C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20210712-17)
Bien de interés cultural – Decreto 153/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Bien de Interés Cultural, en la Categoría de Monumento, el Santuario de Nuestra Señora de Valverde, de Fuencarral (Madrid)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 164
LUNES 12 DE JULIO DE 2021
Pág. 61
5. Enumeración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico
que constituyan parte esencial de su historia
En base a la documentación conocida hasta el momento y analizados los bienes muebles comprendidos en la iglesia, no parece que ninguno de ellos pueda ser reconocido como
parte esencial de su historia.
6. Delimitación gráfica del Bien
Se adjunta plano.
B) VALORES QUE JUSTIFICAN LA DECLARACIÓN DEL BIEN
El santuario de Nuestra Señora de Valverde consta como lugar de devoción desde el siglo XVI, momento a partir del cual tanto la dinastía de los Austrias –el monarca Felipe II sería su primer patrono–, como los primeros Borbones dieron culto a la Virgen y ofrecieron su
apoyo económico. Este lugar participó asimismo de acontecimientos históricos en los siglos XIX y XX, conservando en la actualidad una parte importante de la edificación original.
Por otra parte, hay que destacar que la obra arquitectónica del siglo XVIII que se conserva en el complejo constituye un hito representativo del Barroco madrileño.
El bien objeto de declaración destaca, asimismo, como un lugar de peregrinaje en el camino natural del histórico recorrido de Madrid a Colmenar Viejo. El conjunto de iglesia, convento, palacio, capilla, portada, y restos arqueológicos, aporta un valioso testimonio sobre un
pasado religioso, histórico, cultural y artístico cuyos orígenes se remontan al siglo XIV.
C) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO AFECTADO
El entorno afectado por la declaración de bien de interés cultural se fundamenta en proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por
la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de la puesta en
valor del monumento, evitar la alteración o perdida de los valores ambientales, culturales y
paisajísticos asociados en la percepción del monumento, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.
1. Descripción literal
El entorno de protección afectado por la declaración incluye la parcela número 18 de
la manzana 18.539 del Catastro, así como el tramo de vial público en su zona de afección
de la autovía de Colmenar M-607, entre la prolongación de los lados norte y sur de la citada parcela 18 hasta el arcén de la autovía.
La delimitación de este entorno de protección responde a la consideración de espacios
vinculados directamente al Santuario de Valverde, por constituir el entorno visual, cultural
y ambiental en el que cualquier intervención que se realice pueda suponer una alteración de
la percepción del bien, y a fin de evitar una afección a los valores que han llevado a su declaración como Bien de Interés Cultural.
2. Descripción gráfica del entorno
Se adjunta plano de la delimitación.
El uso actual del santuario es dotacional, de equipamiento en la categoría de religioso
en la iglesia, Capilla de Rosario, Camarín de la Virgen y Capilla de la Guía, y dotacional
de equipamiento en la categoría cultural en el Convento y Palacio de los marqueses de Murillo. La lonja del conjunto se utiliza asimismo como espacio público, así como lugar de celebración de fiestas de carácter religioso.
El uso religioso, original del inmueble, se considera adecuado para garantizar el mantenimiento de sus valores culturales. Asimismo, se considera adecuado el actual uso cultural y administrativo, así como otros similares que ayuden a la correcta conservación del
BOCM-20210712-17
D) COMPATIBILIDAD DE USO CON LA CORRECTA
CONSERVACIÓN DEL BIEN
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 164
LUNES 12 DE JULIO DE 2021
Pág. 61
5. Enumeración de bienes muebles integrantes del patrimonio histórico
que constituyan parte esencial de su historia
En base a la documentación conocida hasta el momento y analizados los bienes muebles comprendidos en la iglesia, no parece que ninguno de ellos pueda ser reconocido como
parte esencial de su historia.
6. Delimitación gráfica del Bien
Se adjunta plano.
B) VALORES QUE JUSTIFICAN LA DECLARACIÓN DEL BIEN
El santuario de Nuestra Señora de Valverde consta como lugar de devoción desde el siglo XVI, momento a partir del cual tanto la dinastía de los Austrias –el monarca Felipe II sería su primer patrono–, como los primeros Borbones dieron culto a la Virgen y ofrecieron su
apoyo económico. Este lugar participó asimismo de acontecimientos históricos en los siglos XIX y XX, conservando en la actualidad una parte importante de la edificación original.
Por otra parte, hay que destacar que la obra arquitectónica del siglo XVIII que se conserva en el complejo constituye un hito representativo del Barroco madrileño.
El bien objeto de declaración destaca, asimismo, como un lugar de peregrinaje en el camino natural del histórico recorrido de Madrid a Colmenar Viejo. El conjunto de iglesia, convento, palacio, capilla, portada, y restos arqueológicos, aporta un valioso testimonio sobre un
pasado religioso, histórico, cultural y artístico cuyos orígenes se remontan al siglo XIV.
C) DELIMITACIÓN DEL ENTORNO AFECTADO
El entorno afectado por la declaración de bien de interés cultural se fundamenta en proteger y favorecer al monumento en su consideración de hito cultural e histórico, velar por
la adecuación de las intervenciones urbanísticas y arquitectónicas a favor de la puesta en
valor del monumento, evitar la alteración o perdida de los valores ambientales, culturales y
paisajísticos asociados en la percepción del monumento, así como evitar perturbar las visualizaciones del bien objeto de la declaración.
1. Descripción literal
El entorno de protección afectado por la declaración incluye la parcela número 18 de
la manzana 18.539 del Catastro, así como el tramo de vial público en su zona de afección
de la autovía de Colmenar M-607, entre la prolongación de los lados norte y sur de la citada parcela 18 hasta el arcén de la autovía.
La delimitación de este entorno de protección responde a la consideración de espacios
vinculados directamente al Santuario de Valverde, por constituir el entorno visual, cultural
y ambiental en el que cualquier intervención que se realice pueda suponer una alteración de
la percepción del bien, y a fin de evitar una afección a los valores que han llevado a su declaración como Bien de Interés Cultural.
2. Descripción gráfica del entorno
Se adjunta plano de la delimitación.
El uso actual del santuario es dotacional, de equipamiento en la categoría de religioso
en la iglesia, Capilla de Rosario, Camarín de la Virgen y Capilla de la Guía, y dotacional
de equipamiento en la categoría cultural en el Convento y Palacio de los marqueses de Murillo. La lonja del conjunto se utiliza asimismo como espacio público, así como lugar de celebración de fiestas de carácter religioso.
El uso religioso, original del inmueble, se considera adecuado para garantizar el mantenimiento de sus valores culturales. Asimismo, se considera adecuado el actual uso cultural y administrativo, así como otros similares que ayuden a la correcta conservación del
BOCM-20210712-17
D) COMPATIBILIDAD DE USO CON LA CORRECTA
CONSERVACIÓN DEL BIEN