C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210904-1)
Convenio colectivo – Resolución de 6 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Unión Sindical Madrid Región y Federaciones de Rama (CC OO) (código número 28010042011997)
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 211
TÉCNICO O TÉCNICA SUPERIOR
Dentro del Personal Técnico superior, se establecen tres niveles:
x
x
x
NIVEL “C” O NIVEL DE INGRESO.- Pertenecen a este nivel todas aquellas personas con
titulación superior sin experiencia en el ejercicio de las funciones específicas para las que
se contrata, y durante los dos primeros años ininterrumpidamente de su prestación de
servicios. Será de aplicación a las personas con titulación superior de nueva contratación.
NIVEL “B”. - Pertenecerán a este nivel, las personas con titulación superior, con más de
dos años de experiencia en la U.S.M.R. en el ejercicio de las funciones específicas para
las que se les contrató, criterios todos estos que serán valorados por la Comisión de
Valoración.
NIVEL “A”. - Pertenecerán a este nivel todas las personas con titulación superior, que
tengan más de 8 años de experiencia en la U.S.M.R. en el ejercicio de sus funciones
específicas para las que se les contrató y realicen tareas de mayor complejidad, calidad,
cantidad y dedicación, criterios todos estos que serán valorados por la Comisión de
Valoración.
La Comisión de Valoración se regirá por normas de funcionamiento objetivas y transparentes
negociadas con la representación de la Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical de trabajadoras
y trabajadores de CCOO de Madrid.
TÉCNICO O TÉCNICA SUPERIOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Pertenecerán a este nivel, las personas con titulación superior y/o la cualificación profesional que
ha podido adquirirse con la experiencia y contacto directo con el trabajo y que desarrollan sus
funciones en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales.
TÉCNICO O TÉCNICA MEDIA
Trabajador/a que en posesión de la correspondiente titulación realiza funciones técnicas pero con
responsabilidad restringida a la organización y ejecución de su trabajo.
ASESOR O ASESORA JURÍDICO SINDICAL
Son los trabajadores/as que con la suficiente experiencia y/o conocimientos de la legislación social
y problemática sindical, realizan tareas de asistencia, coordinación y apoyo tanto al Abogado/a o
Gabinete jurídico como a las respectivas direcciones sindicales de las que dependan.
Las tareas más significativas son:
Atención y asesoramiento a los trabajadores/as en materias de legislación social como
contratos de trabajo, seguridad social, desempleo, aplicación de convenios colectivos,
ordenanzas laborales, liquidaciones, etc., tanto en los locales del Sindicato como en los
centros de trabajo respectivos.
Asistencia en expedientes por despido, sanciones, reclamaciones de cantidad, etc.,
asistiendo al trabajador o trabajadora, cuando proceda, en el acto de conciliación ante la
instancia correspondiente y colaborando con el Gabinete Jurídico hasta la finalización del
procedimiento.
Elaboración, registro y seguimiento de denuncias ante la Inspección de Trabajo,
Direcciones Provinciales y Generales de trabajo.
Asistencia y asesoramiento a Comités de Empresa, Secciones sindicales y Delegados/as
de Personal en materias como convenios colectivos, elecciones sindicales, etc., tanto en
los locales del Sindicato como en los centros de trabajo respectivos.
Son quienes realizan sus funciones de asesoría jurídica sindical, laboral, y Seguridad Social,
acuden al Servicio de Mediación, arbitraje y mediación (SMAC) y otros organismos, auxilian a
abogados/as y sindicalistas.
Prestan información, asesoramiento y asistencia a Comités de Empresa, Secciones Sindicales,
Delegados de Personal, etc., en todo tipo de materias laborales y sindicales tanto en los locales del
Sindicato, como en los centros de trabajo respectivos.
BOCM-20210904-1
ASESOR O ASESORA LABORAL
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 211
TÉCNICO O TÉCNICA SUPERIOR
Dentro del Personal Técnico superior, se establecen tres niveles:
x
x
x
NIVEL “C” O NIVEL DE INGRESO.- Pertenecen a este nivel todas aquellas personas con
titulación superior sin experiencia en el ejercicio de las funciones específicas para las que
se contrata, y durante los dos primeros años ininterrumpidamente de su prestación de
servicios. Será de aplicación a las personas con titulación superior de nueva contratación.
NIVEL “B”. - Pertenecerán a este nivel, las personas con titulación superior, con más de
dos años de experiencia en la U.S.M.R. en el ejercicio de las funciones específicas para
las que se les contrató, criterios todos estos que serán valorados por la Comisión de
Valoración.
NIVEL “A”. - Pertenecerán a este nivel todas las personas con titulación superior, que
tengan más de 8 años de experiencia en la U.S.M.R. en el ejercicio de sus funciones
específicas para las que se les contrató y realicen tareas de mayor complejidad, calidad,
cantidad y dedicación, criterios todos estos que serán valorados por la Comisión de
Valoración.
La Comisión de Valoración se regirá por normas de funcionamiento objetivas y transparentes
negociadas con la representación de la Comisión Ejecutiva de la Sección Sindical de trabajadoras
y trabajadores de CCOO de Madrid.
TÉCNICO O TÉCNICA SUPERIOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
Pertenecerán a este nivel, las personas con titulación superior y/o la cualificación profesional que
ha podido adquirirse con la experiencia y contacto directo con el trabajo y que desarrollan sus
funciones en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales.
TÉCNICO O TÉCNICA MEDIA
Trabajador/a que en posesión de la correspondiente titulación realiza funciones técnicas pero con
responsabilidad restringida a la organización y ejecución de su trabajo.
ASESOR O ASESORA JURÍDICO SINDICAL
Son los trabajadores/as que con la suficiente experiencia y/o conocimientos de la legislación social
y problemática sindical, realizan tareas de asistencia, coordinación y apoyo tanto al Abogado/a o
Gabinete jurídico como a las respectivas direcciones sindicales de las que dependan.
Las tareas más significativas son:
Atención y asesoramiento a los trabajadores/as en materias de legislación social como
contratos de trabajo, seguridad social, desempleo, aplicación de convenios colectivos,
ordenanzas laborales, liquidaciones, etc., tanto en los locales del Sindicato como en los
centros de trabajo respectivos.
Asistencia en expedientes por despido, sanciones, reclamaciones de cantidad, etc.,
asistiendo al trabajador o trabajadora, cuando proceda, en el acto de conciliación ante la
instancia correspondiente y colaborando con el Gabinete Jurídico hasta la finalización del
procedimiento.
Elaboración, registro y seguimiento de denuncias ante la Inspección de Trabajo,
Direcciones Provinciales y Generales de trabajo.
Asistencia y asesoramiento a Comités de Empresa, Secciones sindicales y Delegados/as
de Personal en materias como convenios colectivos, elecciones sindicales, etc., tanto en
los locales del Sindicato como en los centros de trabajo respectivos.
Son quienes realizan sus funciones de asesoría jurídica sindical, laboral, y Seguridad Social,
acuden al Servicio de Mediación, arbitraje y mediación (SMAC) y otros organismos, auxilian a
abogados/as y sindicalistas.
Prestan información, asesoramiento y asistencia a Comités de Empresa, Secciones Sindicales,
Delegados de Personal, etc., en todo tipo de materias laborales y sindicales tanto en los locales del
Sindicato, como en los centros de trabajo respectivos.
BOCM-20210904-1
ASESOR O ASESORA LABORAL