D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD (BOCM-20210723-16)
Convenio –  Convenio interadministrativo de 9 de junio de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación y Juventud) y el Ayuntamiento de Alcobendas, para el sostenimiento del Centro de Educación de Personas Adultas “Universidad Popular Miguel Delibes” para el año 2021
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 174

que exista crédito adecuado y suficiente, con la aportación de cincuenta y ocho mil quinientos setenta y cinco euros (58.575,00 euros) mientras que el Ayuntamiento de Alcobendas
atenderá el resto de los gastos hasta la totalidad.
La citada aportación se financiará con cargo al Subconcepto 22801 “Convenios con Corporaciones Locales” del Programa 322B “Educación Secundaria y Formación Profesional”
del Presupuesto de Gastos del año 2021.
Esta financiación se hará efectiva mediante dos libramientos en los meses de julio y
diciembre.
Cuarta
Restricciones
1. Los fondos de esta financiación de la Comunidad de Madrid, se aplicarán a gastos de personal docente del centro, que imparta las enseñanzas que se relacionan en el
anexo. Los gastos de limpieza y seguridad o vigilancia, incluidos, en su caso, los del personal que desempeñe estas labores, así como los gastos de mantenimiento, equipamiento, primas por aseguración de bienes y otros serán asumidos por el Ayuntamiento.
2. Cualquier gasto de personal docente del centro que imparta las enseñanzas que se
relacionan en el anexo adjunto, que no alcanzara, en su caso, a ser cubierto íntegramente
por los fondos previstos de esta financiación, será asimismo asumido por el Ayuntamiento.
3. Las retribuciones de los profesores que podrán sufragarse con fondos de esta financiación de la Comunidad de Madrid no podrán exceder en su importe al de las retribuciones que por similares funciones y jornada laboral corresponda percibir a profesores de
titularidad de la Comunidad de Madrid.
Quinta
Comisión de Seguimiento
Con el fin de velar por el correcto desarrollo y cumplimiento de lo dispuesto en el presente Convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, integrada por cuatro miembros, designados dos de ellos por la Consejería de Educación y Juventud y los dos restantes por el Ayuntamiento titular del centro.
Esta Comisión se reunirá preceptivamente dos veces al año, coincidiendo con las fechas de los libramientos económicos. No obstante, siempre que el desarrollo de lo dispuesto en el presente Convenio lo exija, podrán celebrarse reuniones adicionales a las preceptivamente exigidas, solicitando su celebración con diez días de antelación. La Comisión de
Seguimiento levantará acta de todas las reuniones que celebre.
La Comunidad de Madrid, se reserva el control y supervisión del desarrollo de las actividades, sin perjuicio de las funciones de control que competen a la Intervención General,
Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y Tribunal de Cuentas.
Sexta
La aportación de la Comunidad de Madrid se llevará a cabo previa presentación por
parte del Ayuntamiento de Alcobendas de la siguiente documentación:
Primer libramiento: El primer libramiento coincidirá con el importe del certificado justificativo del gasto realizado desde la fecha de la firma del Convenio hasta el 31 de julio
de 2021, aportando la siguiente documentación:
— Certificado justificativo firmado por el Interventor del Ayuntamiento de Alcobendas, del gasto realizado desde la fecha de la firma del Convenio hasta el 31 de julio de 2021. Dicho certificado reflejará que la aportación de la Comunidad de
Madrid en relación al presente Convenio se ha registrado en los Presupuestos Generales de ese Ayuntamiento aplicándose a los fines establecidos en la previsión
de gasto en materia de personal desglosado en gastos de personal y gastos de seguridad social, presentado por el Ayuntamiento a la firma del presente Convenio.
— Acta de la Comisión de Seguimiento de cumplimiento del Convenio.

BOCM-20210723-16

Libramientos económicos