D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20210730-18)
Convenio – Convenio de 2 de julio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura) y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de Seguros Agrarios Combinados, S. A.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JULIO DE 2021
Pág. 59
dradas en la sociedad mercantil anónima Agrupación Española de Entidades Aseguradoras
de los Seguros Agrarios Combinados, S. A. (Agroseguro).
Agroseguro tiene por objeto administrar, por cuenta de dichas aseguradoras accionistas, los seguros agrarios combinados contratados. Con este objeto, controla y procesa las
declaraciones de seguro, emite los recibos a los tomadores y gestiona su cobro, recibe las
declaraciones de siniestro de los asegurados y realiza los trámites de peritación, valoración
y pago de los siniestros cubiertos por el sistema por cuenta de las coaseguradoras, que participan en los riesgos asumidos en la misma medida de su participación en el capital social
de la Agrupación.
Agroseguro cuenta con un Departamento de Consultoría cuyo objetivo es proporcionar asistencia técnica en materia de organización y gestión de los seguros agrarios y realiza trabajos complementarios al seguro agrario, como valoración o comprobación de cultivos, daños en cosechas por causas distintas de los cubiertos en el sistema, ya sea por
encargo de las Administraciones Públicas o de las instituciones privadas.
III. Que el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
otorga a esta, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y
la política monetaria del Estado, la competencia en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias; así como, de conformidad con el artículo 28.1.3, la ejecución de
la legislación del Estado en materia de crédito, banca y seguros, de acuerdo con las previsiones de las reglas 6.o, 11.o y 13.o de la apartado 1 del artículo 149 de la Constitución. El
Decreto 278/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad modificado por
el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
otorga a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, competencias en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural entre otras y, concretamente, a través de la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación las competencias en materia
de promoción de los seguros agrarios.
IV. Que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, considera que el
sistema de seguros agrarios es un instrumento eficaz para la gestión de los riesgos climatológicos y zoo-sanitarios, que inciden sobre la estabilidad de las rentas de las explotaciones
agrarias dando protección a los profesionales de la agricultura y de la ganadería y, estima
oportuno incentivar la contratación de los seguros agrarios, a fin de incrementar el porcentaje de su implantación en la Comunidad Autónoma para lo que ha establecido una orden
por la que se establece el procedimiento de concesión directa de la ayuda complementaria
a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid. En esta Orden se prevé que estas ayudas se materializarán a través de un convenio con Agroseguro;
entidad privada que, de acuerdo con la legislación vigente, está constituida como una agrupación de entidades aseguradoras en el ámbito del seguro agrario.
Y en virtud de lo expuesto suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre las partes que lo
suscriben para la aplicación a su buen fin de las subvenciones establecidas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (en adelante, la Consejería), en apoyo de la
contratación de los seguros agrarios combinados de los titulares de explotaciones agrarias
radicadas en la Comunidad de Madrid.
A los efectos de este convenio, se entiende por “buen fin de las subvenciones” el sistema a través del cual, se abona a los asegurados el pago de las subvenciones a la contratación
de seguros agrarios convocadas, para cada Plan, por la Consejería en los términos, condiciones y proporción que corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones o resoluciones estatales y autonómicas vigentes en cada ejercicio, para incentivar la suscripción de los
Seguros Agrarios Combinados entre los agricultores y ganaderos de Madrid como vía para
compensar sus rentas frente a los fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
BOCM-20210730-18
Objeto del convenio
B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 30 DE JULIO DE 2021
Pág. 59
dradas en la sociedad mercantil anónima Agrupación Española de Entidades Aseguradoras
de los Seguros Agrarios Combinados, S. A. (Agroseguro).
Agroseguro tiene por objeto administrar, por cuenta de dichas aseguradoras accionistas, los seguros agrarios combinados contratados. Con este objeto, controla y procesa las
declaraciones de seguro, emite los recibos a los tomadores y gestiona su cobro, recibe las
declaraciones de siniestro de los asegurados y realiza los trámites de peritación, valoración
y pago de los siniestros cubiertos por el sistema por cuenta de las coaseguradoras, que participan en los riesgos asumidos en la misma medida de su participación en el capital social
de la Agrupación.
Agroseguro cuenta con un Departamento de Consultoría cuyo objetivo es proporcionar asistencia técnica en materia de organización y gestión de los seguros agrarios y realiza trabajos complementarios al seguro agrario, como valoración o comprobación de cultivos, daños en cosechas por causas distintas de los cubiertos en el sistema, ya sea por
encargo de las Administraciones Públicas o de las instituciones privadas.
III. Que el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
otorga a esta, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y
la política monetaria del Estado, la competencia en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias; así como, de conformidad con el artículo 28.1.3, la ejecución de
la legislación del Estado en materia de crédito, banca y seguros, de acuerdo con las previsiones de las reglas 6.o, 11.o y 13.o de la apartado 1 del artículo 149 de la Constitución. El
Decreto 278/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad modificado por
el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
otorga a la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, competencias en materia de agricultura, ganadería y desarrollo rural entre otras y, concretamente, a través de la
Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación las competencias en materia
de promoción de los seguros agrarios.
IV. Que la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, considera que el
sistema de seguros agrarios es un instrumento eficaz para la gestión de los riesgos climatológicos y zoo-sanitarios, que inciden sobre la estabilidad de las rentas de las explotaciones
agrarias dando protección a los profesionales de la agricultura y de la ganadería y, estima
oportuno incentivar la contratación de los seguros agrarios, a fin de incrementar el porcentaje de su implantación en la Comunidad Autónoma para lo que ha establecido una orden
por la que se establece el procedimiento de concesión directa de la ayuda complementaria
a la contratación de determinados seguros agrarios en la Comunidad de Madrid. En esta Orden se prevé que estas ayudas se materializarán a través de un convenio con Agroseguro;
entidad privada que, de acuerdo con la legislación vigente, está constituida como una agrupación de entidades aseguradoras en el ámbito del seguro agrario.
Y en virtud de lo expuesto suscriben el presente Convenio conforme a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre las partes que lo
suscriben para la aplicación a su buen fin de las subvenciones establecidas por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura (en adelante, la Consejería), en apoyo de la
contratación de los seguros agrarios combinados de los titulares de explotaciones agrarias
radicadas en la Comunidad de Madrid.
A los efectos de este convenio, se entiende por “buen fin de las subvenciones” el sistema a través del cual, se abona a los asegurados el pago de las subvenciones a la contratación
de seguros agrarios convocadas, para cada Plan, por la Consejería en los términos, condiciones y proporción que corresponda, de acuerdo a lo dispuesto en las disposiciones o resoluciones estatales y autonómicas vigentes en cada ejercicio, para incentivar la suscripción de los
Seguros Agrarios Combinados entre los agricultores y ganaderos de Madrid como vía para
compensar sus rentas frente a los fenómenos climatológicos adversos y otros riesgos.
BOCM-20210730-18
Objeto del convenio