D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210723-33)
Convenio –  Convenio de 2 de julio de 2021, entre la Universidad Complutense de Madrid y la Comunidad de Madrid (Dirección General de Patrimonio Cultural), para la realización de prácticas externas en proyectos de protección, investigación, conservación y difusión del patrimonio cultural
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 174

VIERNES 23 DE JULIO DE 2021

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gislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
6. Observará y hará observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas en el
centro de trabajo asignado, e informará, formará y hará cumplir y respetar al alumnado dichas medidas.
Tercera
Desarrollo de las prácticas
1. Los horarios de realización de las prácticas se establecerán de acuerdo con los proyectos a desarrollar y las disponibilidades de la DGPC. Los horarios serán compatibles con
la actividad académica, formativa y de representación y participación desarrollada por el
estudiante en la UCM. La duración de las prácticas será fijada para cada estudiante, sin que
exceda del 50% de la duración del curso académico.
2. Las prácticas se podrán realizar presencialmente en las instalaciones de la DGPC
y de forma telemática. Asimismo, podrán incorporar, bajo la supervisión del tutor, la realización de tareas en los lugares donde se ubican los bienes culturales que formen parte de
los proyectos de protección, investigación, conservación y difusión del patrimonio cultural.
3. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de la DGPC y seguir las instrucciones que reciba de su responsable. Deberán aplicarse con diligencia a las
tareas que se les encomienden, de las cuales guardarán secreto profesional durante su estancia y una vez finalizada ésta. En caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo a la UCM y al tutor de la DGPC. El régimen de permisos del estudiante será consensuado por los tutores de ambas partes.
4. El material resultante de las prácticas quedará en la DGPC correspondiente como
propiedad de la Consejería de Cultura y Deporte.
5. Si alguna de las partes firmantes de este Convenio o los estudiantes desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la DGPC, en parte o en su totalidad
para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un plazo máximo de 45 días,
comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo
sin obtener respuesta se entenderá que el silencio es la tácita autorización para su difusión.
6. En todo caso, tanto en las publicaciones se respetará siempre la mención a los autores del trabajo.
7. Por causas debidamente justificadas cualquiera de las partes podrá dar de baja del
programa a algún estudiante. La DGPC informará de inmediato a la UCM especificando las
causas concretas de la decisión y, si la DGPC lo considera conveniente, la gestionará la incorporación de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad posible.
Cuarta
1. Para cada estudiante que realice las prácticas formativas se suscribirá el documento que figura como Anexo 1 al presente convenio.
2. Los proyectos formativos de las prácticas estarán orientados a la adquisición del
conocimiento y de las competencias en materia de protección, conservación y difusión del
patrimonio histórico, mediante la visita a obras de conservación, acceso a proyectos de intervención, estudio de obras de arte, análisis de bienes culturales susceptibles de protección,
supervisión de inventarios y bases de datos de bienes culturales, análisis de proyectos de
conservación y puesta en valor de bienes culturales y participación en el desarrollo de planes de educación patrimonial.
3. Todos los estudiantes de la UCM que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas, oficiales o propias, están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
4. El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en enseñanzas
oficiales de los respectivos centros de la UCM y al corriente de la cuota correspondiente.
El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de 28 años o de aquellos matriculados en enseñanzas propias de la UCM, corresponderá a la Coordinación de Prácticas de la Titulación

BOCM-20210723-33

Régimen de los estudiantes en prácticas