Galapagar (BOCM-20210721-64)
Organización y funcionamiento. Acuerdo personal funcionario
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B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE JULIO DE 2021

e) Determinar y evaluar los factores de riesgo que puedan afectar a la seguridad y salud del personal, tanto de las instalaciones como de las herramientas de trabajo,
manipulación de productos o procedimientos.
f) Informar regularmente sobre el absentismo laboral y sus causas, así como los accidentes sufridos con ocasión de la prestación de servicio.
4. Todos los empleados públicos tienen el derecho a observar las normas sobre seguridad y salud laboral y a cumplir las medidas de prevención de riesgos que el Ayuntamiento impulse de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos.
5. Los empleados públicos municipales estarán obligados a seguir los cursos de formación y a realizar las prácticas que el Ayuntamiento organice en materia de seguridad y salud.
Art. 46. Servicio de Prevención.—1. Definición: Se entenderá por servicio de prevención el conjunto de medios humanos y materiales de la Administración Municipal, asignados a la realización de las actividades de prevención en el ámbito al que se refiere este
Acuerdo, es decir, en el ámbito del Ayuntamiento de Galapagar para garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los empleados públicos asesorando y asistiendo
a la Administración, a los empleados públicos y a sus representantes y órganos específicos
y especializados de representación. Sus integrantes destinarán de forma exclusiva su actividad a la finalidad del mismo. La unidad organizativa específica destinada a la prevención
en el ámbito del Ayuntamiento de Galapagar es el Servicio de Prevención.
2. Modalidad de prevención: La organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas en la Administración Municipal de Madrid se realizará en la modalidad de servicio de prevención ajeno.
3. Funciones:
— De acuerdo con la normativa vigente asesorará y emitirá informes vinculantes en
todos los procedimientos en que así se acuerde por el Comité de Seguridad y Salud con el objeto de contar con un sistema de gestión unificado para hacer efectiva una adecuada política en prevención de riesgos laborales.
— Diseñará e implantará el Plan de Prevención del Ayuntamiento de Galapagar y lo
adecuará a las nuevas circunstancias que pudieran producirse.
— Llevará a cabo las actuaciones necesarias tendentes a adecuar las condiciones de
trabajo de los empleados públicos a los requisitos de seguridad y salud dispuestos
en la normativa vigente.
— Valorará los datos de siniestralidad relativos a los /as trabajadores con la colaboración de la Mutua de accidentes de trabajo, con el fin de programar las actuaciones
necesarias para evitar, o en su caso disminuir, el número y la gravedad de los accidentes de trabajo.
— Ejercerá las tareas que le son propias de vigilancia de la salud de los empleados
públicos, realizando a tal fin los reconocimientos médicos al ingreso del personal,
los de carácter anual y cuantos otros se estimen necesarios en función de los riesgos o las circunstancias.
— En general, proporcionará a la Administración, sus empleados y sus representantes el asesoramiento y apoyo técnico que precise en función de los tipos de riesgo
en ella existentes.
El servicio de prevención podrá recabar el apoyo de los servicios técnicos y de mantenimiento de los órganos administrativos, para que presten asesoramiento y colaboración.
4. Evaluación de riesgos y Plan de Prevención: El Plan de Prevención tiene como objeto la integración de la prevención de riesgos laborales en la estructura de gestión del
Ayuntamiento de Galapagar, con presencia en todos los niveles jerárquicos, lo que supone
la atribución a todos ellos y la asunción por éstos de la obligación de incluir la prevención
de riesgos en cualquier actividad que realicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten en relación con los procesos técnicos, la organización del trabajo y las condiciones en
que éste se presta.
Incluye la política preventiva, estructura organizativa, responsabilidades, funciones,
prácticas, procedimientos, procesos y recursos necesarios para la realización de las tareas
de prevención en la empresa en los términos establecidos reglamentariamente. Se constituye con objeto de establecer las pautas para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Desarrolla las acciones y los criterios de actuación para la integración de la actividad preventiva en el Ayuntamiento de Galapagar y la adopción de cuantas medidas sean necesarias.
El Plan de Prevención elaborado anualmente por el Servicio de Prevención será presentado al Comité de Seguridad y Salud en el primer trimestre del año. Cuando se den cir-

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