Camarma de Esteruelas (BOCM-20210720-30)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

MARTES 20 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 171

Novena. Presentación de documentación y nombramiento como personal laboral fijo
1. Documentación a presentar. Las personas aspirantes propuestas aportarán en Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se publique la
relación definitiva de personas aprobadas a que se refiere el apartado 2 de la base octava, la
documentación acreditativa de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Los documentos a presentar serán los siguientes:
— Documento Nacional de Identidad, en vigor. Para los nacionales de otros Estados,
del Pasaporte o del Número de Identidad Extranjero, en vigor, y en su caso, de la
documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos establecidos en la base segunda, apartado 1
de la presente convocatoria.
— Título académico oficial exigido para el ingreso o de la justificación acreditativa
de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su expedición,
en cuyo caso deberá aportar, además, certificación académica compresiva de todas las materias cursadas donde conste expresamente que ha finalizado los estudios conducentes a la obtención del título. En caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero deberá presentarse la correspondiente credencial de homologación.
— Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por
resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de personal funcionario. En
el caso de ser nacional de otro Estado, deberá presentar, además, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
— Certificado médico que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas propias de los puestos objeto del proceso selectivo. En el caso de personas aspirantes con discapacidad deberán aportar certificado vigente, expedido
por el órgano competente, que acredite tal condición, el grado de discapacidad y
en el que conste su capacidad funcional para el desempeño de las tareas y funciones propias de los puestos de trabajo convocados.
2. Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos
de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen
de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados personal laboral fijo, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en la solicitud de participación.
3. Nombramientos. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de personal laboral fijo, mediante Resolución que se
publicará en el Diario Oficial Comunidad de Madrid. Cualquier resolución que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
4. Toma de posesión. La toma de posesión de la persona aspirante que hubiese superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como personal laboral fijo en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Décima. Formación de Bolsa de empleo
El Tribunal Calificador confeccionará una relación con los restantes aspirantes que hayan superado todo el proceso de selección, ordenada de modo decreciente, según la puntuación global obtenida, y la elevará al órgano competente, para establecer la correspondiente
Bolsa de Empleo a efectos de posibles nombramientos como funcionario interino para la
misma o similar plaza.
Se mantendrá en vigor esta Bolsa de empleo en tanto existan aspirantes en la lista correspondiente, o sea sustituida por otra nueva, en cuyo caso la presente quedará anulada automáticamente.
La Bolsa de empleo tendrá carácter rotativo, y el llamamiento a los aspirantes incluidos en la misma, para su nombramiento como funcionario interino, será realizado según el
orden establecido.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID