Collado Villalba (BOCM-20210721-62)
Organización y funcionamiento. Ordenanza acceso de la Cantera de Empresas
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 172

MIÉRCOLES 21 DE JULIO DE 2021

Pág. 197

Epígrafe 2. Cesión de uso de un puesto de trabajo en el espacio coworking: 55 euros
mes más IVA.
Epígrafe 3. Cesión de uso de los espacios comunes:
ESPACIO

1 HORA

AULA BLANCA
SALA DE REUNIONES
AULA INFORMATICA
SALA DE JUNTAS

10,00 €
10,00 €
13,00 €
15,00 €

MAÑANA
(5 horas)
30,00 €
30,00 €
40,00 €
50,00 €

MAÑANA
(5 horas)
30,00 €
30,00 €
40,00 €
50,00 €

DIA
COMPLETO
60,00 €
60,00 €
80,00 €
100,00 €

A todos los importes de la tabla anterior se le añadirá el IVA correspondiente.
A las empresas o autónomos con contrato de cesión de uso en vigor, por oficina, puesto en el coworking o con domiciliación fiscal en la Cantera de Empresa, se le aplicará una
bonificación del 50 por 100 en los importes antes señalado en la tabla anterior por utilización de los espacios comunes, añadiéndose el IVA correspondiente.
Epígrafe 4. Domiciliación fiscal: Se establece un precio de 37,19 euros mes más IVA
(45 IVA incluido) por el servicio de domiciliación en la Cantera de Empresa.
Epígrafe 5. Servicio de Reprografía a Empresas y Autónomos con contrato en vigor
(la empresa o autónomo se encarga de fotocopiar o escanear por sí mismo con papel propio):

COPIA BLANCO Y NEGRO
COPIA COLOR

PRECIO UNIDAD COPIA
0,0200 €
0,1000 €

A todos los importes de la tabla anterior se le añadirá el IVA correspondiente.
El ingreso de las cuotas de cesión de uso de los espacios que impliquen uso continuado adjudicado (oficinas, puestos coworking y domiciliación fiscal) se realizará por cada
empresa mensualmente, durante los cinco primeros días del mes, mediante domiciliación
bancaria en la cuenta que se indique al efecto.
En el caso de la utilización de las salas comunes de forma esporádica se efectuará mediante pago por adelantado al uso de la sala solicitada.
Los servicios de reprografía se facturarán trimestralmente.
TÍTULO IV

Art. 18.—Las oficinas o espacios de coworking cedidos solo serán destinadas al uso
para el que han sido contratadas, no pudiendo ser utilizadas para actividades distintas a las
propias de la empresa. Las normas de régimen interno serán aprobadas por la Junta de Gobierno Local, dando entrega de las mismas a las empresas cesionarias de los espacios.
Art. 19.—En un sitio visible de la planta principal del inmueble, se fijará el tablón oficial de anuncios. En este tablón se exhibirán todas las disposiciones de régimen interno o
de carácter general que sean de interés para las empresas instaladas y se entenderá por ello
legalmente notificadas tales disposiciones.
Art. 20.—No se permitirá ejercer en el centro actividad alguna que no se encuentre amparada por el contrato administrativo de cesión en la actividad concedida y cumpla las disposiciones legales vigentes tanto en materia administrativa como laboral, por lo que los cesionarios de las oficinas no podrán oponerse en ningún momento a la visita de los servicios
de inspección oportunos.
Art. 21.—A requerimiento del Ayuntamiento el empresario deberá presentar los documentos de cotización de la empresa, así como aquellos datos económicos y contables necesarios para realizar informes de la situación y marcha de la empresa. En el mes de enero de
cada año, deberán presentar documentos/certificados de estar al corriente con la Tesorería
General de la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria y con el Ayuntamiento de Collado Villalba. En el mismo plazo, del mes de enero, deberán acreditar, en su caso, el cumplimiento de la Ley de Riesgos Laborales, con las certificaciones que reglamentariamente se
requieran, según la actividad de que se trate.
Art. 22.—solo podrán estar instaladas en la Cantera de Empresas, aquellas empresas
con total cumplimiento de sus deberes tributarios y con la seguridad social, así como otros
requisitos legales referentes a su actividad empresarial, en especial, el cumplimiento de la

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Normas de Régimen Interno