Alcalá de Henares (BOCM-20210709-69)
Urbanismo. Modificación Plan Parcial Sector 30-B
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B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021

2. El proyecto de urbanización podrá incluir normativa complementaria que detalle
condiciones ambientales relacionadas con las infraestructuras por él abordadas que habrían
de ser atendidas en la ejecución de la edificación y/o sus instalaciones.
Art. 26. Relación parcela-edificación: proyecto unitario.—1. En determinados casos señalados expresamente por el Plan Parcial, la edificación de cada parcela se debe realizar mediante proyecto unitario.
2. El proyecto unitario podrá prever la edificación por fases, en cuyo caso podrá especificar:
— El tratamiento que habrá de darse a las superficies a ocupar por las fases posteriores a la primera en tanto no se lleven a cabo dichas fases.
— El tratamiento de las superficies o elementos de edificación a los que se proyecta
adosar edificaciones de fases sucesivas.
3. Una vez ejecutada una fase podrán presentarse reformados de proyecto de las fases sucesivas.
Art. 27. Cómputo de edificabilidad.—1. En el cómputo de edificabilidad se estará a lo
dispuesto en el P. G. O. U. con las mayores precisiones expresadas en los siguientes puntos.
2. En terrazas y cuerpos volados no computará la superficie ocupada por jardineras
cuyo tamaño y diseño impidan el uso para otro fin que no sea el de su plantación.
3. No se computará la superficie ocupada para la provisión de las plazas de aparcamiento exigidas por estas ordenanzas.
4. No computara la construcción bajo rasante (sótanos y semisótanos). Ni la planta
baja porticada, salvo el espacio de ésta ocupado por vestíbulos y portales.
5. No computara la construcción bajo rasante (sótanos y semisótanos). Ni la planta
baja porticada, salvo el espacio de ésta ocupado por vestíbulos y accesos.
6. No se computará la superficie ocupada por pasillos de válvulas y pasos técnicos
de uso de personal de mantenimiento.
Art. 28. Condiciones de la dotación y servicios del edificio.—Será de obligado cumplimiento lo establecido en el P. G. O. U. con la siguiente condición adicional:
Reserva de plazas de aparcamiento para minusválidos: los proyectos de edificación en
cada parcela reservarán al menos un 2 por 100 de las plazas para el uso exclusivo de minusválidos con una dimensión mínima de 3,5 × 4,5 m.
Art. 29. Seguridad frente a incendios.—1. La edificación y el acondicionamiento
de las áreas ajardinadas se dispondrá de tal forma que permita la aproximación de un
vehículo de bomberos a al menos tres metros de distancia de todas las fachadas exteriores.
2. Si existen elementos construidos bajo la rasante del espacio de maniobra de aproximación, su estructura se proyectará considerando las sobrecargas del vehículo para extinción de incendios.
Art. 30. Condiciones de la urbanización.—Con sujeción a lo establecido en el P. G. O. U.
y dentro de lo fijado por los artículos 6 y 13 de estas normas, el proyecto de urbanización
desarrollará fielmente el contenido del P. P. con sujeción a lo establecido al efecto por el
reglamento de planeamiento y por el P. G. O. U. Cumplirá además las siguientes precisiones adicionales:
1. Viario: incluirá previsiones para la compatibilización de las conducciones bajo
acera de las distintas conducciones.
2. Aparcamiento en vía pública: preverá al menos un 2 por 100 redondeado a mayores de plazas para minusválidos, de conformidad con lo establecido por el reglamento de
planeamiento.
3. Recogida de residuos sólidos: podrá prever las condiciones específicas de diseño
a que habrán de ceñirse los depósitos de residuos sólidos.
4. Señalización: podrá establecer las condiciones específicas de diseño a que habrá
de adecuarse la construcción de los elementos fijos y móviles de señalización incluyendo:
— Señalación vertical viaria.
— Señalación horizontal viaria.
— Mobiliario urbano.
5. Elementos tipo: el proyecto de urbanización podrá además establecer condicionantes o diseños-tipo para elementos de construcción privada tales como vallas, dispositivos de recogida de basuras, con especial incidencia en la escena urbana pública pese a ser
de construcción privada.

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