C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20210714-12)
Bases subvenciones –  Orden 1133/2021, de 8 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos dirigidos a asistir a mujeres embarazadas y a madres sin recursos con hijos de cero a tres años y a mantener una red de apoyo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 166

b) Objetivos, descripción de actividades, metodología de Intervención, sistemas de evaluación, coordinación, colaboración y coste del proyecto: Hasta un máximo de 30
puntos distribuidos en los siguientes apartados:
1.o Objetivos generales y específicos del proyecto: Se valorará la relación y jerarquía entre los objetivos generales y específicos del proyecto, la adecuación
entre ambos y la pertinencia del mismo, hasta un máximo de 5 puntos.
2.o Descripción de las actividades a desarrollar: Se valorará la mayor amplitud y
detalle en la descripción de las actividades a desarrollar por la entidad, teniendo en cuenta la coherencia en relación a los objetivos descritos en el apartado
anterior hasta un máximo de 5 puntos.
3.o Metodología de intervención: Se valorará el marco metodológico utilizado, su
adecuación a las actividades descritas y la adecuación de la metodología utilizada a los fines previstos hasta un máximo de 5 puntos.
4.o Sistemas de evaluación: Se valorará la existencia y adecuación de indicadores
concretos, mecanismos de seguimiento, la mayor descripción de los sistemas
empleados y su implementación a lo largo de todo el período de ejecución del
proyecto, hasta un máximo de 5 puntos.
5.o Coordinación y colaboración: Se valorará el número de coordinaciones realizadas durante el ejercicio anterior con la Red Pública de Servicios Sociales y
con las entidades de la Red de Apoyo a la Maternidad en general y con la Subdirección General de Familias hasta un máximo de 5 puntos conforme al siguiente baremo:
— Por el número de coordinaciones realizadas con la Red Pública de Servicios Sociales y /o con las entidades de la Red de Apoyo a la Maternidad
se otorgarán:
d Tres puntos por haber realizado más de veinte coordinaciones.
d Dos puntos por haber realizado entre once y veinte coordinaciones.
d Un punto por haber realizado entre una y diez coordinaciones.
d Cero puntos por no haber realizado ninguna coordinación.
El cómputo de las coordinaciones realizadas en el apartado anterior se
realizará tomando en conjunto las realizadas con la Red Pública de Servicios Sociales y con las entidades de la Red de Apoyo a la Maternidad.
— Por el número de coordinaciones realizadas con la subdirección general
competente en materia de Familia se otorgarán:
d Dos puntos por más de cinco coordinaciones.
d Un punto por menos de cinco coordinaciones.
d Cero puntos por no haber realizado ninguna coordinación.
A los efectos de la puntuación de este apartado, se aportará una declaración
responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la
que se haga constar el número de coordinaciones realizadas por la entidad tanto sobre el número de coordinaciones realizadas con la Red Pública de Servicios Sociales y /o con las entidades de la Red de Apoyo a la Maternidad, como
de las realizadas la subdirección general competente en materia de Familia.
6.o Coste del Proyecto:
Se valorará la financiación pública y privada con la que cuenta el proyecto,
hasta un máximo de 5 puntos conforme al siguiente baremo:
— Se valorarán con tres puntos aquellos proyectos financiados con otras
subvenciones, ayudas y/o recursos de cualquier administración pública o
ente público.
— Se valorarán con dos puntos aquellos proyectos financiados con otras
subvenciones y/o ayudas o recursos de cualquier entidad u organismo
privado.
A estos efectos se tendrán en cuenta las ayudas ya concedidas para el mismo
proyecto en el momento de presentar la solicitud de la subvención a que se refieren las presentes bases reguladoras, lo que deberá acreditarse mediante la
aportación de resolución de concesión en caso de ser pública o de documentación de análoga naturaleza en caso de ser privada.

BOCM-20210714-12

BOCM