiento en las normas de desarrollo de la presente Ordenanza.
Residuos no admisibles:
— Residuos orgánicos.
— Escombros.
— Neumáticos.
— Residuos peligrosos, no incluidos en el epígrafe anterior.
— Residuos Infecciosos.
— Residuos radioactivos.
— Residuos Industriales.
— Medicamentos.
2. El Ayuntamiento podrá poner a disposición de los ciudadanos un servicio de puntos limpios móviles, en el que se podrán depositar los residuos domésticos de origen domiciliario que se determinen y con la frecuencia y localizaciones que igualmente se determinen e informen en la página web del Ayuntamiento de Alcobendas.

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