Madrid (BOCM-20210906-35)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial control de usos
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 136

LUNES 6 DE SEPTIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 212

Como puede verse en el siguiente cuadro la superficie computable total del edificio es
de 1.693,05 m, y por tanto inferior a la edificabilidad máxima de la parcela (1.693,30 m2).
SUPERFICIE ÚTIL
(m2)

PLANTA
Sótano 4
Sótano 3
Sótano 2
Sótano 1

SUPERFICIE
CONSTRUIDA
(m2)

SUPERFICIE
COMPUTABLE
(m2)

466,43

363,01

284,50
313,18
313,18
313,18
314,74

381,44
381,44
381,44
381,44
381,44

0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
284,82
372,46
372,46
372,46
290,85

TOTAL B/R
TOTAL S/R

1.981,83
1.538,78

2.461,04
1.907,20

0,00
1.693,05

TOTAL

3.520,61

N. Inferior
N. Superior
N. Inferior
N. Superior
N. Inferior
N. Superior

Planta Baja
Planta Primera
Planta Segunda
Planta Tercera
Planta Cuarta

172,84
381,35
172,48
380,93
183,51
327,71

554,19
553,41
511,22

235,17
429,70
235,17
429,70
235,17
429,70

664,87
664,87
664,87

4.368,24
Edificabilidad máxima

1.693,05
1.693,30

No se ha considerado en la superficie construida la superficie de los balcones, siendo la
de cada uno de ellos de 0,54 m2 y por tanto, en el total del edificio, 33,48 m2 (el edificio dispone de 62 balcones, 17 en las plantas primera, segunda y tercera, y 11 en la planta cuarta).
Las superficies computables del edificio se adaptarán a las máximas superficies edificables según lo previsto en el presente Plan Especial, teniendo en cuenta lo indicado en el
Artículo 6.5.3 Superficie edificada por planta del PGOUM para el cómputo de edificabilidad, y que se justificarán en el correspondiente proyecto de Licencia.
Asimismo, recordar en este punto que la distribución arquitectónica, diseño interior e
instalaciones que se reflejan en este Documento técnico deben considerarse como no vinculantes y meramente orientativos, ya que exceden del objetivo del Plan Especial, que es única y exclusivamente la solicitud del uso Terciario Hospedaje.
Dicha información se recogerá y detallará en el correspondiente Proyecto técnico que
se elabore para la consecución de la oportuna Licencia Urbanística -para el mismo ámbitocuando el presente Plan Especial se apruebe.
Posición respecto a la Alineación y Posición de la edificación
Tal y como establece el artículo 8.1.11 del PGOUM, la línea de edificación coincidirá con la alineación oficial.
Asimismo, la edificación se desarrollará dentro de la superficie computable, es decir,
sin ocupar el fondo máximo para edificios de nueva planta indicado y representado en el
Plano de Condiciones de la Edificación.
Ocupación Máxima

Fondo Máximo
Tal y como se ha indicado en apartados anteriores, el fondo máximo de la edificación
lo establece el Plano de Condiciones de la Edificación. La edificación proyectada no supera dicho fondo máximo, tal y como puede verse en los planos adjuntos del proyecto.

BOCM-20210906-35

Según el artículo 8.1.13 Ocupación del PGOUM, la ocupación máxima (sobre rasante) será la parte de la parcela definida como superficie computable. Para las plantas bajo rasante la ocupación máxima puede ser del 100% de la parcela.
En la propuesta que se plantea, la ocupación (sobre rasante) se desarrolla dentro del
Fondo Máximo Edificable indicado en el Plano de Análisis de la Edificación, siendo la ocupación del edificio de 381,44 m2 (78,84% sobre la Superficie Computable). La ocupación
bajo rasante será del 100% de la superficie del solar, es decir 664,87 m2.