Alcorcón (BOCM-20210908-33)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 186

MIÉRCOLES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 214

Capítulo quinto
En materia de gastos
I. Delegar en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio la autorización de
gasto y la disposición, o compromiso de gasto. La autorización, cualquiera que fuese su
cuantía, de los gastos consignados en el presupuesto para transferencias corrientes y de capital a los Organismos, Sociedades, Fundaciones y, en general, a todas las entidades dependientes del Ayuntamiento, así como todos aquellos de tracto sucesivo que no tengan la naturaleza de gastos de inversión, tales como: energía eléctrica, agua, gas, teléfono, gastos de
comunidad y servicios postales. Asimismo, le corresponderá la autorización, cualquiera
que sea su cuantía, de los gastos consignados en el presupuesto destinados a atender el cumplimiento de las sentencias judiciales.
Se delega igualmente en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio el reconocimiento y liquidación de obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente
adquiridos.
Subvenciones
I. Reservar la autorización de gasto, en el caso de otorgamiento de subvenciones mediante bases, o libramientos genéricos, a la Junta de Gobierno Local, la cual, en consecuencia, tendrá la competencia para aprobar las bases de otorgamiento de subvenciones y las
cantidades globales, que se destinen a fondos de ayudas sociales (becas, emergencia social,
programas de mayores, etcétera), delegando la disposición, o compromiso de gasto según
las bases aprobadas, a la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio.
Ii. Reservar a la Junta de Gobierno Local la aceptación de las subvenciones que provengan de Organismos Públicos o Entidades Institucionales con la aprobación de
los correspondientes convenios.
Se delega en el concejal que por razón de la materia sea competente la aceptación
de aquellas subvenciones o ayudas de empresas y particulares cuyo fin sea la promoción de actos culturales, festivos, o lúdicos.
3. Delegar en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio la aprobación de la cuenta justificativa y justificantes de la totalidad de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento.
II. Delegar la autorización y disposición del gasto, en la medida en que no haya sido
delegada, bien en los capítulos anteriores en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio.
Capítulo sexto

Delegar en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio la devolución de fianzas, avales, garantías, u otros depósitos constituidos ante el Ayuntamiento, bien dimanantes de la contratación efectuada por este, o a cualquier otro título, previo el expediente legalmente procedente acreditativo que la fianza, aval, garantía o depósito ha cumplido su fin,
con excepción de los previsto en el apartado III de éste capítulo.
Delegar en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio la ejecución de fianzas, avales, o garantías a favor de la Hacienda Municipal, con la emisión de cuantas resoluciones requiera el expediente que a tal fin se incoe, y sea cual sea la cuantía de aquellos.
Delegar en la concejala de Hacienda, Contratación y Patrimonio la devolución de las
fianzas provisionales, avales y garantías de carácter provisional, constituidos ante el Ayuntamiento como consecuencia de la tramitación de cualquier expediente de contratación, sea
cual sea el tipo de este, su forma de adjudicación y el Órgano de este Ayuntamiento competente para efectuar la adjudicación, y previa la tramitación legal procedente.
Capítulo séptimo
En materia de sanciones y autorizaciones especiales
Delegar la competencia sancionadora que corresponda respecto a terceros, a este
Ayuntamiento, según las materias que se indican, en los órganos directivos que asimismo

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En materia de fianzas, avales, garantías u otros depósitos