Alcorcón (BOCM-20210726-48)
Organización y funcionamiento. Ordenanza atención domiciliaria
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

Pág. 557

La propuesta es coherente con el resto del ordenamiento jurídico tanto estatal, como de la
Unión Europea, y supone dar respuesta a la necesidad de un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre respondiendo así al principio de seguridad jurídica facilitando su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la tramitación para las
personas a las que va destinada. Desde la perspectiva del principio de transparencia, la presente Ordenanza, ha sido objeto de publicación en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Alcorcón, sin perjuicio de cuantas acciones posteriores se consideren oportunas a los efectos de darla a conocer a las posibles personas usuarias. Por último, su
aprobación no supone el establecimiento de cargas administrativas innecesarias a la ciudadanía, por lo que es acorde con el principio de eficiencia.
En este marco normativo, se enmarca el siguiente articulado de Ordenanza reguladora de los servicios de ayuda a domicilio, comida a domicilio y teleasistencia domiciliaria,
dirigidos a las personas con limitaciones en su autonomía personal:
Capítulo I

Artículo 1. Objeto.—El objeto de la presente ordenanza es la regulación de los requisitos y condiciones del acceso a la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, comida a domicilio y teleasistencia domiciliaria, estableciendo el procedimiento de aplicación y
resolución de las solicitudes de estos servicios, así como determinar el baremo económico
para el cálculo de la aportación económica de las personas beneficiarias en el coste del
servicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3 de la Ley 11/2003, de 27 de
marzo, de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid.
Art. 2. Ámbito de aplicación.—Esta ordenanza es de aplicación para los Servicios de
Ayuda a Domicilio, Comida a domicilio y Teleasistencia Domiciliaria, que se desarrollan
en el término municipal de Alcorcón dentro del marco de las competencias municipales en
materia de Servicios Sociales y de los acuerdos con la Comunidad de Madrid u otras entidades, en relación con la prestación de estos servicios.
Art. 3. Definición de los servicios de atención domiciliaria.—Los servicios de atención domiciliaria recogidos en la presente ordenanza tienen como objetivo el mantenimiento
de las personas en su propio entorno y mejorar su calidad de vida, teniendo un carácter preventivo, socio-educativo, asistencial e integrador. Así como, apoyar la organización familiar
evitando situaciones de crisis, sin suplir en ningún caso la responsabilidad de la misma.
Será de aplicación en las siguientes prestaciones de servicios:
3.1. Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD):
El SAD es una prestación básica del Sistema Público de Servicios Sociales que consiste en una adecuada intervención a través de atenciones y/o cuidados de tipo personal, psicosocial o doméstico en el propio domicilio, con las personas o familias que se hallen en situaciones en las que no es posible la realización de las actividades habituales de la vida
diaria, por falta de capacidad física, intelectual, enfermedad mental o sensorial, o porque se
encuentren en situaciones de conflicto familiar o con sobrecargas, contribuyendo a su integración social y/o a la permanencia de estas personas en su entorno habitual, mientras sea
posible y conveniente.
3.2. Teleasistencia Domiciliaria (TAD):
La teleasistencia domiciliaria consiste en un servicio de telefonía permanente las 24
horas del día que, a través de un dispositivo conectado a la línea telefónica, permite la comunicación de las personas usuarias desde el domicilio con un Centro de Atención de Llamadas, atendido por profesionales especializados, proporcionando compañía, seguridad y
tranquilidad a la persona y a sus familiares. Además, cuenta con dispositivos periféricos
complementarios atendiendo a otras necesidades como detector de humos, detector de gas,
etc. Por consiguiente, este servicio tiene como objetivo proporcionar una atención inmediata en los supuestos de emergencia, así como responder con la máxima inmediatez posible
en el supuesto de otras necesidades de atención.
3.3. Servicio de Comida a Domicilio (CAD):
El CAD consiste en la distribución de raciones alimenticias equilibradas en el propio
domicilio, que contienen una dieta nutricionalmente correcta, con el aporte calórico necesario y la combinación de nutrientes adecuados. La comida se realiza en una cocina centra-

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