Villalbilla (BOCM-20210902-73)
Organización y funcionamiento. Ordenanza de atención domiciliaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 209
— En su caso, certificado de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la
Comunidad de Madrid o documentación acreditativa de ser pareja de hecho expedida por Administración competente.
— Acuerdo del organismo competente acreditativo de la tutela, guarda o acogimiento
familiar de menores a su cargo.
— Documentación acreditativa de procesos de separación o divorcio. Convenio regulador, así como acreditación de aportaciones económicas establecidas en dichos
documentos.
3. Acreditación de la situación sanitaria mediante:
— Informe/s médico/s de la situación sanitaria relevante a efectos de la solicitud.
— Certificación de discapacidad expedido por la Comunidad Autónoma competente,
con indicación del grado de discapacidad reconocido.
— Resolución de dependencia expedida por la Comunidad Autónoma competente,
con indicación del grado.
4. Acreditación de la situación económica de todos los miembros de la unidad económica de convivencia. Se aportarán datos correspondientes al ejercicio fiscal anterior a la
fecha de presentación de la solicitud.
— Declaración de la renta del último ejercicio o en su defecto, certificado de imputaciones fiscales de todas las personas mayores de 16 años que formen parte de la
unidad familiar.
— Declaraciones trimestrales de IRPF e IVA correspondientes al último ejercicio fiscal (trabajador/a por cuenta propia).
— Contrato laboral y tres últimas nóminas (trabajador/a por cuenta ajena).
— Certificado de Pensiones u otras prestaciones de la seguridad social (jubilación,
invalidez, viudedad, incapacidad temporal, etc. u otra prestación).
— Certificado actualizado de la situación y antigüedad de la demanda de empleo y
certificado actualizado en el que se haga constar si percibe o no la prestación o
subsidio de desempleo u otras prestaciones (RAI, etc.) indicando, en su caso, la
fecha de inicio y finalización y la cuantía percibida.
— Documentación acreditativa del patrimonio mobiliario y de los rendimientos que
dicho patrimonio genere (intereses de cuentas y depósitos y activos financieros;
dividendos y demás rendimientos derivados de participación en fondos propios de
entidades; letras del tesoro, rendimientos de seguros de vida o invalidez, etc.): extracto de intereses bancarios y documento acreditativo del saldo medio del último
trimestre anteriores a la solicitud de todas las cuentas bancarias de los miembros
de la unidad de convivencia.
— Documentación acreditativa del patrimonio inmobiliario: Certificación del Catastro.
5. El Ayuntamiento podrá requerir cualquier otro documento que considere necesario durante la tramitación del expediente, en el ejercicio de las correspondientes actuaciones comprobatorias y en relación con la comprobación de los requisitos establecidos.
6. Las personas interesadas además podrán acompañar cuanta documentación estimen conveniente para determinar su situación personal y familiar.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder del Ayuntamiento de Villalbilla o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. Así la
persona solicitante y en su caso los miembros de la unidad de convivencia podrán otorgar
el consentimiento al Ayuntamiento de Villalbilla, a los efectos exclusivos de la solicitud de
que se trate, para consultar o recabar los documentos de cualquier Administración necesarios para la resolución del procedimiento, y en cualquier caso datos identificativos de la persona solicitante, datos identificativos de la unidad de convivencia, datos de residencia, datos de nivel de renta, datos catastrales, datos obrantes en la Administración de la Seguridad
Social y Servicio Público de Empleo.
Art. 13. Instrucción del procedimiento.—La instrucción del procedimiento de concesión y seguimiento de estas prestaciones se ajustará a las siguientes normas:
1. Recibida la solicitud, el Ayuntamiento de Villalbilla comprobará que se ha presentado la documentación justificativa, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de los
cuales debe formularse propuesta de resolución.
BOCM-20210902-73
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE SEPTIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 209
— En su caso, certificado de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho de la
Comunidad de Madrid o documentación acreditativa de ser pareja de hecho expedida por Administración competente.
— Acuerdo del organismo competente acreditativo de la tutela, guarda o acogimiento
familiar de menores a su cargo.
— Documentación acreditativa de procesos de separación o divorcio. Convenio regulador, así como acreditación de aportaciones económicas establecidas en dichos
documentos.
3. Acreditación de la situación sanitaria mediante:
— Informe/s médico/s de la situación sanitaria relevante a efectos de la solicitud.
— Certificación de discapacidad expedido por la Comunidad Autónoma competente,
con indicación del grado de discapacidad reconocido.
— Resolución de dependencia expedida por la Comunidad Autónoma competente,
con indicación del grado.
4. Acreditación de la situación económica de todos los miembros de la unidad económica de convivencia. Se aportarán datos correspondientes al ejercicio fiscal anterior a la
fecha de presentación de la solicitud.
— Declaración de la renta del último ejercicio o en su defecto, certificado de imputaciones fiscales de todas las personas mayores de 16 años que formen parte de la
unidad familiar.
— Declaraciones trimestrales de IRPF e IVA correspondientes al último ejercicio fiscal (trabajador/a por cuenta propia).
— Contrato laboral y tres últimas nóminas (trabajador/a por cuenta ajena).
— Certificado de Pensiones u otras prestaciones de la seguridad social (jubilación,
invalidez, viudedad, incapacidad temporal, etc. u otra prestación).
— Certificado actualizado de la situación y antigüedad de la demanda de empleo y
certificado actualizado en el que se haga constar si percibe o no la prestación o
subsidio de desempleo u otras prestaciones (RAI, etc.) indicando, en su caso, la
fecha de inicio y finalización y la cuantía percibida.
— Documentación acreditativa del patrimonio mobiliario y de los rendimientos que
dicho patrimonio genere (intereses de cuentas y depósitos y activos financieros;
dividendos y demás rendimientos derivados de participación en fondos propios de
entidades; letras del tesoro, rendimientos de seguros de vida o invalidez, etc.): extracto de intereses bancarios y documento acreditativo del saldo medio del último
trimestre anteriores a la solicitud de todas las cuentas bancarias de los miembros
de la unidad de convivencia.
— Documentación acreditativa del patrimonio inmobiliario: Certificación del Catastro.
5. El Ayuntamiento podrá requerir cualquier otro documento que considere necesario durante la tramitación del expediente, en el ejercicio de las correspondientes actuaciones comprobatorias y en relación con la comprobación de los requisitos establecidos.
6. Las personas interesadas además podrán acompañar cuanta documentación estimen conveniente para determinar su situación personal y familiar.
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder del Ayuntamiento de Villalbilla o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración. Así la
persona solicitante y en su caso los miembros de la unidad de convivencia podrán otorgar
el consentimiento al Ayuntamiento de Villalbilla, a los efectos exclusivos de la solicitud de
que se trate, para consultar o recabar los documentos de cualquier Administración necesarios para la resolución del procedimiento, y en cualquier caso datos identificativos de la persona solicitante, datos identificativos de la unidad de convivencia, datos de residencia, datos de nivel de renta, datos catastrales, datos obrantes en la Administración de la Seguridad
Social y Servicio Público de Empleo.
Art. 13. Instrucción del procedimiento.—La instrucción del procedimiento de concesión y seguimiento de estas prestaciones se ajustará a las siguientes normas:
1. Recibida la solicitud, el Ayuntamiento de Villalbilla comprobará que se ha presentado la documentación justificativa, y realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de los
cuales debe formularse propuesta de resolución.
BOCM-20210902-73
BOCM