Getafe (BOCM-20210726-56)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

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3.1. Forma. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo en
el impreso normalizado establecido al efecto que podrá descargarse de la Sede electrónica
del Ayuntamiento de Getafe.
La presentación del modelo de Solicitud de admisión a pruebas selectivas, supone la
declaración de que son ciertos los datos consignados en ellas y que reúne las condiciones
exigidas para ingreso en la Función Pública Local y las especialmente señaladas en la convocatoria. Para ello, deberá aportar junto con la instancia:
a) Documento acreditativo del abono de tasas o de exención de las mismas en su caso.
b) Fotocopia simple de la documentación acreditativa de la formación en manipulación de alimentos y alérgenos, exigida en la Base 2.1.e) (será necesario alegar formación tanto en manipulación de alimentos como en materia de alérgenos. En el
caso de no quedar acreditado con la denominación del o los cursos, será necesario
aportar programa con desarrollo de contenidos).
c) Hoja de autovaloración de méritos (Anexo II).
Concluidas las pruebas selectivas, los y las aspirantes propuestos deberán presentar,
junto con los documentos que se relacionan en la base 9ª, los originales de las copias de la
documentación acreditativa de la formación en manipulación de alimentos, para su comprobación y compulsa.
3.2. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado anuncio en “Boletín Oficial del Estado”.
3.3. Lugar de presentación. El impreso de solicitud debidamente cumplimentado se
presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe, Pza. Constitución, nº 1,
planta baja.
Las instancias también podrán presentarse en las distintas formas que establece la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3.4. Tasa por derechos de examen. La cuantía de la tasa por derechos de examen viene fijada en las Ordenanzas Fiscales del Ayuntamiento de Getafe. El importe se hará efectivo mediante modelo de ingreso autoliquidación que podrá descargarse de la Sede electrónica o ser facilitado de forma gratuita por el Ayuntamiento de Getafe, en la forma y
entidades bancarias que en dicho documento de ingreso se determinen.
Tendrán una exención de la cuota:
— Aquellas personas que se encuentren en situación de desempleo y no perciban
prestación, debiendo justificar esta situación junto con la instancia, mediante certificado expedido por el SEPE, con fecha actualizada y en el que se haga constar
expresamente que en el momento de presentación de solicitudes no percibe prestación por desempleo.
— Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33% debiendo presentar certificado actualizado acreditativo de la discapacidad, expedido por la Dirección General de S. Sociales de la Comunidad de Madrid, u otro organismo competente para expedirlos.
— Gozarán de una reducción del 50% de la cuota las personas que participen en procesos de funcionarización y promoción interna.
El documento de pago o la documentación acreditativa de encontrarse en situación de
exención de tasas, se adjuntara al modelo de solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias determinará la exclusión provisional.
En ningún caso el pago en la entidad colaboradora sustituirá el trámite de presentación
de la solicitud en plazo y forma recogido en los apartados 3.1 y 3.2.
3.5. Devolución de las tasas. Solo procederá a la devolución del importe de la tasa satisfecha cuando, por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la ejecución del procedimiento por el Ayuntamiento, o cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución.
3.6. Devolución de documentación presentada. Transcurridos dos años desde la finalización del proceso selectivo, el Ayuntamiento podrá determinar la destrucción de las
fotocopias adjuntas a las instancias de las personas que no lo hayan superado. Los/las interesados/as podrán solicitar, por escrito, en el Registro General del Ayuntamiento, que les
sean devueltos los documentos en los que tenga interés, una vez cumplidos los plazos legales de recurso.

BOCM-20210726-56

Tercera. Solicitudes