C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210904-1)
Convenio colectivo – Resolución de 6 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo de la Empresa Unión Sindical Madrid Región y Federaciones de Rama (CC OO) (código número 28010042011997)
27 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 21
Elaboran y realizan seguimiento de documentos, denuncias ante Inspecciones de Trabajo,
Direcciones Generales, y Provinciales y otros organismos relacionados con el asesoramiento de
los trabajadores.
TÉCNICO O TÉCNICA DE SUBVENCIONES
Son los trabajadores/as con contratación específica por cuenta de una subvención y que realizan
funciones técnicas para las que se requiere la correspondiente titulación. La especialización de
este personal así como las funciones y su retribución vendrán determinadas por los Convenios o
acuerdos suscritos con los distintos Organismos, Entidades públicas o privadas, Administraciones
o la Confederación Sindical de Comisiones Obreras.
TÉCNICO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE SUBVENCIONES.
Aquellas personas trabajadoras contratadas para desarrollar las subvenciones finalistas en
Prevención de Riesgos Laborales.
TÉCNICO O TÉCNICA INFORMÁTICA DE 1ª
Es la persona técnica que con conocimientos de informática y dominio de las posibilidades y
recursos de los equipos existentes, bajo la supervisión de su jefatura inmediata u otro/a técnico/a
en informática de superior categoría, se ocupa de la puesta en marcha, atención y parada de los
sistemas, suministrando la información que se le solicite, bien por mantenimiento preventivo según
especificaciones de los equipos, etiquetado, archivo y control de los soportes de datos, así como
efectuar las recuperaciones, borrados y copias de seguridad que se precisen, de acuerdo con las
normas establecidas por el responsable, así como del control del abastecimiento y reposición de
material que precise el equipo.
JEFE O JEFA ADMINISTRATIVA
Es quien, con los conocimientos administrativos necesarios, capacidad de mando, autonomía y
responsabilidad, dirige unidades administrativas para la consecución de las gestiones,
tramitaciones y controles encomendados por sus responsables.
Llevará a cabo las siguientes funciones:
Organización, planificación y control de los recursos humanos a su cargo, debiendo
encomendar a cada uno las tareas y responsabilidades correspondientes a su categoría
profesional, a fin de obtener con ello un rendimiento adecuado.
Responsabilidad sobre el mantenimiento y conservación de la maquinaria e instalaciones
a su cargo, así como del aprovisionamiento de materiales y productos necesarios.
OFICIAL Y OFICIALA 1ª ADMINISTRATIVA
Es el trabajador/a que, con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene
a su cargo un servicio determinado. Llevará a cabo las siguientes funciones:
Organización del trabajo administrativo en lo referente a: contabilidad, compras,
facturación, nóminas, seguros sociales, etc., siempre en función de la legislación vigente,
normas establecidas o indicaciones de un superior/a.
Confección de informes, interpretación de los resultados y obtención de conclusiones.
OFICIAL Y OFICIALA 2ª ADMINISTRATIVA
Las funciones a realizar serán:
Localización, elaboración y comprobación de datos para la confección de informes,
balances, presupuestos, facturas, recibos, certificaciones, nóminas, prestaciones, etc.,
siguiendo las instrucciones recibidas.
BOCM-20210904-1
Es quien, con conocimientos suficientes de su profesión y bajo la supervisión de una jefatura, y
Oficial 1ª, colabora con estos en las funciones administrativas para el correcto funcionamiento del
servicio.
B.O.C.M. Núm. 211
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 4 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 21
Elaboran y realizan seguimiento de documentos, denuncias ante Inspecciones de Trabajo,
Direcciones Generales, y Provinciales y otros organismos relacionados con el asesoramiento de
los trabajadores.
TÉCNICO O TÉCNICA DE SUBVENCIONES
Son los trabajadores/as con contratación específica por cuenta de una subvención y que realizan
funciones técnicas para las que se requiere la correspondiente titulación. La especialización de
este personal así como las funciones y su retribución vendrán determinadas por los Convenios o
acuerdos suscritos con los distintos Organismos, Entidades públicas o privadas, Administraciones
o la Confederación Sindical de Comisiones Obreras.
TÉCNICO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE SUBVENCIONES.
Aquellas personas trabajadoras contratadas para desarrollar las subvenciones finalistas en
Prevención de Riesgos Laborales.
TÉCNICO O TÉCNICA INFORMÁTICA DE 1ª
Es la persona técnica que con conocimientos de informática y dominio de las posibilidades y
recursos de los equipos existentes, bajo la supervisión de su jefatura inmediata u otro/a técnico/a
en informática de superior categoría, se ocupa de la puesta en marcha, atención y parada de los
sistemas, suministrando la información que se le solicite, bien por mantenimiento preventivo según
especificaciones de los equipos, etiquetado, archivo y control de los soportes de datos, así como
efectuar las recuperaciones, borrados y copias de seguridad que se precisen, de acuerdo con las
normas establecidas por el responsable, así como del control del abastecimiento y reposición de
material que precise el equipo.
JEFE O JEFA ADMINISTRATIVA
Es quien, con los conocimientos administrativos necesarios, capacidad de mando, autonomía y
responsabilidad, dirige unidades administrativas para la consecución de las gestiones,
tramitaciones y controles encomendados por sus responsables.
Llevará a cabo las siguientes funciones:
Organización, planificación y control de los recursos humanos a su cargo, debiendo
encomendar a cada uno las tareas y responsabilidades correspondientes a su categoría
profesional, a fin de obtener con ello un rendimiento adecuado.
Responsabilidad sobre el mantenimiento y conservación de la maquinaria e instalaciones
a su cargo, así como del aprovisionamiento de materiales y productos necesarios.
OFICIAL Y OFICIALA 1ª ADMINISTRATIVA
Es el trabajador/a que, con total conocimiento de su profesión, autonomía y responsabilidad, tiene
a su cargo un servicio determinado. Llevará a cabo las siguientes funciones:
Organización del trabajo administrativo en lo referente a: contabilidad, compras,
facturación, nóminas, seguros sociales, etc., siempre en función de la legislación vigente,
normas establecidas o indicaciones de un superior/a.
Confección de informes, interpretación de los resultados y obtención de conclusiones.
OFICIAL Y OFICIALA 2ª ADMINISTRATIVA
Las funciones a realizar serán:
Localización, elaboración y comprobación de datos para la confección de informes,
balances, presupuestos, facturas, recibos, certificaciones, nóminas, prestaciones, etc.,
siguiendo las instrucciones recibidas.
BOCM-20210904-1
Es quien, con conocimientos suficientes de su profesión y bajo la supervisión de una jefatura, y
Oficial 1ª, colabora con estos en las funciones administrativas para el correcto funcionamiento del
servicio.