Getafe (BOCM-20210716-78)
Organización y funcionamiento. Reglamento centros cívicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 168
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021
2. No tendrán esta consideración quienes desarrollen su actividad laboral en el Centro Cívico.
Art. 27. Derechos de las personas usuarias.—Todas las entidades, colectivos y personas usuarias poseen idénticos derechos en el uso y disfrute de los Centros Cívicos, pudiendo ejercer los siguientes:
a) Al uso y disfrute de los espacios y salas.
b) A tener unas instalaciones dignas, adecuadas a su uso y disfrute.
c) Al uso y disfrute de los medios materiales necesarios para el buen desarrollo de su
actividad.
d) Al acceso a la información sobre la programación del Centro Cívico y del resto de
Centros Cívicos y actuaciones y programas municipales.
e) A solicitar una copia de esta normativa en el momento de formalizar su solicitud.
f) A cursar una reclamación, queja o sugerencia, en la instancia que a tal efecto se facilitará en Conserjería.
g) A ser atendidos correctamente por el personal que desempeñen su labor profesional en el Centro Cívico.
h) A contar con personal técnico municipal para el asesoramiento sobre la participación y organización de actividades, eventos, espectáculos y sobre los diferentes
procesos de participación ciudadana.
Art. 28. Obligaciones de los colectivos y personas usuarias de actividades.
Será obligatorio:
a) Respetar la asignación de salas y horarios.
b) Cuando el usuario sea menor de edad, las consecuencias de sus actos serán asumidas por sus progenitores o tutores legales.
c) Cumplir las normas de aforo y utilización que el Centro determine para cada espacio o sala.
d) Utilizar las instalaciones, mobiliario y materiales del Centro Cívico de manera
adecuada, siendo responsable de los daños causados por negligencia o mal uso, la
persona o entidad que los cause.
e) Recoger de Conserjería la llave de acceso a la sala asignada, si fuera necesaria, devolviéndola tras la finalización de la actividad. Así mismo, identificar a la persona responsable, en el caso de uso de salas por parte de entidades y colectivos, de
accesos a la sala asignada y recogida de llaves.
f) Revisar, tras el uso de la sala, que las ventanas queden cerradas, la luz apagada y la
puerta cerrada.
g) Mantener la limpieza de las salas.
h) Comunicar al personal del Centro cualquier anomalía o desperfectos ocasionados
o detectados en la sala o cualquier otro espacio del centro.
i) Atender las indicaciones e instrucciones que pudieran dar el personal del Centro
Cívico y las normas establecidas por los servicios municipales.
j) Tratar con respeto a los trabajadores y trabajadoras municipales que ejercen su labor profesional en el Centro Cívico, así como al voluntariado y, en general, a los
que desarrollan su actividad en él.
k) Tener un comportamiento adecuado con el resto de personas usuarias del Centro
Cívico, estando prohibido cualquier comportamiento violento, xenófobo, racista,
machista o de menosprecio a cualquier otra persona y de todo lo contemplado a
estos efectos en la Ordenanza de Convivencia del Ayuntamiento de Getafe.
l) Atender con diligencia y rapidez, en caso de emergencia, las indicaciones de los
empleados municipales.
m) Guardar sus pertenencias con el debido cuidado, no haciéndose el Centro responsable de sustracciones o daños materiales sobre los objetos personales que el usuario introduzca en el Centro Cívico.
n) Pagar las exacciones que correspondan de conformidad con las normas reguladoras de los precios públicos por la prestación de servicios que establece el Ayuntamiento de Getafe.
Pág. 217
BOCM-20210716-78
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 16 DE JULIO DE 2021
2. No tendrán esta consideración quienes desarrollen su actividad laboral en el Centro Cívico.
Art. 27. Derechos de las personas usuarias.—Todas las entidades, colectivos y personas usuarias poseen idénticos derechos en el uso y disfrute de los Centros Cívicos, pudiendo ejercer los siguientes:
a) Al uso y disfrute de los espacios y salas.
b) A tener unas instalaciones dignas, adecuadas a su uso y disfrute.
c) Al uso y disfrute de los medios materiales necesarios para el buen desarrollo de su
actividad.
d) Al acceso a la información sobre la programación del Centro Cívico y del resto de
Centros Cívicos y actuaciones y programas municipales.
e) A solicitar una copia de esta normativa en el momento de formalizar su solicitud.
f) A cursar una reclamación, queja o sugerencia, en la instancia que a tal efecto se facilitará en Conserjería.
g) A ser atendidos correctamente por el personal que desempeñen su labor profesional en el Centro Cívico.
h) A contar con personal técnico municipal para el asesoramiento sobre la participación y organización de actividades, eventos, espectáculos y sobre los diferentes
procesos de participación ciudadana.
Art. 28. Obligaciones de los colectivos y personas usuarias de actividades.
Será obligatorio:
a) Respetar la asignación de salas y horarios.
b) Cuando el usuario sea menor de edad, las consecuencias de sus actos serán asumidas por sus progenitores o tutores legales.
c) Cumplir las normas de aforo y utilización que el Centro determine para cada espacio o sala.
d) Utilizar las instalaciones, mobiliario y materiales del Centro Cívico de manera
adecuada, siendo responsable de los daños causados por negligencia o mal uso, la
persona o entidad que los cause.
e) Recoger de Conserjería la llave de acceso a la sala asignada, si fuera necesaria, devolviéndola tras la finalización de la actividad. Así mismo, identificar a la persona responsable, en el caso de uso de salas por parte de entidades y colectivos, de
accesos a la sala asignada y recogida de llaves.
f) Revisar, tras el uso de la sala, que las ventanas queden cerradas, la luz apagada y la
puerta cerrada.
g) Mantener la limpieza de las salas.
h) Comunicar al personal del Centro cualquier anomalía o desperfectos ocasionados
o detectados en la sala o cualquier otro espacio del centro.
i) Atender las indicaciones e instrucciones que pudieran dar el personal del Centro
Cívico y las normas establecidas por los servicios municipales.
j) Tratar con respeto a los trabajadores y trabajadoras municipales que ejercen su labor profesional en el Centro Cívico, así como al voluntariado y, en general, a los
que desarrollan su actividad en él.
k) Tener un comportamiento adecuado con el resto de personas usuarias del Centro
Cívico, estando prohibido cualquier comportamiento violento, xenófobo, racista,
machista o de menosprecio a cualquier otra persona y de todo lo contemplado a
estos efectos en la Ordenanza de Convivencia del Ayuntamiento de Getafe.
l) Atender con diligencia y rapidez, en caso de emergencia, las indicaciones de los
empleados municipales.
m) Guardar sus pertenencias con el debido cuidado, no haciéndose el Centro responsable de sustracciones o daños materiales sobre los objetos personales que el usuario introduzca en el Centro Cívico.
n) Pagar las exacciones que correspondan de conformidad con las normas reguladoras de los precios públicos por la prestación de servicios que establece el Ayuntamiento de Getafe.
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