Alcobendas (BOCM-20210707-32)
Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora aparcamiento vehículos vía pública
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 160
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
za fiscal. Se autorizarán para vehículos turismos, Pick-Up, derivados de turismo, vehículo
mixto adaptable o furgonetas de hasta 3500 kg de MMA.
Podrán solicitar la tarjeta de autorización para Residentes todas aquellas personas físicas cuyo domicilio se sitúe en el tramo de vía pública afectado por la regulación (ya sea
Verde o Azul), y esté delimitada con señalización vertical y horizontal al efecto, ya sea de
los números pares como de los impares.
Será requisito formal indispensable para la concesión de tarjeta de residente que el domicilio que figure en el padrón de habitantes coincida con el que se exhiba en el permiso de
circulación del vehículo, salvo en los supuestos en que la disponibilidad del vehículo fuera
mediante contrato de renting, leasing, y otro similar, suscrito a nombre del residente. Asimismo, será necesario estar al día respecto a las obligaciones tributarias del Impuesto de
Vehículos de Tracción Mecánica.
También se tendrá en cuenta a los Residentes con vehículos sin alta en IVTM que justifiquen su condición de residente con contrato de alquiler, certificado de la autoridad diplomática, etc., o cualquier otro documento que acredite la residencia del solicitante.
5.2.1. Residentes (Verde).
Se distinguen los Residentes según el Distrito donde vivan, pudiendo pertenecer a dos
Zonas diferenciadas, a saber Distrito Centro-Norte y Distrito Urbanizaciones.
Número máximo de distintivos expedibles.
— Zona Centro-Norte.
Se expedirá un máximo de dos distintivos por domicilio, pudiendo ser uno o dos
peticionarios los solicitantes.
— Zona Urbanizaciones.
Se podrán expedir tantas tarjetas como vehículos se encuentren dados de alta en el
domicilio. Además se tendrá derecho a diez invitaciones por mes, las cuales serán
gestionadas por los medios telemáticos que aporte la empresa concesionaria del
servicio.
El Concejal Delegado de Movilidad podrá limitar el número de distintivos/autorizaciones en el caso de que las ratios extraídas del número de peticionarios en relación con el número de plazas en oferta lo aconseje.
5.2.2. Colectivos cualificados.
La tarjeta-distintivo para Colectivos Cualificados se crea para dar respuesta a las necesidades de ciertos colectivos de trabajadores que acuden diariamente al Distrito Urbanizaciones y que tienen un perfil diferente al de los empleados de grandes empresas o polígonos empresariales.
Así, se trata de no perjudicar a personal del servicio doméstico, porterías de fincas,
profesiones liberales, profesores de enseñanza, autónomos, y otros que, sin ser residentes
del Distrito, pertenecen al núcleo residencial y no generan problema alguno de movilidad.
Por lo expuesto en el párrafo anterior, se asimila a la condición de residente, a los siguientes:
a) Trabajadores que tengan su lugar de trabajo en la zona regulada y cuyo centro de
trabajo sea un inmueble tipificado como de uso Residencial.
b) Personal cuyo lugar de trabajo sea un Centro Escolar incluido en la zona objeto de
regulación, y además la Manzana de los Colegios (Paseo Alcobendas, Salvia y Camino Ancho).
c) Personal cuyo lugar de trabajo esté comprendido en los siguientes emplazamientos:
— Calle Begonia números 113 a 145 (impares).
— Plaza Moraleja y calle Estafeta.
— Yuca y Camino del Soto.
Se excluyen:
— Proveedores de servicios o mercancías, clientes, socios o partícipes de aquellos.
— Los vehículos del personal perteneciente a empresas radicadas en polígonos o
complejos empresariales situados en la zona objeto de regulación.
5.2.3. Distintivos-Tarjetas anuales para Zona Naranja.
Para la demanda existente entre otros colectivos de trabajadores se crea el estacionamiento de larga estancia, pudiendo cualquier usuario solicitar, por los medios que se establezcan, la obtención de la Tarjeta-Distintivo Anual para la Zona Naranja.
Pág. 159
BOCM-20210707-32
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 7 DE JULIO DE 2021
za fiscal. Se autorizarán para vehículos turismos, Pick-Up, derivados de turismo, vehículo
mixto adaptable o furgonetas de hasta 3500 kg de MMA.
Podrán solicitar la tarjeta de autorización para Residentes todas aquellas personas físicas cuyo domicilio se sitúe en el tramo de vía pública afectado por la regulación (ya sea
Verde o Azul), y esté delimitada con señalización vertical y horizontal al efecto, ya sea de
los números pares como de los impares.
Será requisito formal indispensable para la concesión de tarjeta de residente que el domicilio que figure en el padrón de habitantes coincida con el que se exhiba en el permiso de
circulación del vehículo, salvo en los supuestos en que la disponibilidad del vehículo fuera
mediante contrato de renting, leasing, y otro similar, suscrito a nombre del residente. Asimismo, será necesario estar al día respecto a las obligaciones tributarias del Impuesto de
Vehículos de Tracción Mecánica.
También se tendrá en cuenta a los Residentes con vehículos sin alta en IVTM que justifiquen su condición de residente con contrato de alquiler, certificado de la autoridad diplomática, etc., o cualquier otro documento que acredite la residencia del solicitante.
5.2.1. Residentes (Verde).
Se distinguen los Residentes según el Distrito donde vivan, pudiendo pertenecer a dos
Zonas diferenciadas, a saber Distrito Centro-Norte y Distrito Urbanizaciones.
Número máximo de distintivos expedibles.
— Zona Centro-Norte.
Se expedirá un máximo de dos distintivos por domicilio, pudiendo ser uno o dos
peticionarios los solicitantes.
— Zona Urbanizaciones.
Se podrán expedir tantas tarjetas como vehículos se encuentren dados de alta en el
domicilio. Además se tendrá derecho a diez invitaciones por mes, las cuales serán
gestionadas por los medios telemáticos que aporte la empresa concesionaria del
servicio.
El Concejal Delegado de Movilidad podrá limitar el número de distintivos/autorizaciones en el caso de que las ratios extraídas del número de peticionarios en relación con el número de plazas en oferta lo aconseje.
5.2.2. Colectivos cualificados.
La tarjeta-distintivo para Colectivos Cualificados se crea para dar respuesta a las necesidades de ciertos colectivos de trabajadores que acuden diariamente al Distrito Urbanizaciones y que tienen un perfil diferente al de los empleados de grandes empresas o polígonos empresariales.
Así, se trata de no perjudicar a personal del servicio doméstico, porterías de fincas,
profesiones liberales, profesores de enseñanza, autónomos, y otros que, sin ser residentes
del Distrito, pertenecen al núcleo residencial y no generan problema alguno de movilidad.
Por lo expuesto en el párrafo anterior, se asimila a la condición de residente, a los siguientes:
a) Trabajadores que tengan su lugar de trabajo en la zona regulada y cuyo centro de
trabajo sea un inmueble tipificado como de uso Residencial.
b) Personal cuyo lugar de trabajo sea un Centro Escolar incluido en la zona objeto de
regulación, y además la Manzana de los Colegios (Paseo Alcobendas, Salvia y Camino Ancho).
c) Personal cuyo lugar de trabajo esté comprendido en los siguientes emplazamientos:
— Calle Begonia números 113 a 145 (impares).
— Plaza Moraleja y calle Estafeta.
— Yuca y Camino del Soto.
Se excluyen:
— Proveedores de servicios o mercancías, clientes, socios o partícipes de aquellos.
— Los vehículos del personal perteneciente a empresas radicadas en polígonos o
complejos empresariales situados en la zona objeto de regulación.
5.2.3. Distintivos-Tarjetas anuales para Zona Naranja.
Para la demanda existente entre otros colectivos de trabajadores se crea el estacionamiento de larga estancia, pudiendo cualquier usuario solicitar, por los medios que se establezcan, la obtención de la Tarjeta-Distintivo Anual para la Zona Naranja.
Pág. 159
BOCM-20210707-32
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