Madrid (BOCM-20210715-59)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Modificación Puntual Plan General Ordenación Urbana
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B.O.C.M. Núm. 167

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 15 DE JULIO DE 2021

de Madrid, de vertidos líquidos industriales al sistema integral de saneamiento y sus normas de desarrollo.
— En todo caso, estos vertidos se ajustarán a lo dispuesto en la OG y UEA.
Art. 22. Protección de la calidad del suelo, el agua, el aire y las personas durante el
desmantelamiento de los depósitos de combustible.—Para llevar a cabo la ejecución de las
nuevas instalaciones se requiere el desmantelamiento previo de las instalaciones existentes.
La normativa actual requiere que si en el proceso de puesta fuera de servicio de un tanque se
observa que este tiene o puede haber tenido fugas, se deberán cumplir los requerimientos de
la normativa medioambiental de suelos contaminados y que, además, en el caso de detectar
hidrocarburos en el suelo, se deberán extraer las tierras contaminadas para su correcta gestión antes de consolidar el terreno.
Se debe hacer un nuevo diagnóstico completo de la calidad del subsuelo previo a los
trabajos de desmantelamiento, y continuar con los trabajos de recuperación o de seguimiento y control que se valoren más adecuadas, en función del análisis de riesgos.
Finalizada la actuación se presentará el correspondiente informe de situación de caracterización detallada con el objetivo de detectar si existe contaminación derivada de las actividades potencialmente contaminantes llevadas a cabo en el emplazamiento que no se hayan eliminado en el proceso de descontaminación que se está llevando a cabo.
En cualquier caso, se estará a lo que disponga al respecto el Área de Planificación y
Gestión de Residuos de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.
Se requerirá un proyecto específico para el desmantelamiento de estas instalaciones en
el que se deberá tener en cuenta:
— Los depósitos existentes deberán inertizarse previo a su anulación y desmantelamiento.
— Previo al inicio de los trabajos será necesario acotar la zona de trabajo y cerrarla al
paso de personas y vehículos ajenos, mediante los elementos de señalización que
se estimen necesarios en cada caso.
— Previo al inicio de cualquiera de las actuaciones de desmantelamiento hay que avisar a los servicios de protección civil, bomberos y policía local.
En general la ejecución de las obras se ajustará a lo establecido en el Anexo I del Real
Decreto 1416/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MI-IP 06 “Procedimiento para dejar fuera de servicio los tanques de almacenamiento de productos petrolíferos líquidos”. El procedimiento de anulación de cada depósito en esta norma es el siguiente:
1. Trabajos previos. Preparación del entorno.
2. Retirada con camión bomba de todo el GLP existente dentro de los depósitos.
3. Relleno de los depósitos con agua o inertizado del mismo con nitrógeno.
4. Retirada del agua a vertedero controlado o quemado del GLP residual existente.
5. Medición de la atmósfera explosiva e inspección visual.
6. Relleno o extracción de los tanques.
7. Sellado de instalaciones.
8. Consolidación del terreno:
— El desmantelamiento debe ser ejecutado por personal con la adecuada cualificación y acreditación.
— Se definirán las zonas de acopio de los diferentes materiales de demolición, a
ser posible dentro de la propia parcela.
— Se aislará la instalación a desmantelar del resto de tuberías de la instalación
receptora o red de distribución a mantener.
— No se procederá a la retirada de las instalaciones auxiliares hasta no tener seguridad de la ausencia de gas en los depósitos y en el ámbito de actuación de
la obra, por lo que se comprobará mediante explosímetro la no existencia de
atmósfera explosiva en la zona acotada, y no se empezarán los trabajos hasta
que la zona esté libre de gas.
— Antes de desmontar cada elemento deberá liberar de las cargas que gravita sobre ellos, se hará de forma simétrica, contrarrestando y / o anulando los componentes horizontales de arcos y bóvedas, apuntalando (en caso necesario),
los elementos en voladizo, demoliendo las estructuras hiperestáticas en el orden que indique menores flechas, giros y desplazamientos y manteniendo o
introduciendo los arriostramientos necesarios.

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