Villaviciosa de Odón (BOCM-20210723-79)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 174

2. Régimen interior
Se delegan las facultades relativas a seguimiento de los procedimientos que se sigan
ante los órganos jurisdiccionales en los que sea parte el Ayuntamiento, y de la ejecución de
las sentencias, al seguimiento de los contratos relacionados con el mantenimiento de edificios e instalaciones municipales, y las de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. La emisión de actos administrativos acordando el personamiento del Ayuntamiento en los procesos judiciales a los que sea emplazado.
2. La emisión de actos administrativos no expresamente atribuidos a la Alcaldía en
relación con los procesos judiciales en los que sea parte el Ayuntamiento.
3. Las competencias de la Alcaldía en los procedimientos sobre aprobación del cuadro de clasificación de series documentales y de las tablas de valoración, no expresamente
delegadas en otro órgano de gobierno.
4. Los procedimientos de alta y baja en el padrón municipal de habitantes, así como
la aprobación de las modificaciones que se produzcan y en general las competencias que
corresponden a la Alcaldía en materia de gestión padronal.
5. La firma del visto bueno de los certificados de inscripción en el padrón municipal
de habitantes.
6. La asignación de números de policía cuando dicha asignación no venga incluida
en los actos de autorización de segregación, agrupación o edificación.
7. Las competencias que corresponden a la Alcaldía en los procesos electorales.
8. Las competencias que corresponden a la Alcaldía en relación con los procedimientos tramitados ante la Oficina del Defensor del Pueblo.
3. Movilidad
Se delegan las facultades relativas a las relaciones del Ayuntamiento con el Consorcio
Regional de Transportes y las de resolver mediante actos administrativos en las siguientes
materias:
Se delega la facultad de resolver mediante actos administrativos en las siguientes materias:
1. La incoación y resolución de los procedimientos sancionadores en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial por infracciones, leves, graves y muy
graves.
2. La resolución de los recursos de reposición interpuestos frente a resoluciones sancionadoras en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial dictados
en ejercicio de la delegación conferida.
3. La resolución de los procedimientos de concesión de tarjetas de estacionamiento
para personas con movilidad reducida.
4. La resolución de los procedimientos sobre declaración de vehículos abandonados
como residuos sólidos urbanos y su posterior baja y enajenación.
5. La resolución de los procedimientos derivados de solicitudes de licencias de uso
especial de la vía pública para carga y descarga.
6. La resolución de los procedimientos derivados de solicitudes de licencias de uso
especial de la vía pública para entrada y salida de vehículos (vados).

Le corresponde a esta área la gestión de las políticas sobre seguridad ciudadana, protección civil y Policía Local, y las autorizaciones para el uso de armas que corresponda
otorgar al Ayuntamiento.
Se delega la facultad de dictar actos administrativos que afecten a terceros en las siguientes materias:
1. Ejercer la jefatura de la Policía Local, sin perjuicio de la Jefatura superior del personal que corresponde a la alcaldía.
2. La dirección de los servicios de protección civil del Ayuntamiento.
3. Aprobar los turnos de trabajo de los agentes de la Policía Local
4. La resolución de los procedimientos sobre autorización de uso de armas cuya
competencia corresponde a la Alcaldía, de acuerdo con el Real Decreto 137/1993, de 29 de
enero, que aprueba el Reglamento de Armas.

BOCM-20210723-79

4. Seguridad y protección civil