Mejorada del Campo (BOCM-20210902-63)
Régimen económico. Ordenanza ayudas punto municipal observatorio violencia género
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 209
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 141
dinación al menos municipal, conforme al apartado m) del artículo 17.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El procedimiento para la concesión de la ayuda será iniciado a petición de la persona
interesada, con la valoración del equipo técnico del PMORVG.
Como consecuencia de la naturaleza de estas ayudas, las solicitudes podrán realizarse
a lo largo del ejercicio económico, en función del momento en el que surge la situación de
necesidad.
Las interesadas presentarán la solicitud y documentación en el Punto Municipal del
Observatorio Regional de la Violencia de Género (PMORVG) y por su conducto en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Mejorada del Campo:
1. Impreso de solicitud donde conste datos personales y tipo de ayuda (Anexo 1).
2. Documento acreditativo de la identidad (DNI o NIE) de la solicitante y de las personas mayores de dieciséis años pertenecientes a la unidad.
3. Certificado de empadronamiento familiar y si procede, certificado de convivencia
u otro documento que lo acredite.
4. Fotocopia de la denuncia o resolución judicial o título habilitante Libro de Familia.
5. En su caso, copia de la Sentencia y/o convenio regulador de la separación y/o divorcio o documento en que conste atribución de guarda y custodia de los/las menores o, excepcionalmente, justificante de inicio de dichos trámites.
6. En su caso, original y copia, para cotejar, del Libro de Familia o certificados o partidas de nacimiento de los/as menores. En caso de menores tutelados, certificado del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor o del Juzgado correspondiente.
7. En su caso, fotocopia de los documentos oficiales acreditativos del reconocimiento
por el órgano competente de la Comunidad de Madrid del grado de discapacidad de la solicitante y de cualquier miembro de la unidad familiar en caso de haberse alegado en la solicitud.
8. Acreditación de la situación laboral:
— Nóminas y/o rendimientos de trabajo por cuenta propia.
— Certificado de desempleo
— Percepción de prestación o subsidios, indicando, en su caso, cuantía mensual.
— Informe de derivación por parte de otros recursos que valoren la necesidad de ayuda.
— Rendimientos derivados de la explotación del patrimonio inmobiliario, (como alquileres y subarriendos) y de capital mobiliario.
— Declaración jurada sobre los ingresos percibidos mensualmente en el caso de carecer de contrato (actividades no regladas) o de no ejercer actividad laboral y carencia total de ingresos
9. Para acreditar datos sobre la vivienda:
— Contrato de arrendamiento
— Justificante de la cuota del pago del crédito hipotecario.
— En caso de viviendas compartidas declaración jurada de la solicitante en el que
conste el importe abonado mensualmente por la/s habitación/es.
10. Para acreditar la situación de necesidad:
— Documentos acreditativos de la situación de necesidad que justifiquen la solicitud
de la ayuda (presupuesto, justificante del coste del servicio).
El Ayuntamiento, siempre que le sea posible, podrá consultar los datos o documentos
que obren en su poder o en el de otra Administración Pública, a través de las Plataformas
de Intermediación de Datos u otros sistemas habilitados, salvo que exista oposición expresa de la solicitante de la ayuda a dicha consulta, en cuyo caso deberán ser aportados junto
a la solicitud.
Si, examinada la solicitud, así como la documentación presentada, esta resulta incompleta o defectuosa, se requerirá a la solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, advirtiéndole que, de no
hacerlo así, se dará por desistida su petición, archivándose sin más trámite, tal y como dispone en artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas.
BOCM-20210902-63
Séptima. Inicio y solicitud
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 209
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
Pág. 141
dinación al menos municipal, conforme al apartado m) del artículo 17.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El procedimiento para la concesión de la ayuda será iniciado a petición de la persona
interesada, con la valoración del equipo técnico del PMORVG.
Como consecuencia de la naturaleza de estas ayudas, las solicitudes podrán realizarse
a lo largo del ejercicio económico, en función del momento en el que surge la situación de
necesidad.
Las interesadas presentarán la solicitud y documentación en el Punto Municipal del
Observatorio Regional de la Violencia de Género (PMORVG) y por su conducto en el Registro General de Entrada de Documentos del Ayuntamiento de Mejorada del Campo:
1. Impreso de solicitud donde conste datos personales y tipo de ayuda (Anexo 1).
2. Documento acreditativo de la identidad (DNI o NIE) de la solicitante y de las personas mayores de dieciséis años pertenecientes a la unidad.
3. Certificado de empadronamiento familiar y si procede, certificado de convivencia
u otro documento que lo acredite.
4. Fotocopia de la denuncia o resolución judicial o título habilitante Libro de Familia.
5. En su caso, copia de la Sentencia y/o convenio regulador de la separación y/o divorcio o documento en que conste atribución de guarda y custodia de los/las menores o, excepcionalmente, justificante de inicio de dichos trámites.
6. En su caso, original y copia, para cotejar, del Libro de Familia o certificados o partidas de nacimiento de los/as menores. En caso de menores tutelados, certificado del Instituto Madrileño de la Familia y el Menor o del Juzgado correspondiente.
7. En su caso, fotocopia de los documentos oficiales acreditativos del reconocimiento
por el órgano competente de la Comunidad de Madrid del grado de discapacidad de la solicitante y de cualquier miembro de la unidad familiar en caso de haberse alegado en la solicitud.
8. Acreditación de la situación laboral:
— Nóminas y/o rendimientos de trabajo por cuenta propia.
— Certificado de desempleo
— Percepción de prestación o subsidios, indicando, en su caso, cuantía mensual.
— Informe de derivación por parte de otros recursos que valoren la necesidad de ayuda.
— Rendimientos derivados de la explotación del patrimonio inmobiliario, (como alquileres y subarriendos) y de capital mobiliario.
— Declaración jurada sobre los ingresos percibidos mensualmente en el caso de carecer de contrato (actividades no regladas) o de no ejercer actividad laboral y carencia total de ingresos
9. Para acreditar datos sobre la vivienda:
— Contrato de arrendamiento
— Justificante de la cuota del pago del crédito hipotecario.
— En caso de viviendas compartidas declaración jurada de la solicitante en el que
conste el importe abonado mensualmente por la/s habitación/es.
10. Para acreditar la situación de necesidad:
— Documentos acreditativos de la situación de necesidad que justifiquen la solicitud
de la ayuda (presupuesto, justificante del coste del servicio).
El Ayuntamiento, siempre que le sea posible, podrá consultar los datos o documentos
que obren en su poder o en el de otra Administración Pública, a través de las Plataformas
de Intermediación de Datos u otros sistemas habilitados, salvo que exista oposición expresa de la solicitante de la ayuda a dicha consulta, en cuyo caso deberán ser aportados junto
a la solicitud.
Si, examinada la solicitud, así como la documentación presentada, esta resulta incompleta o defectuosa, se requerirá a la solicitante para que en el plazo de 10 días hábiles aporte la documentación necesaria o subsane los defectos observados, advirtiéndole que, de no
hacerlo así, se dará por desistida su petición, archivándose sin más trámite, tal y como dispone en artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo
común de las administraciones públicas.
BOCM-20210902-63
Séptima. Inicio y solicitud