Getafe (BOCM-20210726-58)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JULIO DE 2021

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haga necesario ampliar este último plazo. No será necesario el respeto de 72 horas entre
ejercicios de una misma prueba.
6.2. Identificación de aspirantes: en el momento del llamamiento y a lo largo del proceso selectivo, el Tribunal Calificador podrá requerir en cualquier momento a los y las aspirantes que acrediten su identidad, a cuyo fin deberán estar provistos del documento nacional de identidad, pasaporte, carnet de conducir, todos ellos originales y en vigor.
6.3. Llamamiento. Orden de actuación de los aspirantes: los y las aspirantes serán
convocados/as para los ejercicios en llamamiento único, la no presentación de un/a aspirante a cualquiera de los ejercicios obligatorios en el momento del llamamiento, determinará
automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los
sucesivos, quedando excluido/a, en consecuencia, del procedimiento selectivo.
Solo podrá acordarse el aplazamiento de una prueba en casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados, siempre que no generen consecuencias
contrarias al interés general o del resto de aspirantes por producir demora en el procedimiento, o generen condiciones que alteren el principio de igualdad en la realización de los
ejercicios, todo ello apreciado por el Tribunal Calificador.
Las mujeres embarazadas que prevean que por las circunstancias derivadas de su avanzado estado de gestación y previsión de parto, o eventualmente primeros días del puerperio, su coincidencia con las fechas de realización de cualquiera de los exámenes o pruebas
previstos en el proceso selectivo podrán ponerlo en conocimiento del tribunal, uniendo a la
comunicación el correspondiente informe médico oficial. La comunicación deberá hacerse
con el tiempo suficiente y el Tribunal determinará con base en la información de que disponga, si procede o no realizar la prueba en un lugar alternativo o bien un aplazamiento de
la prueba, o bien ambas medidas conjuntamente.
Tanto el orden de llamamiento como el orden en que habrán de actuar los interesados
e interesadas en aquellos ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por las personas cuyo primer apellido empiece por la letra
que anualmente se fije por la resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública.
Si algún/a aspirante no figurase en la lista de admitidos/as a las pruebas, y no hubiera
resultado excluido/a en la relación definitiva, el Tribunal podrá admitirle provisionalmente a la realización de los ejercicios siempre que acredite documentalmente la presentación
de la solicitud, mediante copia sellada de la misma y justificante de abono de derechos de
examen. Dicho acuerdo se recogerá en acta al igual que el sentido de la resolución final de
admisión o exclusión del o la aspirante.

El procedimiento de selección cuidará especialmente la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados. El sistema selectivo será de concurso-oposición, con el siguiente contenido:
7.1. Fase de concurso: la fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y en ningún caso la puntuación obtenida en la misma podrá utilizarse para compensar la calificación obtenida en la fase de oposición.
La fase de concurso será previa y el Tribunal hará público el listado de puntuación total recogida por los y las aspirantes en su hoja de autovaloración.
Concluida la fase de oposición el Tribunal revisará las puntuaciones declaradas por de
los y las aspirantes que superen esta fase de oposición. Tras la publicación de la puntuación
revisada se abrirá un plazo de diez días hábiles para alegaciones contra la valoración de méritos y/o solicitudes de subsanación de defectos en la acreditación de méritos, aportados y
alegados junto con las instancias, admitiéndose únicamente en este último caso, cuando por
la fecha de los nuevos documentos, se deduzca la imposibilidad de su acreditación durante
el plazo de instancias.
Experiencia: se valorará hasta un máximo de 5 puntos.
Se valorará tiempo de servicio en el Ayuntamiento de Getafe en Escala de Administración
Especial, grupo C, subgrupo C1, como técnico auxiliar de Laboratorio, a razón de 0,002 puntos
por día de cotización reflejado en vida laboral.
Acreditación de la experiencia: se acreditará la experiencia mediante:
Para la acreditación del tiempo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Getafe
podrá autorizarse a la Administración para su comprobación de oficio, siempre que se haga

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Séptima. Procedimiento de selección