Alcobendas (BOCM-20210707-32)
Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora aparcamiento vehículos vía pública
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 160

MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021

Pág. 151

profesiones liberales, profesores de enseñanza, autónomos, y otros que, sin ser residentes del
Distrito, pertenecen al núcleo residencial y no generan problema alguno de movilidad comparado con los empleados de las grandes empresas o polígonos empresariales limítrofes. A
tal fin se crea en la Ordenanza Fiscal la Tarjeta para Colectivos Cualificados, siguiendo el
ejemplo del Ayuntamiento de Madrid.
2. Principio de proporcionalidad
Este principio exige que la iniciativa contenga la regulación imprescindible para atender la necesidad a cubrir con la norma, tras constatar que no existen otras medidas menos
restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a sus destinatarios. La regulación de la presente Ordenanza es proporcional a la finalidad que se persigue con la misma
sin que establezca cargas u obligaciones innecesarias a sus destinatarios.
Supone el medio necesario y suficiente para cubrir las necesidades detectadas, pero no
supone una innovación que pueda ser innecesaria o exceda de los requisitos legales. Por
otro lado, las obligaciones que se imponen a los destinatarios de la norma son las imprescindibles para asegurar una correcta aplicación de la misma.
3. Principio de seguridad jurídica
De acuerdo con este principio, la iniciativa normativa se ejercerá de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional, para generar un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y de certidumbre, que facilite su conocimiento y comprensión y, en consecuencia, la actuación y toma de decisiones de las personas y empresas.
El principio de seguridad jurídica también se cumple con este proyecto.
4. Principio de transparencia
En aplicación de este principio, las Administraciones Públicas posibilitarán el acceso
a la normativa y a los documentos propios de su proceso de elaboración, definirán claramente los objetivos de las iniciativas normativas y su justificación en el preámbulo o exposición de motivos y posibilitarán que los potenciales destinatarios tengan una participación
activa en la elaboración de las normas.
En este sentido, el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, referido a la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley
y reglamentos, establece que con carácter previo a la elaboración del proyecto de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
En esta tramitación se ha dado cumplimiento a la normativa anterior.

Finalmente, el artículo 129.6 de la Ley 39/2015, alude a la necesidad de que la iniciativa normativa evite cargas administrativas innecesarias o accesorias y racionalice en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos. El principio de eficiencia persigue así la reducción de las cargas administrativas y la simplificación de procedimientos, con el fin de
promover la eliminación de obstáculos injustificados a la actividad económica y favorecer
el crecimiento económico.
En el expediente administrativo de aprobación de esta Ordenanza constan todos los
trámites realizados que son los que señala la normativa vigente y los cuales se han resuelto
en pocos meses de este ejercicio 2020.
En definitiva, el presente Proyecto de ordenanza reguladora del servicio de ordenación
y regulación del aparcamiento de vehículos en la vía pública por rotación de Alcobendas se
ajusta a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia, que informan el ejercicio de la iniciativa legislativa y de la potestad reglamentaria de las Administraciones Públicas, en los términos establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

BOCM-20210707-32

5. Principio de eficiencia