C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20210709-30)
Acreditación competencias profesionales –  Orden de 25 de junio de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba convocatoria abierta y permanente de participación en procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 9 DE JULIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 162

ciones públicas deberán recabar los documentos electrónicamente a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas
electrónicos habilitados al efecto.
Asimismo, las personas interesadas podrán presentar cuanta documentación adicional
e información consideren necesaria para justificar la competencia profesional requerida en
las unidades de competencia solicitadas, de conformidad con el artículo 13, apartado 3 del
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
4. La documentación aportada deberá estar redactada en castellano o, en su caso,
acompañarse de la correspondiente traducción oficial.
Séptimo
Admisión: notificación y alegaciones
1. Comprobados los requisitos de participación, el interesado será admitido o se le requerirá para que, en el plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente a la notificación,
para subsanar los defectos u omisiones detectados en las solicitudes de inscripción y presentar, en su caso, las correspondientes alegaciones, pudiendo aportar el modelo Anexo III de
la convocatoria (escrito de subsanación).
2. La presentación de alegaciones se realizará en los términos del apartado quinto,
punto 3.
3. Revisadas las alegaciones presentadas, el interesado será admitido o inadmitido en
el procedimiento en cada unidad de competencia solicitada.
Octavo
Abono de tasas
1. Las personas admitidas en el procedimiento deben abonar, en su caso, la tasa vigente correspondiente de la fase de asesoramiento y de evaluación o acreditar que se encuentran en situación de exención y/o bonificación, según se establece en el artículo 406 y
siguientes del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
2. El pago de la tasa correspondiente se comprobará de oficio por la Administración.
La acreditación de su exención y/o bonificación deberá aportarse al expediente junto con el
modelo Anexo VII, como documentación aportada.
3. Estarán exentas del pago de las tasas las personas que acrediten cualquiera de las
siguientes circunstancias en la fecha de notificación de la admisión:
a) Ser miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.
b) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
c) Personas desempleadas que figuren inscritas como tales en las Oficinas de Empleo.
4. Tendrán una bonificación del 50 por ciento en el pago de las tasas, no acumulable,
las personas que sean miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría general.
5. Toda la información relativa al pago de la tasa estará disponible en la web de la
Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid/servicios/empleo/acreditacion-competencias-profesionales)
6. Serán admitidas en el procedimiento, quienes abonen las tasas correspondientes o
justifiquen su exención. Se darán por desistidas aquellas personas que no abonen tasas en
plazo o no acrediten su exención o bonificación.
Noveno
1. El asesoramiento tiene carácter obligatorio, debiendo acudir la persona candidata
a las citas que determine el asesor asignado.
Las personas candidatas que no participen en la fase de asesoramiento perderán el derecho a participar en la fase de evaluación, resolviéndose la finalización del procedimiento.
2. La fase de asesoramiento se realizará de forma presencial y/o a través de medios
telemáticos, mediante sesiones grupales y/o individuales.
3. El órgano competente comunicará a cada persona candidata su admisión y la persona asesora asignada.

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Fase de asesoramiento