C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA - Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid (BOCM-20210722-25)
Extracto convocatoria subvenciones –  Extracto de 15 de julio de 2021, de la Resolución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, de 15 de julio de 2021, por la que se convoca la concesión de ayudas a la movilidad eléctrica del Programa MOVES III. Años 2021-2022-2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 130

JUEVES 22 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 173

el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.
2.o Quienes no cumplan alguna de las circunstancias previstas en el artículo 21 del
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado
mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. El destinatario último deberá también encontrarse al corriente en el cumplimiento del resto de obligaciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, entre ellas, hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Asimismo, no podrán ser destinatarios últimos de las ayudas aquellos que tengan deudas en
período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.
3.o Las empresas que se encuentren en situación de crisis, conforme a la definición
que a estos efectos se realiza en el Reglamento UE 651/2014, de 17 de junio de 2014, y en
las directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y reestructuración de empresas no financieras en crisis (Comunicación de la Comisión, 2014/C 249/1, de 31 de julio de 2014).
4.o Las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente
sobre cualquier ayuda o subvención que les hubiera sido otorgada con anterioridad, bien por
haberse declarado ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior, bien por cualquier
tipo de incumplimiento de las obligaciones que le vinieran atribuidas en la concesión.
Segundo
Objeto
El objeto de esta Resolución es convocar las subvenciones del Programa de Incentivos
a la movilidad eléctrica para las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 13 del
Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de
programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo para los años 2021, 2022 y 2023.
Tercero
Actuaciones subvencionables
Serán actuaciones subvencionables las recogidas en el artículo 13 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.
En el caso del Programa de Incentivos 1 (adquisición de vehículos eléctricos) se requerirá que el abono/exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica se efectúe
en un municipio de la Comunidad de Madrid.
En el caso del Programa de Incentivos 2 (despliegue de infraestructura de recarga) se
requerirá que la actuación objeto de la ayuda esté ubicada en la Comunidad de Madrid.
Los requisitos que deben cumplir las tipologías de actuaciones subvencionables son
los que se recogen en el Anexo I del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril.
Además, se deberá tener en cuenta que para el Programa 1-Programa de Apoyo a la adquisición de vehículos eléctricos, los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados
deberán figurar en la Base de Vehículos publicada en la web del IDAE.
Cuarto
Bases reguladoras

Quinto
Dotación de la convocatoria
El importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones previstas en esta
Resolución es de 52.974.173,05 euros, y se realizará con cargo al presupuesto destinado
a la Comunidad de Madrid para la ejecución del Programa MOVES III. De este importe, 37.081.000,00 euros, correspondientes al 70 por 100 de la dotación económica, irán

BOCM-20210722-25

Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de
ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución
de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, publicado en el “Boletín
Oficial del Estado” de 14 de abril de 2021.