Móstoles (BOCM-20210706-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanza salubridad pública
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JULIO DE 2021
Pág. 201
9. Se deben emplear gafas homologadas de protección, según determine el manual
de especificaciones de cada aparato, durante las sesiones, tanto para el profesional que aplica la técnica como para el cliente.
Art. 90. Gimnasios.—Los gimnasios, además de las condiciones generales establecidas en este Libro, cumplirán de forma específica las siguientes condiciones:
1. Dispondrán de vestuarios y duchas que podrán ser compartidos con otras actividades, y que estarán separados por sexos si sus usuarios fueran indistintamente hombres y
mujeres, a excepción de establecimientos hoteleros o instalaciones en comunidades de propietarios, los cuales quedan eximidos.
2. Dispondrán de servicios higiénicos en los términos establecidos en el artículo 78 del
presente libro, además de dotación suficiente; jabón, papel higiénico y elementos de secado.
3. El suelo de vestuarios y duchas será antideslizante.
4. Las máquinas y aparatos instalados en esta actividad se ajustarán a las exigencias
recogidas en las normas UNE de aplicación y se mantendrán en las debidas condiciones higiénicas y de mantenimiento. Se realizarán revisiones periódicas que deberán estar documentadas.
Art. 91. Saunas y similares.—Las saunas, además de las condiciones generales establecidas en este libro, cumplirán de forma específica las siguientes condiciones:
1. La puerta de la sauna y sus accesos estarán dotados de un cierre que permita la
apertura desde el interior y sea imposible su bloqueo desde el exterior.
2. Todo el equipo deberá usarse con arreglo exacto a las instrucciones del fabricante y no podrá ser modificado o alterado de ninguna forma. Se extremará el cuidado tanto en
el mantenimiento como en su uso habitual.
3. El equipo y la instalación se limpiarán y desinfectarán como mínimo una vez al
día, según se establece en el anexo I, y cuando sea necesario para mantenerlas en las debidas condiciones de higiene y limpieza, y de manera especial, siempre que haya estado en
contacto con la superficie de la piel de las personas.
4. Los establecimientos dispondrán de las fichas técnicas de todos los aparatos y de
un registro actualizado de mantenimiento de los equipos, que deberá estar a disposición de
la autoridad competente.
ANEXO I AL LIBRO IV
Se consideran válidas las siguientes técnicas de esterilización y desinfección:
1. Métodos de esterilización:
a) Los utensilios y materiales que corten o penetren la piel, las mucosas u otros tejidos, y que no sean de un solo uso, deberán ser esterilizados tras su utilización,
manteniendo dicha condición hasta su próximo uso.
b) Para la esterilización podrá emplearse cualquiera de los procedimientos siguientes, durante el tiempo y a las temperaturas indicadas a continuación, teniendo además en cuenta las condiciones de uso recomendadas por el fabricante:
— Esterilización por vapor (autoclave) a 121oC durante veinte minutos y a 1 atmósfera de presión, o 135oC durante tres-cinco minutos a 2 atmósferas de presión.
— Horno o estufa de calor seco a 170oC durante 1 hora.
2. Métodos de desinfección:
1) Los paramentos y superficies de trabajo, así como el mobiliario implicado en estas
prácticas, deberá ser desinfectado al menos una vez al día, y siempre que haya podido ser contaminado con sangre y/o fluidos corporales, utilizando para ello una
solución de hipoclorito sódico en una proporción de: una parte de lejía (en una
concentración de 50 gramos de cloro activo por litro) por cuatro de agua. La solución se preparará inmediatamente antes de ser utilizada por la progresiva pérdida
de actividad.
2) Los utensilios, materiales de trabajo y accesorios de aparataje que entren en contacto con la piel o cuero cabelludo deberán ser sometidos a limpieza y desinfección, mediante algunos de los siguientes métodos:
— Inmersión del material en una solución recién preparada de hipoclorito sódico
al 10 por 100 (lejía doméstica al 10 por 100), si se usa material no metálico.
BOCM-20210706-59
MÉTODOS DE ESTERILIZACIÓN, DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA
B.O.C.M. Núm. 159
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JULIO DE 2021
Pág. 201
9. Se deben emplear gafas homologadas de protección, según determine el manual
de especificaciones de cada aparato, durante las sesiones, tanto para el profesional que aplica la técnica como para el cliente.
Art. 90. Gimnasios.—Los gimnasios, además de las condiciones generales establecidas en este Libro, cumplirán de forma específica las siguientes condiciones:
1. Dispondrán de vestuarios y duchas que podrán ser compartidos con otras actividades, y que estarán separados por sexos si sus usuarios fueran indistintamente hombres y
mujeres, a excepción de establecimientos hoteleros o instalaciones en comunidades de propietarios, los cuales quedan eximidos.
2. Dispondrán de servicios higiénicos en los términos establecidos en el artículo 78 del
presente libro, además de dotación suficiente; jabón, papel higiénico y elementos de secado.
3. El suelo de vestuarios y duchas será antideslizante.
4. Las máquinas y aparatos instalados en esta actividad se ajustarán a las exigencias
recogidas en las normas UNE de aplicación y se mantendrán en las debidas condiciones higiénicas y de mantenimiento. Se realizarán revisiones periódicas que deberán estar documentadas.
Art. 91. Saunas y similares.—Las saunas, además de las condiciones generales establecidas en este libro, cumplirán de forma específica las siguientes condiciones:
1. La puerta de la sauna y sus accesos estarán dotados de un cierre que permita la
apertura desde el interior y sea imposible su bloqueo desde el exterior.
2. Todo el equipo deberá usarse con arreglo exacto a las instrucciones del fabricante y no podrá ser modificado o alterado de ninguna forma. Se extremará el cuidado tanto en
el mantenimiento como en su uso habitual.
3. El equipo y la instalación se limpiarán y desinfectarán como mínimo una vez al
día, según se establece en el anexo I, y cuando sea necesario para mantenerlas en las debidas condiciones de higiene y limpieza, y de manera especial, siempre que haya estado en
contacto con la superficie de la piel de las personas.
4. Los establecimientos dispondrán de las fichas técnicas de todos los aparatos y de
un registro actualizado de mantenimiento de los equipos, que deberá estar a disposición de
la autoridad competente.
ANEXO I AL LIBRO IV
Se consideran válidas las siguientes técnicas de esterilización y desinfección:
1. Métodos de esterilización:
a) Los utensilios y materiales que corten o penetren la piel, las mucosas u otros tejidos, y que no sean de un solo uso, deberán ser esterilizados tras su utilización,
manteniendo dicha condición hasta su próximo uso.
b) Para la esterilización podrá emplearse cualquiera de los procedimientos siguientes, durante el tiempo y a las temperaturas indicadas a continuación, teniendo además en cuenta las condiciones de uso recomendadas por el fabricante:
— Esterilización por vapor (autoclave) a 121oC durante veinte minutos y a 1 atmósfera de presión, o 135oC durante tres-cinco minutos a 2 atmósferas de presión.
— Horno o estufa de calor seco a 170oC durante 1 hora.
2. Métodos de desinfección:
1) Los paramentos y superficies de trabajo, así como el mobiliario implicado en estas
prácticas, deberá ser desinfectado al menos una vez al día, y siempre que haya podido ser contaminado con sangre y/o fluidos corporales, utilizando para ello una
solución de hipoclorito sódico en una proporción de: una parte de lejía (en una
concentración de 50 gramos de cloro activo por litro) por cuatro de agua. La solución se preparará inmediatamente antes de ser utilizada por la progresiva pérdida
de actividad.
2) Los utensilios, materiales de trabajo y accesorios de aparataje que entren en contacto con la piel o cuero cabelludo deberán ser sometidos a limpieza y desinfección, mediante algunos de los siguientes métodos:
— Inmersión del material en una solución recién preparada de hipoclorito sódico
al 10 por 100 (lejía doméstica al 10 por 100), si se usa material no metálico.
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MÉTODOS DE ESTERILIZACIÓN, DESINFECCIÓN Y LIMPIEZA