C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y VÍCTIMAS (BOCM-20210628-21)
Bases ayudas –  Orden de 16 de junio de 2021, del Consejero de Justicia, Interior y Víctimas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie para gastos de material previstas en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 29 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a Policías Locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024
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BOCM
Pág. 150

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE JUNIO DE 2021

B.O.C.M. Núm. 152

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno.
La tramitación de esta Orden se adecúa al principio de transparencia, dado que, al amparo de la misma se efectuará la correspondiente convocatoria para la concesión de subvenciones, tramitándose el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, lo que permitirá participar a todos los destinatarios interesados, al tener conocimiento
de la misma, pues una vez aprobada, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, lo que posibilitará el acceso a la misma.
En la tramitación se han evacuado Informe de impacto por razón de orientación sexual
y expresión de género, así como Informe de impacto por razón de género por parte de la Dirección General de Igualdad e Informe de impacto en materia de familia, infancia y adolescencia, de la Dirección General de Infancia, Familia y Natalidad. Asimismo, se han evacuado Informe de la Dirección General de Cooperación con el Estado y la Unión Europea e
Informe de la Dirección General de Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano, así como sometido a consideración de la Dirección General de Presupuestos.
De acuerdo con el artículo 26.2 Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se ha
prescindido del trámite de consulta pública por el impacto no significativo en la actividad
económica ya que regula unas ayudas dirigidas a ayuntamientos que no afectan al mercado, y por no imponer obligaciones relevantes a los beneficiarios más allá de las genéricas
exigibles a los beneficiarios de cualquier ayuda o subvención.
En la tramitación de las bases reguladoras de subvenciones no es preciso dar trámite de
audiencia e información pública puesto que las mismas no afectan a derechos o intereses legítimos de los ciudadanos en los términos exigidos por el artículo 26.6 de la Ley 50/1997,
del Gobierno, generando tan solo una expectativa de derecho.
Finalmente, se adecúa al principio de eficiencia, ya que esta norma no conlleva cargas
administrativas innecesarias o accesorias.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la
Comunidad de Madrid, el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid y el Decreto 271/2019, de 22 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto

Artículo 2
Régimen jurídico
Esta subvención se regirá, además de lo regulado en esta Orden, por lo previsto en el
Acuerdo de 29 de diciembre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024
y se autoriza el otorgamiento de la subvención por concesión directa para gastos de personal, así como por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven-

BOCM-20210628-21

1. El objeto de esta Orden es el establecimiento de las bases reguladoras para la concesión de ayudas en especie consistentes en la entrega de medios materiales para su uso por
los cuerpos de policía local a los ayuntamientos participantes en el Programa de Apoyo a
las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, aprobado por
Acuerdo de 29 de diciembre de 2020 del Consejo de Gobierno.
2. Podrán ser objeto de entrega como ayudas en especie el material determinado en
el apartado decimocuarto del Acuerdo de 29 de diciembre de 2020 del Consejo de Gobierno. Una vez realizadas las adquisiciones por parte de la Comunidad de Madrid se procederá a la entrega de las mismas, sin contraprestación, al ayuntamiento respectivo para su destino al uso público y finalista previsto en los objetivos del Programa de Apoyo a las policías
locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024.