Getafe (BOCM-20210716-79)
Organización y funcionamiento. Reglamento instalaciones culturales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021
Pág. 227
cientes al Ayuntamiento de Getafe que requieren una ICM para su realización. Se regularán de la siguiente forma:
— La utilización la solicitarán los promotores por escrito con al menos un mes de antelación.
— Se adaptará a la disponibilidad de los espacios a utilizar.
— Se negociará y coordinará un operativo para el plan de trabajo y la cobertura de necesidades con el equipo de trabajo que determine la Delegación de Cultura.
— La actividad se adaptará al horario, personal y equipamiento habitual de la ICM.
— Los promotores asumirán todos los gastos que implique la actividad.
— Los promotores se harán cargo del seguimiento y control de la actividad.
— El acceso del público se atiene a la normativa general y al presente Reglamento.
— Los promotores aceptarán y secundarán las indicaciones de la coordinación de
Cultura.
Capítulo IV
Art. 14. Espacios susceptibles de autorización de uso en las ICM.—La relación de
espacios disponibles en cualquiera de los apartados siguientes y su asignación podrá ser
modificada por el Ayuntamiento de Getafe cuando la disponibilidad e intereses municipales así lo requieran. Con carácter ordinario serán los siguientes:
a) Salas y aulas de actividades y reuniones.
b) Salas de conferencias.
c) Salones de actos.
d) Salas de exposiciones.
e) Teatro Auditorio Federico García Lorca.
f) Salón del Espacio Mercado.
g) Auditorios.
h) Patios.
i) Almacenes.
j) Fachadas y similares.
k) Espacios similares a los anteriores en otros edificios municipales previo acuerdo
por escrito para su utilización municipal.
l) Otros espacios privados similares previo acuerdo por escrito para su utilización
municipal.
m) Espacios similares en nuevas ICM que puedan construirse en un futuro.
Art. 15. Tipos de autorización de usos.—Todas las autorizaciones se otorgan exclusivamente para la actividad concreta que se haya solicitado y por el tiempo y las condiciones que se determinen en la resolución correspondiente:
1. La autorización del uso en las ICM de los espacios cerrados como teatros, salas,
aulas y similares tendrá la consideración de prestación de servicio público y las actividades
desarrolladas podrán ser incorporadas, cuando cumplan los requisitos señalados en el presente Reglamento, a la programación municipal como programación complementaria.
La autorización de uso podrá concederse para:
a) La realización de actividades puntuales. Una actividad se considera puntual cuando se desarrolla de manera esporádica durante uno o varios días, incluso en diferentes meses, sin continuidad establecida. El espacio para llevar a cabo una actividad puntual por parte de particulares debe ser solicitado por el interesado y
podrá hacerlo en cualquier momento del año.
La realización de actividades estables. Se considera actividad estable aquella que
se realiza de manera continuada durante varias semanas, meses o todo un curso
escolar. La solicitud de espacios para actividades estables por particulares podrá
hacerse a través de una convocatoria.
Autorizaciones de uso a las que se refiere el artículo 5 del “Reglamento para la
gestión de autorizaciones y cesiones del uso de locales municipales del Ayuntamiento de Getafe a entidades ciudadanas, colectivos y partidos políticos” y que
se rigen por dicho Reglamento.
BOCM-20210716-79
De la autorización de uso de espacios de las ICM
B.O.C.M. Núm. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021
Pág. 227
cientes al Ayuntamiento de Getafe que requieren una ICM para su realización. Se regularán de la siguiente forma:
— La utilización la solicitarán los promotores por escrito con al menos un mes de antelación.
— Se adaptará a la disponibilidad de los espacios a utilizar.
— Se negociará y coordinará un operativo para el plan de trabajo y la cobertura de necesidades con el equipo de trabajo que determine la Delegación de Cultura.
— La actividad se adaptará al horario, personal y equipamiento habitual de la ICM.
— Los promotores asumirán todos los gastos que implique la actividad.
— Los promotores se harán cargo del seguimiento y control de la actividad.
— El acceso del público se atiene a la normativa general y al presente Reglamento.
— Los promotores aceptarán y secundarán las indicaciones de la coordinación de
Cultura.
Capítulo IV
Art. 14. Espacios susceptibles de autorización de uso en las ICM.—La relación de
espacios disponibles en cualquiera de los apartados siguientes y su asignación podrá ser
modificada por el Ayuntamiento de Getafe cuando la disponibilidad e intereses municipales así lo requieran. Con carácter ordinario serán los siguientes:
a) Salas y aulas de actividades y reuniones.
b) Salas de conferencias.
c) Salones de actos.
d) Salas de exposiciones.
e) Teatro Auditorio Federico García Lorca.
f) Salón del Espacio Mercado.
g) Auditorios.
h) Patios.
i) Almacenes.
j) Fachadas y similares.
k) Espacios similares a los anteriores en otros edificios municipales previo acuerdo
por escrito para su utilización municipal.
l) Otros espacios privados similares previo acuerdo por escrito para su utilización
municipal.
m) Espacios similares en nuevas ICM que puedan construirse en un futuro.
Art. 15. Tipos de autorización de usos.—Todas las autorizaciones se otorgan exclusivamente para la actividad concreta que se haya solicitado y por el tiempo y las condiciones que se determinen en la resolución correspondiente:
1. La autorización del uso en las ICM de los espacios cerrados como teatros, salas,
aulas y similares tendrá la consideración de prestación de servicio público y las actividades
desarrolladas podrán ser incorporadas, cuando cumplan los requisitos señalados en el presente Reglamento, a la programación municipal como programación complementaria.
La autorización de uso podrá concederse para:
a) La realización de actividades puntuales. Una actividad se considera puntual cuando se desarrolla de manera esporádica durante uno o varios días, incluso en diferentes meses, sin continuidad establecida. El espacio para llevar a cabo una actividad puntual por parte de particulares debe ser solicitado por el interesado y
podrá hacerlo en cualquier momento del año.
La realización de actividades estables. Se considera actividad estable aquella que
se realiza de manera continuada durante varias semanas, meses o todo un curso
escolar. La solicitud de espacios para actividades estables por particulares podrá
hacerse a través de una convocatoria.
Autorizaciones de uso a las que se refiere el artículo 5 del “Reglamento para la
gestión de autorizaciones y cesiones del uso de locales municipales del Ayuntamiento de Getafe a entidades ciudadanas, colectivos y partidos políticos” y que
se rigen por dicho Reglamento.
BOCM-20210716-79
De la autorización de uso de espacios de las ICM