Robregordo (BOCM-20210715-80)
Urbanismo. Normas subsidiarias de planeamiento y catálogo de bienes
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B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

— Si se efectuara una reforma en los huecos de fachada para acercarse a la proporción máxima permitida en la relación hueco-macizo, a efectos de lograr una mejor habitabilidad, (e a 1 a favor del macizo) los actuales huecos, si cumplen la normativa de nueva edificación, deberán mantenerse en el mismo lugar, tipología y
forma existente pudiendo únicamente incrementar su superficie.
— En el caso de permitirse el abrir nuevos huecos con destino a una mejor habitabilidad, estos deberán conjugarse con los existentes para acentuar o mantener la tipología y composición existentes (simétricos, sensiblemente simétricos o populares en cuanto a su distribución y rectangulares de proporción vertical o
cuadrados en cuanto a su proporción).
— De igual forma, en el caso de permitirse incrementar en altura la edificación, los
nuevos huevos deberán conjugarse con los existentes, en cuanto a sus características, distribución en fachada y proporción, equilibrándose en superficie con
los de la planta inferior.
2. Dinteles y recercados.
— Serán las existentes, si se cumple la Normativa. En el caso de nuevos huecos o reforma de los mismos por incremento de altura de la edificación o de superficie o
número de huecos, deberán con jugarse con los existentes con idénticas características.
3. Carpinterías.
— Serán las existentes, si se cumple la Normativa de Nueva Edificación y no están incluidas en las fichas de eliminación de impactos negativos.
— En el caso de reforma de huecos o incremento de los mismos, las nuevas carpinterías serán idénticas a las existentes o a las primitivas y se atendrán en cualquier
caso a las especificaciones expresadas para los mismos en las ordenanzas estéticas de Nueva Edificación.
— En cualquier caso, las carpinterías deberán ser unitarias para todos los huecos
del edificio, no pudiéndose alterar en parte del mismo.
— Las reformas que en su caso se realicen en parte del cerramiento de los huevos, deberán respetar la morfología de la mayoría de los existentes en el mismo si estos se
adecúan a la presente normativa estética. En caso de no adecuarse en alguno de
los supuestos, y solo en este caso, se podrá variar la morfología, debiendo presentar para la concesión de licencia un alzado del edificio a escala mínima 1:25 con la
carpintería propuesta para todo él, memoria de materiales, abatimiento, textura y
color y el consentimiento expreso del resto de los propietarios o inquilinos. La
concesión de licencia conllevará la obligación de atenerse al modelo presentado
para la sustitución, en su caso, del resto de las carpinterías exteriores de la Unidad Edificatoria.
4. Protecciones y rejería.
— Las protecciones y rejerías de los huecos serán las existentes, siempre que cumplan las especificaciones que para estas se expresan en las ordenanzas estéticas
de nueva edificación y no estén incluidas en las fichas de Eliminación de Impactos Negativos de estas Normas.
— En el caso de incremento de plantas en la edificación, nuevas aperturas de huecos permitidas, o sustitución de estas por eliminación de impactos las protecciones y rejería se realizarán iguales a las existentes o, en su caso, ateniéndose a las
determinaciones de estas Normas para la Nueva Edificación.
— En cualquier caso, estarán acordes todas las de la misma Unidad Edificatoria, ateniéndose para las sustituciones parciales a lo prescrito en el último párrafo del
apartado anterior, referido, en este caso, a las protecciones y rejería.
5. Materiales, textura, color de huecos, recercados, carpinterías y protecciones.
— Serán los existentes, en el momento de la aprobación definitiva de las presentes
Normas Subsidiarias, siempre que cumplan las especificaciones que para ellos
se describen en las ordenanzas estéticas de nueva edificación.
— En el caso de reformas, los materiales empleados en la sustitución serán idénticos a los de la mayoría de la Unidad Edificatoria dentro de los que estén acordes
con la presente Normativa. Si no estuviesen acordes con estas determinaciones,
tanto el material como el color que se presente en la reforma, deberá ser el que
se adopte para todos los huevos del edificio teniendo que ser aceptado por todos
los propietarios inquilinos de la unidad edificatoria para futuras reformas en el documento de solicitud de licencia para la modificación de los mismos.
D. Cerramiento de muros y vallas.
— Serán los existentes en el momento de la aprobación definitiva de las presentes Normas Subsidiarias, siempre que cumplan la normativa de nueva edificación y no se encuentren reseñadas en las fichas de Eliminación de Impactos Negativos.

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