A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210717-1)
Normas elaboración presupuestos generales –  Orden de 13 de julio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan las normas de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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SÁBADO 17 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 169

Artículo 2
Unidad de presupuestación
Los presupuestos para el ejercicio 2022 se elaborarán expresados en euros, sin decimales.
Artículo 3
Estructura general de los Presupuestos
Los estados de gastos e ingresos de las Instituciones, la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entes cuya normativa específica confiere carácter limitativo a los créditos de su presupuesto de gastos para el año 2022, se clasificarán
de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Estructura de los estados de gastos.
1.1. Clasificación funcional o por programas. La asignación de recursos financieros
se efectuará dentro de una estructura de programas de gasto que será adecuada
a los contenidos de las políticas de gasto que delimitan y concretan las distintas
áreas de actuación del presupuesto y permitirá a los centros gestores agrupar los
créditos presupuestarios atendiendo a las actividades a realizar y a los objetivos
a conseguir.
Los programas de gasto se estructuran en grupos de programas, políticas de gasto
y áreas de gasto y se codificarán y denominarán según la estructura contenida en
el Anexo II de esta Orden; todo ello, sin perjuicio de que durante el proceso de
elaboración puedan crearse nuevos elementos, cuando su justificación esté claramente acreditada y se aprueben por la Dirección General de Presupuestos.
1.2. Clasificación por unidades orgánicas. La clasificación orgánica agrupará los
créditos asignados a los distintos centros gestores de gasto por secciones, según
la relación recogida en el Anexo III, y servicios. A efectos de esta Orden, se consideran centros gestores aquellas unidades orgánicas con dotación diferenciada
de créditos en los presupuestos y responsabilidad en su gestión.
1.3. Clasificación por categorías económicas. Los créditos se clasificarán según su
naturaleza económica por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, con
arreglo a la codificación establecida en el Anexo IV de esta Orden.
La creación de nuevos artículos, conceptos o subconceptos durante el proceso
de elaboración podrá ser aprobada por la Dirección General de Presupuestos, a
propuesta de los correspondientes centros gestores.
2. Estructura de los estados de ingresos. Los estados de ingresos se estructuran por
unidades orgánicas y por categorías económicas.
2.1. Clasificación por unidades orgánicas. El presupuesto de ingresos se estructura
orgánicamente en Centros Presupuestarios, sin perjuicio de su división a efectos
informativos en centros gestores.
2.2. Clasificación por categorías económicas. La estructura del Presupuesto de Ingresos de la Comunidad de Madrid para el año 2022 se ordenará según su naturaleza económica con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que se adjunta como Anexo V de esta Orden.
Artículo 4
1. Organismos Autónomos mercantiles. Sus presupuestos se estructurarán de la forma establecida con carácter general e incluirán adicionalmente los siguientes estados: cuenta de pérdidas y ganancias, cuenta resumen de operaciones comerciales, cuadro de financiamiento de inversiones y presupuesto. Asimismo, deberán aportar la información
requerida en las fichas que se detallen en las instrucciones que al efecto establezca la Dirección General de Presupuestos.
2. Empresas Públicas. Las Empresas y Entes Públicos cuya normativa específica no
confiere carácter limitativo a sus estados de gastos elaborarán un presupuesto de explotación y un presupuesto de capital constituidos por una previsión de la cuenta de pérdidas y
ganancias y del estado de flujos de efectivo. Como Anexo se acompañará el balance de la
entidad, memoria explicativa del contenido de dichos presupuestos y de la evaluación eco-

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Estructuras específicas